Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2012 (06/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 40

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de diciembre de 2012

Cuarta.- MODIFICACION DE LA RESOLUCION SUPERINTENDENCIA N° 109-2000/SUNAT Incorporase como numeral 23 del articulo 2° de la Resolucion de Superintendencia N° 109-2000/SUNAT y normas modificatorias, al siguiente texto: "Articulo 2°.- ALCANCE (...) 23. Registrar, consultar y dar de baja las autorizaciones a terceros para realizar la tramitacion de determinados procedimientos ante la SUNAT." Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Superintendente Nacional
ANEXO N° PROCEDIMIENTO DEL MORDAZA 2009 2 Reactivacion del numero de Registro Unico de Contribuyentes 3 Modificacion de datos en el Registro Unico de Contribuyente 03.1.- Modificacion de datos en el RUC - Suspension 03.2.- Modificacion de datos en el RUC - Otros 5 Solicitud de baja de inscripcion en el RUC - Otros casos 6 Emision de Comprobante de Informacion Registrada (CIR-RUC) 11 Alta, baja y cambio de ubicacion de maquinas registradoras 12 Inscripcion en el Registro de Imprentas 13 Modificacion / retiro voluntario del Registro de Imprentas 14 Comprobante por Operaciones No Habituales - Formulario N.° 820 15 Autorizacion para la emision de Boletos de Transporte Aereo por Medios Electronicos - BME

875037-1

SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aprueban servicio de MORDAZA Electronica de Partes Judiciales y la Directiva N° 04-2012-SUNARP-SN que regula la MORDAZA electronica de titulos conformados por partes judiciales de demandas y embargos solicitados por el Poder Judicial
RESOLUCION DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS N° 337-2012-SUNARP/SN MORDAZA, 5 de diciembre de 2012 Vistos, el Informe Tecnico N° 041-2012-SUNARP-GR, el Memorandum N° 1232-2012-SUNARP/GI y el Informe N° 649-2012-SUNARP/GL, emitidos por la Gerencia Registral, Gerencia Legal y Gerencia de Informatica de la Sede Central, respectivamente; CONSIDERANDO: Que, es vision del Sistema Nacional de los Registros Publicos constituir una organizacion eficiente y eficaz, transparente en su gestion, que incentive el desarrollo de la actividad economica del MORDAZA y constituya un modelo de organizacion y gestion en el sector publico nacional; Que, el Articulo 1° de la Ley Nº 27658, Ley MORDAZA de Modernizacion de la Gestion del Estado, declara al Estado peruano en MORDAZA de modernizacion en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestion publica y construir un Estado democratico, descentralizado y al servicio del ciudadano. Asimismo, dicho cuerpo legal precisa en su Articulo 4° que es uno de los objetivos de

la modernizacion, contar con un Estado al servicio del ciudadano; Que, al igual que la empresa privada, que compite en el MORDAZA por ganar la confianza de los clientes, los servicios publicos deben orientar sus estrategias y procesos a satisfacer las crecientes demandas de los usuarios de dichos servicios; Que, el articulo 10º de la Ley Nº 29566, Ley que modifica diversas disposiciones con el objeto de mejorar el clima de inversion y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias, ha autorizado a la Superintendencia Nacional de los Registros Publicos (SUNARP) a establecer un sistema de MORDAZA electronica de titulos; Que, el articulo 638° del Codigo Procesal Civil establece que cuando la ejecucion de una medida cautelar deba ser cumplida por un funcionario publico el juez remite via correo electronico, bajo confirmacion, el mandato que ordena la medida de embargo; Que, en el MORDAZA del mejoramiento del servicio, se ha celebrado un Convenio con el Poder Judicial, en cuyas disposiciones, se ha previsto la implementacion de la MORDAZA electronica de titulos referidos a medidas cautelares; Que, este servicio permitira que los magistrados del Poder Judicial puedan solicitar la MORDAZA electronica de titulos, referidos a medidas cautelares emitidas en una primera etapa por los Juzgados Comerciales de MORDAZA, para ser anotadas en el Registro de Predios y en el Registro de Personas Juridicas bajo la competencia de la Oficina Registral de MORDAZA de la MORDAZA Registral N° IX-Sede Lima; Que, la MORDAZA electronica de medidas cautelares, constituye un paso adelante en beneficio de nuestros usuarios, debido a que con dicha MORDAZA los magistrados del Poder Judicial, solicitaran la generacion de los asientos de MORDAZA en forma inmediata luego de haber emitido la respectiva Resolucion, coadyuvando en la celeridad en la implementacion de las medidas cautelares, evitando asi la evasion de la decision judicial; Que, asimismo, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de los Registros Publicos, aprobado por Resolucion del 126-2012-SUNARP-SN, ha previsto en el articulo 16º que la SUNARP podra autorizar a las Oficinas Registrales que cuenten con sistemas de archivo compatibles, la MORDAZA de titulos mediante el uso de medios informaticos que aseguren su inalterabilidad e integridad; Que, mediante el Memorandum N° 1232-2012SUNARP/GI, la Gerencia de Informatica ha informado que se han realizado pruebas integrales adecuadas en la MORDAZA electronica de partes judiciales, lo que permite su implementacion; Que, lo dispuesto en el articulo 9° de la Ley N° 29566 ha ratificado las facultades de la SUNARP para reglamentar la funcion registral de acuerdo con los reglamentos y directivas que emita; Que, en ese MORDAZA normativo, es necesario regular un procedimiento para la MORDAZA electronica de titulos, referidos a medidas cautelares que resultara aplicable en una primera etapa para predios y personas juridicas inscritas bajo la competencia de la Oficina de MORDAZA de la MORDAZA Registral N° IX-Sede Lima; Que, es necesario senalar que la SUNARP y el Poder Judicial, han suscrito un convenio institucional, a fin de implementar dicho servicio; comprometiendose el Poder Judicial en emitir una MORDAZA que regule las obligaciones, responsabilidades, y el uso del sistema informatico para la MORDAZA electronica de los partes judiciales por parte de los magistrados; Que, el Directorio de la SUNARP, en su sesion Nº 289 de fecha 22 de noviembre del presente ano, en ejercicio de la atribucion conferida por la Ley Nº 26366 y Estatuto de la SUNARP, aprobado por Resolucion Suprema Nº 135-2002-JUS, acordo aprobar la Directiva N° 04 -2012SUNARP-SN; que regula la MORDAZA electronica de titulos conformados por partes judiciales de demandas y embargos solicitados por el Poder Judicial. Contando con el visto MORDAZA de la Gerencia General, Gerencia Legal, Gerencia Registral, Gerencia de Informatica de la Sede Central; Estando a lo senalado y en merito a lo establecido por el articulo 7°, literal v) del Estatuto de la SUNARP aprobado por Resolucion N° 135-2002-JUS; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Aprobar el servicio de MORDAZA Electronica de Partes Judiciales.

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