TEXTO PAGINA: 95
NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de agosto de 2012 473233 Lima, sin embargo aún no ha sido presentado en sesión de concejo, tras lo cual sería aprobado por Ordenanza de Lima Metropolitana; La Dirección de Desarrollo Urbano, Edifi caciones y Comercialización estima que para concluir el proceso de aprobación del Plano de Alturas y publicación de la Ordenanza debe tomar entre 20 y 30 días calendario, por lo tanto propone al Concejo Municipal considerar disponga la prorroga de vigencia de la Ordenanza Nº 171-2012-MSMM en 30 días calendario o hasta que sea publicada la Ordenanza de la Municipalidad Metropolitana de Lima que aprobaría el Plano de Alturas de Edifi cación para la zona RDM del Área de Tratamiento Normativo IV. Que, con visto legal s/n, la Ofi cina de Asesoría Jurídica emite opinión favorable respecto a la prórroga de la mencionada Ordenanza, señalando que lo solicitado se ajusta a lo establecido por Ley; Que, habiéndose sometido a debate y a la deliberación ante el Pleno del Concejo Municipal, el mismo ha emitido su pronunciamiento fi nal; Estando a lo dispuesto por el artículo 9º numerales 8), 38) y 40) de la Ley Orgánica de Municipalidades – Ley Nº 27972, el Concejo Municipal aprobó por MAYORÍA, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE PRORROGA EL PLAZO DE VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 171-2012-MSMM QUE SUSPENDE LA RECEPCION DE SOLICITUDES DE APROBACION DE ANTEPROYECTOS EN CONSULTA Y DE LICENCIAS DE EDIFICACIONES, PARA PREDIOS QUE AUN NO CUENTEN CON CERTIFICADOS DE PARAMETROS VIGENTES ASI COMO LA SUSPENSION DE LA EMISION DE CERTIFICADOS DE PARAMETROS URBANISTICOS Y EDIFICATORIOS PARA LA ZONA RDM (RESIDENCIAL DE DENSIDAD MEDIA) DEL AREA DE TRATAMIENTO NORMATIVO IV.” Artículo Primero.- PRORROGAR el plazo de vigencia de la Ordenanza Nº171-2012-MSMM de fecha 08 de junio de 2012, la misma que suspende la Recepción de Solicitudes de Aprobación de Anteproyectos en Consulta y de Licencias de Edifi caciones, para Predios que aun no cuenten con Certifi cados de Parámetros Vigentes así como la Suspensión de la Emisión de Certifi cados de Parámetros Urbanísticos y Edifi catorios para la Zona RDM (Residencial de Densidad Media) del Área de Tratamiento Normativo IV, por un plazo de 30 (treinta) días calendario. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Secretaria General, la publicación de la presente Ordenanza, en el Diario Ofi cial El Peruano. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Dirección de Desarrollo Urbano y Edifi caciones y demás áreas competentes el cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Regístrese, publíquese, comuníquese. VIVIANA RODA SCHEUCH DE ARIAS Alcaldesa 831472-1 PROVINCIAS MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE MARISCAL NIETO Aprueban Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) de la provincia de Mariscal Nieto ORDENANZA MUNICIPAL N° 0007-2012-MPMN Moquegua, 27 de julio de 2012 EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA PROVINCIA DE MARISCAL NIETO VISTO: En Sesión Ordinaria de fecha 26 de Julio del 2012, el Dictamen N° 002-2012-CODAM/MPMN de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Ambiental; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad a lo dispuesto por el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante con los artículos I y II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto es un órgano de gobierno promotor del desarrollo local, con personería jurídica de derecho público y plena capacidad para el cumplimiento de sus fi nes; que goza de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, radicando esta autonomía en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativo y de administración con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Art. 10° Decreto Legislativo Nº 1065 que modifi ca la Ley Nº 27314 - Ley General de Residuos Sólidos, precisa que las Municipalidades Provinciales y Distritales son responsables de la gestión de residuos sólidos de origen domiciliario comercial y de aquellas actividades que generen residuos similares a estos en todo el ámbito de su jurisdicción efectuando las coordinaciones con el Gobierno Regional al que corresponden para promover la ejecución, revalorización o adecuación de infraestructura para el manejo de los residuos sólidos, así como para la erradicación de botaderos que pongan en riesgo la salud de las personas y del ambiente; Que, el Art. 23° del Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM, establece que las Municipalidades Provinciales, formulan sus Planes Integrales de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) con participación de la ciudadanía y en coordinación con las municipalidades distritales, la autoridad de salud y las autoridades competentes previstas en la Ley estos planes tiene por objetivo establecer las condiciones para una adecuada administración de los residuos sólidos, asegurando una efi ciente y efi caz prestación de los servicios y actividades de residuos en todo el ámbito de su competencia desde la generación hasta su disposición fi nal, la Municipalidad Provincial como la distrital es responsable por la gestión y manejo de los Residuos de origen domiciliario, comercial y de aquellos similares a esto originados por otras actividades; De conformidad con lo establecido en el Art. 9° inciso 8), Art. 39° y 40° de la Ley 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades. El Concejo Municipal por unanimidad aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN INTEGRAL DE GESTIÓN AMBIENTAL DE RESIDUOS SÓLIDOS (PIGARS) DE LA PROVINCIA DE MARISCAL NIETO Artículo Primero.- APROBAR el “Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos (PIGARS) de la Provincia de Mariscal Nieto” que como anexo forma parte integrante de la presente ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto cualquier normatividad que se oponga a lo dispuesto en la presente ordenanza. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Y FINALES Artículo Primero.- FACULTAR al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía dicte las disposiciones necesarias para la correcta aplicación del Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos de la Provincia de Mariscal Nieto, para el mejor cumplimiento de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DISPONER la publicación del Texto Integro del Plan Integral de Gestión Ambiental de Residuos Sólidos - PIGARS de la Provincia de Mariscal Nieto, en la Página Web de la Municipalidad Provincial de Mariscal Nieto y en la Pagina de Servicios al Ciudadano. Artículo Tercero.- La presente Ordenanza Municipal entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial de la Provincia de Mariscal Nieto. Regístrese, publíquese y cúmplase. ALBERTO R. COAYLA VILCA Alcalde 831470-1