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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 23 DE AGOSTO DEL AÑO 2012 (23/08/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 90

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 23 de agosto de 2012 473228 procedimiento para enervar la pena de cadena perpetua y la revisión de las formas cómo se realiza el procedimiento de rehabilitación de los reos en nuestro país. SS ETO CRUZ 830763-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LURIN Autorizan celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2012 ORDENANZA MUNICIPAL N° 246 /ML Lurín, 18 de julio de 2011 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurín, visto en Sesión Ordinaria de la fecha, el Informe Nº 566-2012-GSC/ ML de la Gerencia de Servicios Comunales, referente al Proyecto de Ordenanza Municipal sobre la celebración del Primer Matrimonio Civil Comunitario 2012. CONSIDERANDO.- Que, es función específi ca de los Gobiernos Locales en materia de población y participación vecinal fomentar su bienestar, siendo de su competencia organizar y administrar la prestación de los servicios públicos esenciales, como es el caso del Registro Civil. Que, las Municipalidades dentro de su política de tratamiento social con su comunidad brinda facilidades a sus vecinos para que regularicen su estado civil mediante la celebración del matrimonio comunitario y con ello coadyuvar con el fortalecimiento de la Unidad Familiar como célula básica de la sociedad. Que, dentro de ese contexto, la Gerencia de Servicios Comunales, mediante el Informe Nº 566-2012-GSC/ML de fecha 13 de junio de 2012, propone la realización del “Primer Matrimonio Civil Comunitario 2012”, y; Estando de conformidad con las facultades conferidas por el inciso 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, el Concejo Municipal aprobó por VOTO UNÁNIME, con dispensa de lectura y aprobación del acta, la siguiente: ORDENANZA PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2012 Artículo Primero.- AUTORIZAR la celebración del “PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2012”, el mismo que se realizará el sábado 27 de octubre de 2012 en la Plaza de Armas de Lurín. Artículo Segundo.- ESTABLECER que los contribuyentes que se presenten al Primer Matrimonio Civil Comunitario, no abonen pago por Apertura de Expediente Matrimonial, el pago por el derecho a Matrimonio Comunitario se encuentra establecido en el TUPA por el monto de S/. 50.00 (Cincuenta y 00/100 Nuevos Soles). Artículo Tercero.- Los contrayentes, que participen en el Matrimonio Civil deberán presentar los siguientes documentos: - Solicitud dirigida al Alcalde. - Partida de Nacimiento Original (de ambos) actualizado válido tres (03) meses. - Certifi cado de Soltería y/o Constancia Negativa de Matrimonio Civil (RENIEC). - Certifi cado Médico Pre Nupcial y Constancia de Consejería Preventiva del ETS, VIH-SIDA, expedida por el área de Salud del distrito. - Copia ampliada y fedateada del DNI de los contrayentes y de los testigos. - Cuatro (04) formatos de Declaración Jurada de Domicilio (Ley Nº 28882). - Copia de recibo de agua o luz (contrayentes y testigos). - Dos (02) testigos, no familiares, mayores de edad que conozcan a los contrayentes por lo menos tres (3) años. - Derecho de Matrimonio S/. 50.00 - Los viudos, divorciados, menores de edad, militares y extranjeros que deseen participar en este PRIMER MATRIMONIO CIVIL COMUNITARIO 2012, deberán cumplir con presentar la documentación adicional, según sea el caso. * El plazo límite para presentar el expediente matrimonial será hasta el día miércoles 24 de octubre de 2012. Artículo Cuarto.- DISPENSAR a los contrayentes participantes en el presente Matrimonio Civil Comunitario de la publicación de sus Edictos Matrimoniales, sin perjuicio de que la Municipalidad proceda a efectuar la difusión y publicación que corresponda. Artículo Quinto.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza Municipal a la Gerencia de Servicios Comunales, Equipo Funcional de Registro Civil y Servicio de Cementerio, y Secretaria General de esta Municipalidad, quienes deberán realizar las acciones necesarias para cumplir con los fi nes encargados. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JORGE MARTICORENA CUBA Alcalde 830866-1 Designan funcionario responsable de la elaboración y actualización del portal de transparencia de la Municipalidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 117-2012-ALC/ML Lurín, 24 de julio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURÍN VISTO: El Informe Nº 324-2012/GPPR/ML de la Gerencia de Planifi cación, Presupuesto y Racionalización, y; CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo Nº 043-2003- PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, y en cumplimiento de dicha disposición se aprobó el Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, mediante Decreto Supremo Nº 072-2003-PCM. Que, de acuerdo a los artículos 3º, inciso c) y 4º del citado reglamento disponen que es obligación de la máxima autoridad de la entidad, designar mediante resolución al funcionario responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia. Dicha resolución debe ser publicada en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y una copia de la misma colocada en un lugar visible en cada una de las sedes administrativas municipales, y; Que, mediante informe de vistos y conforme a lo establecido en el Artículo 45º, numeral 2 del Reglamento de Organización y Funciones – ROF vigente de nuestra entidad, aprobado mediante Ordenanza Municipal Nº 221/ML, la Sub Gerencia de Informática tiene como función elaborar la Página Web Institucional y mantenerla actualizada, por lo que se sugiere la designación del Sr. JUAN CARLOS CERVANTES AGUIRRE, actual Sub Gerente de Informática, mediante Resolución de Alcaldía Nº 169-2009-ALC/ML, como responsable de la elaboración y actualización del Portal de Transparencia de la Municipalidad de Lurín, y; Que, de conformidad con las atribuciones conferidas mediante Artículo 20º de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades.