Norma Legal Oficial del día 25 de agosto del año 2012 (25/08/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, sabado 25 de agosto de 2012

Articulo 3º.- Obligacion de Supervision. Todas las embarcaciones pesqueras sujetas al presente Decreto Supremo, deberan contar con el sistema de seguimiento satelital o mecanismos de supervision equivalentes a bordo, sin perjuicio de otras acciones de control que pudieran realizar el Gobierno Regional en coordinacion Ministerio de la Produccion. El cumplimiento de esta obligacion es requisito ineludible para otorgar autorizacion de zarpe de estas embarcaciones. Articulo 4º.- Caducidad del Derecho de Pesca. El incumplimiento del presente Decreto Supremo, en el caso de los titulares de las embarcaciones pesqueras que se sujeten a el, constituira el supuesto de hecho que habilite la caducidad del derecho de pesca, bajo responsabilidad de la autoridad competente. Los titulares de las plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos que reciban o procesen recursos hidrobiologicos contraviniendo el presente Decreto Supremo, seran pasibles de caducidad de sus licencias, si durante el periodo de su vigencia, reciban (2) dos o mas sanciones. Asimismo, se caducaran las licencias de los titulares de las plantas de procesamiento de productos hidrobiologicos que no permitan el acceso e intervencion de los inspectores del Ministerio de la Produccion en sus instalaciones, ya sea por cuenta propia o por terceros, si durante su vigencia, reciban (2) dos o mas sanciones sobre dicha conducta. Articulo 5º.- Incorporacion de embarcaciones en el Regimen Excepcional y Temporal para el Consumo Humano Directo del Recurso Anchoveta (ENGRAULIS RINGENS) en la Region Moquegua. El Ministerio de la Produccion evaluara la incorporacion excepcional a aquellas embarcaciones que cumplan con los requisitos previstos en el MORDAZA legal vigente. La relacion de embarcaciones sera remitida por la autoridad competente del Gobierno Regional dentro de los diez (10) dias habiles siguientes a la entrada en vigencia del presente Decreto Supremo, debiendo el Ministerio de la Produccion efectuar la evaluacion pertinente para su incorporacion al presente Regimen. Dicha evaluacion tiene la calidad de peticion de MORDAZA, siendo inimpugnable. Mediante Resolucion Directoral se establecera las embarcaciones pesqueras que se enmarcan el presente Decreto Supremo. Articulo 6º.- Prohibicion de construccion de nuevas embarcaciones. Prohibase la construccion de nuevas embarcaciones artesanales y de menor escala en todo el litoral peruano, con excepcion del caso de renovacion o sustitucion de embarcaciones. En cualquier caso, se debera proceder al deshuese de la embarcacion primigenia, debiendo acreditar este hecho MORDAZA de la obtencion del titulo habilitante correspondiente. Articulo 7º.- Prohibicion de construccion de establecimientos industriales de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos. Prohibase la construccion de establecimientos industriales de reaprovechamiento de descartes y residuos de recursos hidrobiologicos en todo el litoral peruano. Excepcionalmente, el Ministerio de la Produccion podra habilitar la construccion de dichos establecimientos, previo sustento biologico, tecnico y economico. Articulo 8°.- Refrendo El presente Decreto Supremo sera refrendado por la Ministra de la Produccion. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los veinticuatro dias del mes de agosto del ano dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 833209-6

Designan Directora Ejecutiva Instituto Tecnologico Pesquero Peru - ITP
RESOLUCION SUPREMA Nº 017-2012-PRODUCE MORDAZA, 24 de agosto de 2012 CONSIDERANDO:

del del

Que, mediante Resolucion Suprema Nº 008-2012PRODUCE, se designo al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Director Ejecutivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP; Que, se ha visto por conveniente dar por concluida la designacion del funcionario MORDAZA indicado, por lo que corresponde dictar el acto de administracion por el cual se designe a la persona que desempenara el cargo de Director Ejecutivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP; De conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo; la Ley Nº 27594, Ley que regula la participacion del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designacion de funcionarios publicos; y el Decreto Legislativo Nº 92, Ley del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru; SE RESUELVE: Articulo 1.-. Dar por concluida la designacion del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, al cargo de Director Ejecutivo del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru - ITP; dandosele las MORDAZA por los servicios prestados. Articulo 2.- Designar, a partir de la fecha, a la senora MORDAZA MORDAZA CARAZO SAULINO, como Directora Ejecutiva del Instituto Tecnologico Pesquero del Peru ITP Articulo 3.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por la Ministra de la Produccion. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA TRIVENO CHAN JAN Ministra de la Produccion 833209-16

Designan representante de la Universidad Peruana ante el Consejo Directivo del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE
RESOLUCION SUPREMA Nº 018-2012-PRODUCE MORDAZA, 24 de agosto de 2012 CONSIDERANDO: Que, el articulo 10º del Decreto Legislativo Nº 95, Ley del Instituto MORDAZA del Peru - IMARPE, concordado con el articulo 8º de su Reglamento de Organizacion y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 009-2001PE, establece que el Consejo Directivo es el organo rector del Instituto, y, como tal, responsable de establecer los objetivos y la politica del IMARPE, de acuerdo a su finalidad; aprobar los planes de investigacion y supervigilar su ejecucion; asi como realizar los actos administrativos que le senale el Reglamento; y se encuentra constituido por siete (7) miembros, dentro de los cuales corresponde a un representante de la Universidad Peruana; Que, la Asamblea Nacional de Rectores, mediante Resolucion Nº 1380-2011-ANR, del 29 de noviembre de 2011, resolvio designar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA Kodaka, como representante de la Universidad Peruana ante el Consejo Directivo del IMARPE;

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