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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2012 472123 SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor ALFREDO QUINTANA MOSCOSO, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ayacucho, designándolo en el Despacho de la Fiscalía Especializada en Materia Ambiental, con Sede en el Distrito Judicial de Ayacucho. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Ayacucho, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 824858-9 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2019-2012-MP-FN Lima, 7 de agosto del 2012 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, por necesidad del servicio y estando a las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- NOMBRAR al doctor MARIO ALFREDO MUÑOZ VILLANUEVA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Huaura, designándolo en el Despacho de la Segunda Fiscalía Provincial Civil y de Familia de Barranca. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Huaura, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Fiscal mencionado. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 824858-10 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 2020-2012-MP-FN Lima, 7 de agosto del 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 5628-2012-MP-FN-PJFS-LN, de fecha 03 de agosto del año en curso, remitido por la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, CONSIDERANDO: Que, mediante el documento de visto, se elevó la solicitud de rotación de Despacho Fiscal del doctor Carlos Enrique Díaz Casimiro, Fiscal Adjunto Provincial Titular de Lima Norte, designado en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima Norte. Que, estando a lo expuesto y de conformidad con las facultades concedidas por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluida la designación del doctor CARLOS ENRIQUE DIAZ CASIMIRO, Fiscal Adjunto Provincial Titular del Distrito Judicial de Lima Norte, en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima Norte, materia de la Resolución Nº 323- 2005-MP-FN, de fecha 21 de febrero del 2005. Artículo Segundo.- DESIGNAR al doctor CARLOS ENRIQUE DIAZ CASIMIRO, como Fiscal Adjunto Provincial Titular del Distrito Judicial de Lima Norte, en el Pool de Fiscales de Lima Norte. Artículo Tercero.- NOMBRAR al doctor JHONY DAVID ESPIRITU CRISOSTOMO, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Lima Norte, designándolo en el Despacho de la Tercera Fiscalía Provincial Penal de Lima Norte. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente Resolución, a la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial de Lima Norte, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y a los fi scales mencionados. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 824858-11 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA Aprueban el Plan Regional de Cooperación Internacional No Reembolsable 2012 - 2015 CONSEJO REGIONAL ORDENANZA REGIONAL Nº 218-GOB.REG-HVCA/CR Huancavelica, 19 de junio de 2012 POR CUANTO: EL CONSEJO REGIONAL DE HUANCAVELICA: Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA EL PLAN REGIONAL DE COOPERACIÓN INTERNACIONAL NO REEMBOLSABLE DE LA REGIÓN HUANCAVELICA 2012 - 2015 Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas jurídicas de Derecho Público con autonomía política, económica y administrativa teniendo por misión organizar y conducir la gestión pública regional de acuerdo a sus competencias exclusivas, comparativas y delegadas en el marco de las políticas nacionales y sectoriales para la contribución al desarrollo integral y sostenible de la región, sus normas y disposiciones se rigen por los principios de exclusividad, territorialidad, legalidad y simplifi cación administrativa. Que, los Artículos 188° y 192° de la Ley N° 27680 - Ley de Reforma Constitucional, Capítulo XIV del Título IV, sobre Descentralización, establecen que el objetivo fundamental de la descentralización como forma de organización democrática y de política permanente del Estado, es el desarrollo integral del país; debiendo los Gobiernos Regionales asumir competencias para promover el desarrollo social, político y económico en el ámbito regional; Que, el Plan Regional de Cooperación Internacional No Reembolsable de la Región Huancavelica 2012 - 2015, es un documento de gestión de la Cooperación Internacional No Reembolsable, establecido para un periodo de cuatro años, que determina los ejes temáticos y territoriales con el propósito de orientar tanto las intervenciones como las demandas de la Cooperación Internacional No Reembolsable Regional, orientando los recursos fi nancieros y técnicos hacia las poblaciones más pobres y vulnerables distribuidas en el ámbito de la Región Huancavelica.