Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2012 (10/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 3

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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Desarrollar planes especiales, acciones estrategicas y acciones civicas para la pacificacion y coadyuvar en el desarrollo de las zonas de emergencia, fronterizas y areas criticas. Fortalecer y asegurar las capacidades de las Fuerzas Armadas en condiciones de operatividad y eficiencia. Priorizar la convergencia e interoperabilidad de las Fuerzas Armadas. Realizar las gestiones necesarias para garantizar la adecuada infraestructura y logistica militar para las acciones y operaciones de la Seguridad y Defensa Nacional. Supervisar el funcionamiento de la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, asi como el cumplimiento del Plan Estrategico de Compras. Promover el desarrollo de la industria militar con tecnologia moderna. Incentivar la investigacion y desarrollo tecnologico del Sector Defensa. Promover y coordinar con el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE) las politicas para la actividad empresarial en materia de defensa. Velar que las actividades de las empresas y organismos publicos del sector respondan a las exigencias de ejecucion de los planes estrategicos, para el mantenimiento de la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas y necesidades propias de la Seguridad y Defensa Nacional. Establecer los lineamientos educativos de las Fuerzas Armadas, organos academicos y organismos publicos adscritos al Ministerio de Defensa; asi como desarrollar programas de educacion conjunta y otros de preparacion para la defensa y el desarrollo. Promover la capacitacion y entrenamiento permanente del personal militar y, en especial, en aspectos de alta especializacion militar. Establecer la ensenanza de cursos obligatorios sobre derechos fundamentales y procesos constitucionales en los Centros de Formacion del Sector. Promover el intercambio en el ambito internacional para la educacion del personal militar de las instituciones armadas. Coordinar la defensa juridica de las entidades del Sector Defensa. Asumir la defensa del personal militar sometido a investigaciones o procesos judiciales como consecuencia del ejercicio de sus funciones. Regular, fomentar y orientar la participacion del Sector Defensa en el desarrollo socioeconomico del MORDAZA, de acuerdo a sus competencias y a la normatividad vigente. Participar en los sistemas administrativos y funcionales que integra de acuerdo con la normativa sobre la materia. Contribuir a la consolidacion y mantenimiento MORDAZA internacional. Suscribir Convenios Nacionales e Internaciones en el ambito de su competencia, de acuerdo a la normatividad vigente. Formular los lineamientos del sector en materia de cooperacion internacional. Velar por los programas de bienestar del personal militar y civil del Ministerio de Defensa. Cooperar en la ejecucion de la politica de Estado en la Antartida. Promover iniciativas y participacion multisectorial para la proyeccion y desarrollo del sistema aeroespacial peruano. Las demas que se senalen por ley. TITULO III

y atribuciones especificas de toda la estructura organica del Ministerio de Defensa se establecen en su reglamento de organizacion y funciones. Articulo 8°.- Estructura organica basica La estructura organica basica del Ministerio de Defensa esta compuesta por: 1) Alta Direccion: - Ministro - Viceministro de Politicas para la Defensa - Viceministro de Recursos para la Defensa - Secretario General

La Alta Direccion cuenta con un gabinete de asesores para la conduccion estrategica de las politicas a su cargo y la coordinacion con los demas poderes del Estado. 2) Organos de Ejecucion: - Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas.Es el responsable del planeamiento, coordinacion, preparacion y conduccion de las operaciones conjuntas de las Fuerzas Armadas. - Fuerzas Armadas.- Son Instituciones Armadas del Ministerio de Defensa, que tienen como finalidad primordial garantizar la independencia, soberania e integridad territorial de la Republica. Asumen el control del orden interno de conformidad con el articulo 137º de la Constitucion Politica del Peru. 3) Organo de Control Institucional.- Es la unidad especializada responsable de llevar a cabo el control gubernamental en el Ministerio de Defensa y se regula conforme a la normativa sobre la materia. Esta ubicada en el mayor nivel jerarquico de la estructura del Ministerio de Defensa. Organo de Defensa Juridica.- Es el organo encargado de ejercer la defensa juridica de los intereses del Ministerio de Defensa, de conformidad con la normativa legal vigente. Organo de Inspectoria General.- Es el organo encargado de las funciones de supervision e investigacion de los asuntos militares, operacionales y disciplinarios. Organos de Administracion Interna.- El Ministerio de Defensa cuenta con oficinas generales de apoyo al cumplimiento de sus funciones sustantivas. Se crean mediante Decreto Supremo y estan conducidas por un Jefe designado mediante Resolucion Ministerial. Organos de Linea.- El Ministerio de Defensa cuenta con direcciones generales que proponen y ejecutan las politicas publicas y funciones sustantivas del Sector Defensa. Se crean mediante Decreto Supremo y son conducidas por un Director General designado mediante resolucion ministerial. Organismos Publicos.Son entidades desconcentradas adscritas al Ministerio de Defensa que contribuyen al cumplimiento de la Politica de Seguridad y Defensa Nacional. Empresas del Sector Defensa.- Son entidades estatales reguladas por la legislacion sobre la materia. Tienen a su cargo la produccion de bienes o la prestacion de servicios en funcion de los objetivos de la Politica de Seguridad y Defensa Nacional, de acuerdo a la normatividad vigente. CAPITULO II FUNCIONES DE LA ALTA DIRECCION Articulo 9°.- Despacho Ministerial El Ministro de Defensa es la mas alta autoridad politica del Sector Defensa y administrativa del Ministerio de Defensa. Es el titular del pliego presupuestal del Ministerio de Defensa.

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ORGANIZACION DEL MINISTERIO DE DEFENSA CAPITULO I ESTRUCTURA ORGANICA Articulo 7°.- Estructura organica El presente Decreto Legislativo regula la estructura organica basica del Ministerio de Defensa. Las funciones

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