Norma Legal Oficial del día 06 de diciembre del año 2012 (06/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

El Peruano MORDAZA, jueves 6 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
(...)

480141

"ANEXO N° 2 COMUNICACIONES AL REGISTRO (...) Adicionalmente, se podra autorizar a un tercero a traves de SUNAT Virtual para realizar el tramite de las Comunicaciones al Registro que se incluyan en el Anexo de la Resolucion de Superintendencia mediante la cual se dictaron disposiciones para que los deudores tributarios puedan optar por autorizar a un tercero a traves de SUNAT Virtual para la tramitacion de determinados procedimientos ante la SUNAT. El tercero debera exhibir su documento de identidad original, presentar una fotocopia del mismo, senalar el numero de autorizacion registrado y presentar los formularios senalados en el presente Anexo de acuerdo al tramite a realizar, los cuales deberan estar firmados por el titular o su representante legal acreditado en el RUC." 1.3 Incorporase como tercer parrafo del ultimo rubro del Anexo N° 3 ­ Solicitud de baja de inscripcion en el RUC de la Resolucion de Superintendencia N° 210-2004/ SUNAT y normas modificatorias, el siguiente texto: "ANEXO N° 3 SOLICITUD DE BAJA DE INSCRIPCION EN EL RUC (...) Adicionalmente, se podra autorizar a un tercero a traves de SUNAT Virtual para realizar el tramite de baja de inscripcion de aquellos Tipos de Baja del Anexo de la Resolucion de Superintendencia mediante la cual se dictaron disposiciones para que los deudores tributarios puedan optar por autorizar a un tercero a traves de SUNAT Virtual para la tramitacion de determinados procedimientos ante la SUNAT. El tercero debera exhibir su documento de identidad original, senalar el numero de autorizacion registrado y presentar una fotocopia del mismo asi como presentar el formulario senalado en el presente Anexo, firmado por el titular del RUC o de su representante legal." Segunda.- MODIFICACION DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 007-99/SUNAT 1.1 Incorporese como literal c) del tercer parrafo del numeral 2 del articulo 6° de la Resolucion de Superintendencia N° 007-99/SUNAT y normas modificatorias, el siguiente texto: "Articulo 6°.- OBLIGADOSAEMITIR COMPROBANTES DE PAGO (...) c) De realizarse el tramite a traves de un tercero autorizado de acuerdo a lo establecido por el MORDAZA de la SUNAT o a traves de SUNAT Virtual, este debera exhibir el original de su documento de identidad vigente y presentar una MORDAZA del documento de identidad vigente del contribuyente o su representante legal acreditado en el RUC y el formato "Solicitud del Formulario N° 820" debidamente llenado y firmado por el contribuyente o su representante legal acreditado en el RUC" 1.2 Modifiquese el MORDAZA parrafo del literal a) del numeral 2.2.1, el MORDAZA parrafo de los numerales 2.2.2 y 2.2.3 y el numeral 3.2 del articulo 12° de la Resolucion de Superintendencia N° 007-99/SUNAT y normas modificatorias, de acuerdo a los siguientes textos: " Articulo 12°.- OTRAS OBLIGACIONES (...) 2. Normas aplicables a las imprentas (...) 2.2 Inscripcion, modificacion de datos y retiro voluntario del Registro de Imprentas

2.2.1 Inscripcion en el Registro de Imprentas

De realizar el tramite a traves de un tercero autorizado de acuerdo a lo establecido por el MORDAZA de la SUNAT o a traves de SUNAT Virtual, este debera exhibir el original de su documento de identidad vigente y presentar una MORDAZA del documento de identidad vigente del contribuyente o representante legal acreditado en el RUC." (...) 2.2.2 Modificacion de la informacion contenida en el Registro de Imprentas (...) De realizar el tramite a traves de un tercero autorizado de acuerdo a lo establecido por el MORDAZA de la SUNAT o a traves de SUNAT Virtual, este debera exhibir el original de su documento de identidad vigente y presentar una MORDAZA del documento de identidad vigente del contribuyente o su representante legal acreditado en el RUC y los Formularios N°s. 804 y/o 805, segun corresponda, debidamente llenados y firmados por el contribuyente o su representante legal acreditado en el RUC. (...) 2.2.3 Retiro voluntario del Registro de Imprentas (...) De realizar el tramite a traves de un tercero autorizado de acuerdo a lo establecido por el MORDAZA de la SUNAT o a traves de SUNAT Virtual, este debera exhibir el original de su documento de identidad vigente y presentar una MORDAZA del documento de identidad vigente del contribuyente o su representante legal acreditado en el RUC y el Formulario N° 804 debidamente llenado y firmado por el contribuyente o su representante legal acreditado en el RUC. 3. Normas aplicables a los usuarios de maquinas registradoras (...) 3.2 Los hechos mencionados en el numeral anterior deberan declararse a la SUNAT dentro de los cinco (5) dias de producidos. De realizarse el tramite a traves de un tercero autorizado de acuerdo a lo establecido por el MORDAZA de la SUNAT o a traves de SUNAT Virtual, este debera exhibir el original de su documento de identidad vigente y presentar una MORDAZA del documento de identidad vigente del contribuyente o su representante acreditado en el RUC y el Formulario N° 809 debidamente llenado y firmado por el contribuyente o representante legal acreditado en el RUC." Tercera.- MODIFICACION DE LA RESOLUCION DE SUPERINTENDENCIA N° 166-2004/SUNAT Modifiquese el primer parrafo del articulo 5° de la Resolucion de Superintendencia N° 166-2004/SUNAT y MORDAZA modificatoria, por el siguiente texto: "Articulo 5°.- PROCEDIMIENTO PARA AUTORIZAR LA EMISION DE BME Para obtener la autorizacion a que se refiere el articulo anterior, las Companias de Aviacion Comercial deberan presentar ante la SUNAT una solicitud utilizando el Formulario N° 835 ­ "Solicitud de Autorizacion para la emision de BME", el cual tendra caracter de declaracion jurada, suscrita por su representante legal debidamente acreditado. De realizarse el tramite a traves de un tercero autorizado de acuerdo a lo establecido por el MORDAZA de la SUNAT o a traves de SUNAT Virtual, este debera exhibir el original de su documento de identidad vigente y presentar una MORDAZA del documento de identidad vigente del contribuyente o su representante acreditado en el RUC y el Formulario N° 835 debidamente llenado y firmado por el contribuyente o representante legal acreditado en el RUC"

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