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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 10 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (10/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 7

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 10 de diciembre de 2012 480425 DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA TRANSITORIA ÚNICA.- Plazo de adecuación de documentos de gestión El Ministerio de Defensa, adecuará sus respectivos documentos de gestión, en un plazo no mayor de ciento veinte (120) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia del presente Decreto Legislativo. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS MODIFICATORIAS PRIMERA.- Modifi cación del artículo 15° de la Ley 27073 Modifíquese el artículo 15° de la Ley 27073, Ley de Servicios Industriales de la Marina S.A. – SIMA - PERÚ S.A., el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 15°.- Conformación del Directorio 15.1 El Directorio está integrado por nueve (09) miembros. Son designados por Resolución Suprema, según la composición siguiente: a.- El Jefe del Estado Mayor General de la Marina, quien lo presidirá; b.- El Director General de Economía de la Marina; c.- El Director General del Material de la Marina; d.- El Director de Alistamiento Naval; e.- El Director Ejecutivo de SIMA - PERÚ S.A.; y, f.- Cuatro (04) directores en representación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE). SEGUNDA.- Modifi cación del artículo 11° de la Ley 29314 Modifíquese el artículo 11° de la Ley 29314, Ley de la Fábrica de Armas y Municiones del Ejército FAME SAC, el mismo que queda redactado de la siguiente manera: “Artículo 11°.- El Directorio El Directorio de FAME SAC está integrado por siete (07) miembros. El Presidente, así como los demás Ofi ciales Generales que lo integren, son designados por Resolución Suprema. Los demás miembros se designan por Resolución Ministerial del Sector al que representan. El Directorio está compuesto por los siguientes miembros: a.- El Jefe del Estado Mayor General del Ejército, quien lo presidirá; b.- El Comandante General del Comando Logístico del Ejército; c.- El Director General de la Ofi cina General de Economía del Ejército, y; d.- Cuatro (04) directores en representación del Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (FONAFE)”. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.- Derogación de Ley Derógase la Ley 29605, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, así como las disposiciones legales que se opongan al presente Decreto Legislativo. POR TANTO: Mando se publique y cumpla, dando cuenta al Congreso de la República. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los nueve días del mes de diciembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros PEDRO CATERIANO BELLIDO Ministro de Defensa 876207-1 Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior DECRETO LEGISLATIVO N° 1135 EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA POR CUANTO: El Congreso de la República, mediante la Ley 29915, ha delegado en el Poder Ejecutivo la facultad de legislar en materia de reforma de la legislación orientada al fortalecimiento institucional del Ministerio del Interior, REQUISITO PARA PUBLICACIÏN DE NORMAS LEGALES Y SENTENCIAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Órganismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que para efectos de la publicación de sus disposiciones en general (normas legales, reglamentos jurídicos o administrativos, resoluciones administrativas, actos de administración, actos administrativos, etc) con o sin anexos, que contengan más de una página, se adjuntará un diskette, cd rom o USB en formato Word con su contenido o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe. LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL