Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2012 (10/12/2012)


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NORMAS LEGALES
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El Peruano MORDAZA, lunes 10 de diciembre de 2012

Ejerce constitucionalmente la conduccion de las Fuerzas Armadas, conforme a los lineamientos dispuestos por el Presidente de la Republica como Jefe Supremo de las Fuerzas Armadas. Articulo 10°.- Funciones El Ministro de Defensa tiene las siguientes funciones: 1) Orientar, formular, normar, dirigir, coordinar, determinar, conducir, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales a su cargo. Garantizar la no deliberancia politica de las Fuerzas Armadas, asi como la neutralidad de su accionar en los procesos electorales. Fortalecer y asegurar el nivel de eficiencia y operatividad de las Fuerzas Armadas, asi como su preparacion, formacion, capacitacion, especializacion, perfeccionamiento, entrenamiento, organizacion, mantenimiento y equipamiento permanente, a traves de las Comandancias Generales de las Instituciones Armadas de acuerdo a la normatividad vigente. Supervisar las operaciones y el accionar conjunto de las Fuerzas Armadas a traves del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas de acuerdo a la normatividad vigente. Supervisar a las Fuerzas Armadas en el control de la soberania e integridad territorial. Promover, en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la adopcion de politicas y acuerdos internacionales en materia de seguridad y defensa, para lo cual se desarrollaran reuniones periodicas entre ambos Ministerios. Dirigir el MORDAZA de planeamiento estrategico y aprobar los planes estrategicos del Sector Defensa, en el MORDAZA de la normatividad sobre Seguridad y Defensa Nacional y del Planeamiento Estrategico Integral. Participar en las sesiones del Consejo de Seguridad y Defensa Nacional, de acuerdo a ley. Presentar proyectos de normas legales ante el Presidente de la Republica y al Consejo de Ministros sobre las materias a su cargo. Normar, disponer y supervisar el diseno, magnitud, clasificacion y distribucion de los recursos materiales de las Fuerzas Armadas, de conformidad con las directrices del Presidente de la Republica. Autorizar el ingreso de personal militar extranjero, sin MORDAZA de guerra. Proponer al Consejo de Ministros el ingreso de personal militar extranjero, con MORDAZA de guerra. Supervisar la ejecucion de los planes y programas de inversion y estandarizacion del equipamiento de las Fuerzas Armadas. Normar y supervisar la ejecucion de mecanismos de transparencia sobre control de gastos y rendicion de cuentas, en las adquisiciones y contrataciones del sector Defensa. Supervisar y fomentar, en coordinacion con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la participacion de las Fuerzas Armadas en Operaciones de Paz, de conformidad con los objetivos de la Politica de Seguridad y Defensa Nacional. Aprobar la lista general de contrataciones consideradas estrategicas en materia de defensa, que MORDAZA efectuadas por la Agencia de Compras. Supervisar y promover la participacion de las Fuerzas Armadas en el desarrollo social y economico del MORDAZA y en las actividades de Defensa Civil. Disponer de oficio o a solicitud de una entidad, en situaciones de emergencia, la utilizacion inmediata de equipos materiales y personal de la defensa a su cargo, en concordancia con la normativa de la materia. Conducir y supervisar la Movilizacion Nacional de acuerdo a ley.

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Normar y supervisar los objetivos institucionales y el accionar de las Fuerzas Armadas en materia del Derecho Internacional de los Derechos Humanos y del Derecho Internacional Humanitario. Participar en la supervision de la MORDAZA de Pensiones Militar Policial conforme a la legislacion sobre la materia. Normar y supervisar la participacion de las Fuerzas Armadas en el control del orden interno y en el apoyo a la Policia Nacional e instituciones publicas que lo requieran, en los casos que lo disponga el Presidente de la Republica conforme a la Constitucion Politica del Peru y la ley de la materia. Promover iniciativas y participacion multisectorial para la proyeccion y desarrollo del sistema aeroespacial peruano. Aprobar y emitir las politicas del sector en materia de cooperacion internacional. Promover una politica basada en la educacion e investigacion para el desarrollo de la industria militar con tecnologia moderna. Formular las politicas a fin que las actividades de las empresas y organismos publicos del sector respondan a las necesidades derivadas de los planes estrategicos, para el mantenimiento de la capacidad operativa de las Fuerzas Armadas y necesidades propias de la Seguridad y Defensa Nacional. Proponer politicas para la participacion del Sector Defensa en los sistemas de proteccion y vigilancia de la Amazonia y del medio ambiente. Delegar o desconcentrar en los funcionarios del Ministerio de Defensa las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion y ejercer las demas funciones que le asignan la Constitucion Politica del Peru y las demas leyes. Designar al vocero del Ministerio de Defensa. Designar al vocero del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas, asi como a los voceros de las Instituciones Armadas. Autorizar la participacion del personal militar de las Fuerzas Armadas en situacion de actividad que convoque el Congreso de la Republica. Convocar regularmente al Jefe del Comando Conjunto de las Fuerzas Armadas y, cuando lo estime pertinente, a los Comandantes Generales de las Instituciones Armadas. Autorizar los viajes en goce vacacional o licencia al exterior de los Oficiales Generales y Almirantes de las Fuerzas Armadas. Denunciar ante el Ministerio Publico, al personal civil o militar, que revelen o entreguen informacion clasificada como secreta, reservada o confidencial por el Ministerio de Defensa o cualquiera de las Instituciones Armadas. Normar y supervisar las politicas de educacion y doctrina del sector. Dictar las disposiciones normativas que le correspondan. Emitir resoluciones ministeriales en los asuntos que le corresponden conforme a ley. Las demas que MORDAZA asignadas por ley y el Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF) del Ministerio de Defensa.

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Articulo 11°.- Despacho Viceministerial de Politicas para la Defensa El Despacho Viceministerial de Politicas para la Defensa se encarga de coordinar, ejecutar y supervisar la actividad funcional del Sector Defensa en los ambitos de politica y estrategia, relaciones internacionales, educacion y doctrina en el MORDAZA militar. Tiene las siguientes funciones: 1) 2) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la Politica de Seguridad y Defensa Nacional en el ambito de su competencia. Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la Politica de Defensa en el ambito externo, referente a las relaciones internacionales, en

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