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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (08/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 56

TEXTO PAGINA: 44

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 8 de agosto de 2012 472130 a. Planear, organizar y ejecutar acciones de control de conformidad con el Plan Anual de Acciones de Control, y las acciones dispuestas por el órgano superior de control. b. Examinar los resultados de la ejecución de planes y proyectos de inversión que ejecuta la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima, a fi n de evaluar su veracidad y efi ciencia en concordancia con las normas, métodos y procedimientos que establece el Sistema Nacional de Control. c. Divulgar, promover y propiciar el desarrollo de conocimientos y aplicación de las normas técnicas de control dictadas por la Contraloría General mediante eventos de capacitación, seminarios, charlas y/o conversatorios al personal de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima. d. Recibir y atender las denuncias que formulen los servidores, funcionarios públicos y ciudadanía en general, sobre actos y operaciones de la entidad, otorgándole el trámite que corresponda a su mérito, conforme a las disposiciones emitidas sobre la materia e informando a la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima y a la Dirección Superior del Gobierno Regional de Lima. e. Ejercer el control preventivo en la entidad dentro del marco de lo establecido en las disposiciones emitidas por la Controlaría General, con el propósito de contribuir a la mejora de la gestión, sin que ello comprometa el ejercicio del control posterior. f. Informar a la Dirección Regional Sectorial y a la Dirección Superior del Gobierno Regional de Lima, los resultados de las acciones de control realizadas de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. g. Actuar de ofi cio cuando en los actos y operaciones de la entidad se adviertan indicios razonables de ilegalidad, de omisión o de incumplimiento, informando al Titular de la entidad para que adopte las medidas correctivas pertinentes. h. Efectuar el seguimiento de las medidas correctivas que adopte la entidad, como resultado de las labores de control, comprobando su materialización efectiva, conforme a las disposiciones de la materia. i. Cautelar y mantener actualizada la información de las acciones de control de la ofi cina, implementando un archivo computarizado. j. Cautelar que el personal del Ofi cina de Control Institucional de cumplimiento a las normas y principios que rigen la conducta, impedimentos, incompatibilidades y prohibiciones de los funcionarios y servidores públicos, de acuerdo a las disposiciones de la materia. k. Otras que le encargue la Controlaría General de la República, Dirección Superior del Gobierno Regional y/o la Dirección Regional Sectorial. CAPÍTULO VI DEL ÓRGANO DE ASESORAMIENTO Y APOYO OFICINA DE GESTION SECTORIAL Artículo 13º.- La Ofi cina de Gestión Sectorial es el órgano de asesoramiento y de apoyo de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima, responsable de brindar asesoramiento jurídico - legal, y conducir los Sistemas Administrativos Públicos de Planeamiento y Presupuesto; Sistema Nacional de Inversión Pública (SNIP); Contabilidad; Tesorería; Personal y Logística; que conformarán áreas funcionales no estructurales. Artículo 14º.- La ofi cina de Gestión Sectorial está a cargo de un Jefe, que depende jerárquica, funcional y administrativamente del Director Regional, y mantiene dependencia técnica y normativa de la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, Subgerencia Regional de Administración y Subgerencia Regional de Asesoría Jurídica, en los asuntos que les compete. Artículo 15º.- Las Funciones de la Ofi cina de Gestión Sectorial son las siguientes: a. Coordinar y supervisar la formulación, ejecución, seguimiento y evaluación de los sistemas de planifi cación, presupuesto, inversiones, racionalización y estadística de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima. b. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Estratégico y Operativo Anual de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima. c. Organizar, Administrar, acopiar, sistematizar y mantener actualizada la data e Información relevante que se genera en la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima. d. Coordinar y supervisar los procesos de aplicación de las normas y procedimientos del Sistema Nacional de Inversión Pública, en coordinación con la Ofi cina de Programación e Inversiones del Gobierno Regional y la Ofi cina de Programación e Inversiones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones. e. Conducir, coordinar y evaluar el proceso de organización, funciones, sistemas y procedimientos de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima. f. Realizar las coordinaciones necesarias para el desarrollo de sus actividades con los órganos de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima, entidades del sector y demás organismos, instituciones y entidades del Estado. g. Asesorar a la Dirección y demás dependencias de la Dirección Regional Sectorial, en aspectos jurídicos y legales relacionados con las actividades del sector. h. Informar y absolver consultas de carácter jurídico que formule la Dirección Regional Sectorial y sus Unidades Orgánicas. i. Proyectar, revisar y visar los proyectos sobre dispositivos legales y Resoluciones que emita la Dirección Regional Sectorial y otras dependencias de igual o mayor rango que le sean derivadas con el fi n de pronunciarse sobre su legalidad; j. Emitir opinión jurídica sobre los dispositivos legales y demás normas en las materias que son de competencia de la Dirección Regional Sectorial. k. Emitir los dictámenes de las reclamaciones y recursos administrativos que deban ser resueltos por la Dirección Regional Sectorial, cuando le sean requeridos; l. Coordinar con la Procuraduría Pública Regional las acciones de defensa judicial ante los órganos jurisdiccionales, de los derechos e intereses de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima y de las Unidades Orgánicas que la conforman, de conformidad con las normas de defensa judicial del Estado. m. Programar, organizar, dirigir, controlar, ejecutar y supervisar los procesos técnicos de los sistemas de Personal, Contabilidad, Tesorería, Abastecimiento, así como lo referido al Control Presupuestal, Patrimonial, Fiscalización o Control concurrente, Servicios Generales, y Trámite Documentario; de conformidad con las disposiciones legales y normas técnicas vigentes. n. Formular y proponer el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones remitiéndolo, según corresponda, a las instancias para su consolidación y aprobación respectiva. o. Evaluar y velar por el cumplimiento de los convenios y contratos bajo su competencia. p. Proveer los recursos fi nancieros y logísticos en apoyo a las diferentes dependencias de la Dirección Regional Sectorial para el mejor cumplimiento de sus funciones. q. Administrar los recursos de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima, presentando propuestas de racionalización de los gastos, en el marco de las disposiciones presupuestarias vigentes. r. Planifi car los procesos de selección y efectuar las adquisiciones y contrataciones que le sean delegadas, en los asuntos de transportes y comunicaciones, conforme a las disposiciones legales vigentes. s. Otras que le asigne o encargue el Director Regional Sectorial. CAPÍTULO VII DE LOS ÓRGANOS DE LÍNEA DE LA SUBDIRECCIÓN DE CAMINOS Artículo 16º.- La Subdirección de Caminos es un Órgano de Línea de la Dirección Regional Sectorial de Transportes y Comunicaciones de Lima, responsable de planifi car, administrar y ejecutar el desarrollo de la infraestructura vial regional, no comprendida en la Red Vial