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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 11 de agosto de 2012 472563 Autorizan viaje de Superintendente para participar en evento a realizarse en República Dominicana RESOLUCIÓN SBS N° 5419-2012 Lima, 7 de agosto de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTA: La invitación cursada por la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA) al Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), con el fi n de participar en el IX Diálogo Sector Público – Sector Privado denominado “Estabilidad, Transparencia e Inclusión Financiera en los Mercados Regionales”, evento organizado por la citada entidad, en coordinación con la Federación Latinoamericana de Bancos (FELABAN), el Banco Interamericano de Desarrollo (BID) y Diálogo Regional de Política, el mismo que se llevará a cabo los días 13 y 14 de agosto de 2012, en la ciudad de La Romana, República Dominicana; CONSIDERANDO: Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones es miembro de la Asociación de Supervisores Bancarios de las Américas (ASBA), por lo que su participación en las actividades de la citada Asociación brindará la oportunidad de tomar conocimiento y contribuir con la adopción de acuerdos entre los países miembros destinados a mejorar la regulación y la supervisión del sistema fi nanciero en la región; Que, este evento reunirá a representantes de la banca, reguladores y supervisores de la región y representantes de cooperación técnica, con el objetivo de analizar los retos para sostener la estabilidad fi nanciera regional, incrementar la transparencia de sus mercados y apoyar sus procesos de inclusión fi nanciera a través de recomendaciones prácticas sobre aspectos de regulación y supervisión y modelos de negocio; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto, los temas que se desarrollarán en la citada reunión redundarán en benefi cio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, resulta de interés de esta Superintendencia que el Superintendente participe en el referido evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS-DIR-ADM-085-15, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, estableciéndose en el Numeral 4.3.1., que se autorizarán los viajes al exterior de los funcionarios para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones ofi ciales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar el viaje del citado funcionario para participar en el indicado evento, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán asumidos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012; y, En uso de las facultades que le confi ere la Ley Nº 26702 “Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros”, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2012, N° SBS-DIR-ADM-085-15, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Daniel Schydlowsky Rosenberg, Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, del 12 al 15 de agosto de 2012 a la ciudad de La Romana, República Dominicana para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización por conceptos de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2012, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes aéreos US$ 848.78 Viáticos US$ 720.00 Artículo Tercero.- La presente Resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de Aduana de cualquier clase o denominación Regístrese, comuníquese y publíquese. DANIEL SCHYDLOWSKY ROSENBERG Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones 825144-1 Autorizan viaje de funcionarios a Bolivia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SBS N° 5699-2012 Lima, 10 de agosto de 2012 EL SUPERINTENDENTE DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTAS: La comunicación cursada por la Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero de Bolivia a la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (SBS), a través de la cual otorgan su no objeción a la realización de una visita de inspección al Banco de Crédito del Bolivia S.A., miembro del Grupo Credicorp del Perú, a cargo de funcionarios de esta Superintendencia, la misma que se llevará a cabo del 13 al 24 de agosto de 2012, en la ciudad de La Paz, Estado Plurinacional de Bolivia; CONSIDERANDO: Que, en virtud del numeral 13 del artículo 132º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Ley Nº 26702, el cual establece que la supervisión consolidada de los conglomerados fi nancieros o mixtos constituye una forma de atenuar los riesgos para el ahorrista, se efectúan visitas de inspección a las empresas que forman parte del conglomerado fi nanciero al cual pertenece el Banco de Crédito del Perú; Que, en el marco del Memorándum de Cooperación y Entendimiento fi rmado entre la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones y la ex Superintendencia de Bancos y Entidades Financieras de Bolivia, ahora Autoridad de Supervisión del Sistema Financiero, se ha realizado coordinaciones con dicha entidad supervisora, a fi n de que representantes de nuestra Institución realicen una visita de inspección al Banco de Crédito del Bolivia S.A.; Que, el principal objetivo de la visita de inspección señalada, estará centrada en la revisión de una muestra de cartera de créditos, la evaluación del sistema de prevención de lavado de activos, así como la revisión de la implementación de recomendaciones emitidas en visitas anteriores, entre otros; Que, en cumplimiento de las funciones y responsabilidades de supervisión de las áreas técnicas de la institución, se ha considerado conveniente designar al señor