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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 25 de agosto de 2012 473326 dentro de la TUD, y también los egresos que efectúe por aplicación del Mecanismo de Promoción. Trimestralmente, el Concesionario informará a la Gerencia Adjunta de Regulación Tarifaria de OSINERGMIN la información de ingresos y egresos por concepto del Mecanismo de Promoción; así como del saldo que hubiese por desequilibrio de los ingresos con los egresos mencionados. Los ingresos por concepto de gastos de promoción serán calculados por Categoría Tarifaria, en función de la alícuota de los Gastos de Promoción respecto al Costo Total reconocido y multiplicado por los Ingresos Totales percibidos. OSINERGMIN efectuará una liquidación trimestral y en caso el saldo del Balance de la Promoción resultara negativo, aplicará un factor de ajuste en la TUD para convertir el Saldo de Balance de la Promoción en positivo de acuerdo con lo señalado en el artículo 112a del Reglamento. OSINERGMIN efectuará una liquidación al término de la vigencia del período tarifario y de existir saldos, positivos o negativos por desequilibrio de los ingresos y egresos por concepto del Mecanismo de Promoción, estos serán descontados o incrementados en la siguiente regulación tarifaria, según corresponda. 4.3 Formalidad para el reajuste Tarifario 4.3.1 Para el reajuste del componente de costo de distribución, la Resolución que apruebe el reajuste tarifario, de ser el caso, será publicada en el Diario Ofi cial El Peruano, antes del 07 de mayo del año que corresponda. 4.3.2 El reajuste de la TUD por el componente del Gasto de Promoción, será efectuado, según lo establezca la evaluación trimestral de los Ingresos y Egresos, conforme se señala en el numeral 4.2.7 del presente procedimiento. 4.3.3 Para la publicación de los reajustes, no se requiere de pre publicación ni de Audiencia Pública. Contra dichas resoluciones podrá interponerse recurso de reconsideración. Artículo 5º.- METODOLOGÍA PARA DETERMINAR LA EXISTENCIA DE REAJUSTE ENTRE LOS COMPONENTES TARIFARIOS 5.1 Costo Medio La variación signifi cativa del valor base del Costo Medio, señalados en el numeral 4.1 del presente procedimiento, se determina en función de la comparación periódica de la variación porcentual del valor base con el valor actualizado del mismo, según los porcentajes que se indican a continuación: a) Variación signifi cativa del valor base El porcentaje de variación signifi cativa de valor base de Costo Medio es de +/-13,70%, el cual se evaluará mediante el Factor FCM. b) Actualización tarifaria En el caso que la actualización del Costo Medio supere el límite de variación signifi cativa establecido en el literal a) precedente, se procederá a actualizar la TUD por categoría tarifaria aplicando el Factor FA2, que se defi ne en el numeral 7.4 del presente procedimiento. En el caso que no se supere el valor porcentual de +/- 13,70%, el Factor FCM se considerará igual a 1,0. 5.2 Gasto de Promoción La variación del Gasto de Promoción, se evalúan de acuerdo a lo señalado en el numeral 4.2 del presente procedimiento, a) Variación del componente de Gasto de Promoción De acuerdo con lo señalado en el artículo 112a del Reglamento, la actualización de la TUD por efecto del Mecanismo de la Promoción procede cuando el saldo de Balance del citado mecanismo es negativo. b) Actualización tarifaria En el caso que proceda la actualización de la TUD por efecto del Mecanismo de la Promoción, se procederá a actualizar la TUD por categoría tarifaria, aplicando el Factor de Ajuste Asociado a la Promoción (en adelante “Factor FA1”), cuya fórmula de cálculo se defi ne en el numeral 6 del presente procedimiento. En el caso que no proceda el reajuste de la TUD por efectos del Mecanismo de la Promoción, el Factor FA1 se considerará igual a 1,0. Artículo 6º.- CÁLCULO DEL FACTOR DE AJUSTE TARIFARIO ASOCIADO A LA PROMOCIÓN (FA1) El FA1 actualiza la TUD cuando el Saldo de Balance de la Promoción es negativo. En caso el Saldo de Balance de la Promoción sea positivo, el FA1 es igual a 1.0. De forma trimestral, se evaluará y aplicará el FA1, cuando corresponda, considerando el saldo del balance ocurrido al periodo de evaluación y la proyección de los siguientes trimestres hasta culminar con el período regulatorio, tomando en cuenta las posibles ampliaciones o modifi cación del Plan de Conexiones Residenciales. El Factor FA1 se determina en función del valor absoluto del Saldo de Balance de la Promoción, dividido entre los Ingresos que se percibirían por el Mecanismo de la Promoción si no se actualizara la TUD. El FA1 es igual al valor obtenido más la unidad. Valor Absoluto del Saldo de Balance FA1=1+ Ingreso Proyectado .... Fórmula Nº 1 Saldo de Balance = Saldo de Balance Transcurrido + Saldo de Balance Proyecto ....... Fórmula Nº 2 Saldo de Balance Transcurrido = Ingreso Transcurrido - Gastos Transcurrido ....... Fórmula Nº 3 Saldo de Balance Proyecto = Ingreso Proyectado - Gastos Proyectado ....... Fórmula Nº 4 Donde: FA1: Factor de Ajuste Tarifario Asociado a la Promoción Artículo 7º.- CÁLCULO DE LOS FACTORES DE AJUSTE TARIFARIO ASOCIADOS AL CAMBIO DEL COSTO MEDIO Los factores individuales relacionados al ajuste tarifario se calculan mediante las fórmulas que se presentan a continuación, las mismas que sólo determinarán un reajuste tarifario cuando se presenten las condiciones previstas en los numerales 4 y 5 del presente Procedimiento. Cuando corresponda, para efectuar el reajuste de la TUD se aplicará el Factor FA2 a la TUD por categoría tarifaria, fi jo y variables, exceptuándose al Derecho de Conexión. 7.1 Cálculo del factor de cambio en el costo medio (Factor FCM) El cálculo del Factor FCM se efectuará con la fórmula que se indica a continuación: 2 2 1 IM FCM CM ª º « » ¬ ¼ ....... Fórmula Nº 5 Donde: IM2 = Ingreso Medio revisado en el año 2 CM2 = Costo Medio revisado en el año 2. Los ingresos y costos medios se calcularán mediante las siguientes fórmulas. 4 ( 0) ( 2) 1 2 4 1 % * j GE CAT Año Base CAT Al Año i j i j A i GE CAT i i j A i TUD PTD DR FA IM DR FA § · u u u ¨ ¸ © ¹ ª º « » ¬ ¼ ¦ ¦ ¦ ¦ ... Fórmula Nº 6 4 ( 2) 1 2 4 1 * j Al Año i i GE CAT i i j A i Inversión FA CM DR FA D ª ºu ¬ ¼ ª º « » ¬ ¼ ¦ ¦ ¦ ........ Fórmula Nº 7 4 1 ( ) i i i IGA DC PAT FA D ª º u ¬ ¼ ¦ ........ Fórmula Nº 8 1 1 % AAP BP i i Inversión CI CI COyM u ........ Fórmula Nº 9