Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2012 (06/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 42

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de diciembre de 2012

la MORDAZA de titulos, regulado en el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos aprobado por Resolucion 126-2012-SUNARPSN y demas normas reglamentarias. 5.2 Caracter especial de las normas contenidas en la presente Directiva Las normas especiales contenidas en la presente Directiva, priman frente a las normas generales contenidas en el Reglamento General de los Registros Publicos y en los Reglamentos especiales del Registro de Predios y Personas Juridicas. 5.3 Caracteristicas informaticas del Modulo de MORDAZA electronica de partes judiciales La MORDAZA por medios electronicos de partes judiciales se efectuara a traves de un servicio web de la SUNARP. Los magistrados son responsables por el uso correcto del Modulo. 5.4 MORDAZA electronica segun los Diarios existentes en la MORDAZA Registral respectiva. La MORDAZA por medios electronicos de partes judiciales se efectuara, de acuerdo con la organizacion de los Diarios existentes en las Zonas Registrales. La MORDAZA de los partes judiciales deberan estar referidos a anotaciones de demandas o embargos a ser anotadas en el Registro de Predios o en el Registro de Personas Juridicas, requiriendose por cada anotacion en los citados Registros un parte judicial por separado. Los servicios requeridos, solo se referiran a la constitucion de dichas anotaciones, no se permitira la generacion de modificaciones de embargos, demandas ni su cancelacion. 5.5 Pago calificacion de los derechos registrales de

el que se cuenta para la MORDAZA del parte judicial en formato fisico. Adicionalmente, el juez procedera a imprimir la hoja de MORDAZA, con los datos del asiento de MORDAZA generado. 6.4 Horario en la MORDAZA electronica de los titulos La solicitud de MORDAZA electronica de partes judiciales debe efectuarse dentro del horario establecido para el ingreso de los titulos en el diario, de acuerdo a lo previsto en el articulo 18° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos. 6.5 Plazo para que el Juez o Magistrado presente el titulo formal El parte judicial en formato fisico debera ser presentado necesariamente por el asistente del Juez, el Especialista Legal o el servidor que designe el Juez dentro de un plazo MORDAZA de 15 (quince) dias habiles, de haberse generado el asiento de MORDAZA electronico. En ningun caso seran entregados al interesado. A partir del ingreso, el beneficiario de la medida cautelar se encuentra legitimado para presentar las subsanaciones, realizar el pago de mayor derecho o interponer los recursos que resulten pertinentes. 6.6 Tacha del asiento de MORDAZA por no presentarse el parte judicial en formato fisico. En el caso que no se presente el titulo en formato fisico, se producira la caducidad de asiento de presentacion. En este caso, el Registrador procedera a la tacha respectiva del titulo. Para dichos efectos, el Registrador procedera a imprimir la hoja de MORDAZA, a fin de remitirlo al archivo conjuntamente con la esquela de tacha. 6.7 Encausamiento del titulo formal al Registrador Publico. La vigencia del asiento de MORDAZA se computa a partir de la generacion del asiento de MORDAZA en el Diario, contados conforme a lo dispuesto en el articulo 4 del Reglamento General de los Registros Publicos. A partir del ingreso del titulo fisico, se computaran los plazos para la calificacion del parte judicial; ello sin perjuicio de lo dispuesto en el ultimo parrafo del numeral 6.6. 7. RESPONSABILIDAD Son responsables de la correcta aplicacion de la presente directiva, el Gerente Registral y el Gerente de Informatica de la Sede Central asi como los Jefes y Gerentes Registrales de las Zonas Registrales. 874652-1

El juez al generar la solicitud del asiento de MORDAZA consignara el numero de recibo que abono el usuario directamente en las Oficinas de la SUNARP. Para la MORDAZA electronica de los partes judiciales, solo se abonaran los derechos de calificacion. 6. Procedimiento: 6.1 Archivos digitales que se deben adjuntar en el procedimiento de MORDAZA electronica de titulos. Los magistrados del Poder Judicial, presentaran electronicamente los partes judiciales, referidos a anotaciones de demandas y de embargos en partidas de los Registros de Predios y de Personas Juridicas, adjuntando el parte en formato digital. Las Resoluciones Judiciales donde se resuelve otorgar el embargo o la demanda tendran preexistentencia a la generacion del asiento de MORDAZA electronica. 6.2 Informacion que requiere ser ingresada por los Magistrados y Jueces Los magistrados del Poder Judicial al generar la solicitud del asiento de MORDAZA de los partes judiciales, obligatoriamente ingresaran la informacion prevista en el articulo 23° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos, y adicionalmente la siguiente informacion: a) Area registral: b) Datos de la instancia judicial: Juzgado Subespecialidad en lo comercial de Lima. c) Recibo del pago. d) Correo electronico del interesado. 6.3 Generacion de los asientos de MORDAZA Una vez ingresada la solicitud con los datos senalados en el numeral anterior, el sistema informatico procesara la misma y, de ser el caso, emitira un mensaje al correo electronico senalado por el juez, indicando el numero de asiento de MORDAZA generado y el plazo MORDAZA con

PODER JUDICIAL CONSEJO EJECUTIVO DEL PODER JUDICIAL
Aceptan renuncia de Juez Superior Titular de la Corte Superior de Justicia de Ica
RESOLUCION ADMINISTRATIVA N° 096-2012-P-CE-PJ MORDAZA, 3 de diciembre de 2012 VISTO: El Oficio N° 3700-2012-P-CSJIC/PJ cursado por la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ica, que

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