Norma Legal Oficial del día 10 de diciembre del año 2012 (10/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 9

El Peruano MORDAZA, lunes 10 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES
TITULO III

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ORGANIZACION CAPITULO I ESTRUCTURA ORGANICA 6) Articulo 7º.- Estructura organica El presente Decreto Legislativo establece la estructura organica basica del Ministerio del Interior, cuyas funciones y atribuciones especificas se establecen en su Reglamento de Organizacion y Funciones (ROF). Articulo 8º.- Estructura organica basica La estructura organica basica del Ministerio del Interior esta compuesta por: 1) Alta Direccion: Ministro. Viceministro de Gestion Institucional. Viceministro de Orden Interno. Secretario General. 10) 5)

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2) Organo de Inspectoria General: Es el organo encargado de las funciones de supervision, investigacion y control previo de los asuntos disciplinarios policiales y organismos del Sector Interior. Cuenta con un Tribunal de Disciplina Policial que se rige por la ley de la materia. 3) Organo de Control Institucional: Encargado de practicar el control gubernamental, conforme a las disposiciones del Sistema Nacional de Control. 4) Organo de Defensa Juridica: Encargado de los asuntos del Ministerio del Interior en sede judicial, militar ­ policial, arbitral, constitucional y administrativa, asume la defensa de la institucion, conforme a las disposiciones del Sistema de Defensa Juridica del Estado. 5) Organos de Administracion Interna: El Ministerio del Interior cuenta con Direcciones Generales destinadas para el apoyo al cumplimiento de sus funciones sustantivas. Se crean mediante Decreto Supremo y estan conducidas por un Director General designado mediante Resolucion Ministerial. 6) Organos de Linea: Son organos tecnico normativos responsables de proponer y ejecutar las politicas publicas y funciones sustantivas del Sector Interior. Se crean mediante Decreto Supremo y estan conducidas por un Director General designado mediante Resolucion Ministerial. La Alta Direccion cuenta con un Gabinete de Asesores para la conduccion estrategica de las politicas a su cargo y coordinacion con el Poder Legislativo y demas entidades publicas. CAPITULO II ALTA DIRECCION Articulo 9º.- Del Ministro El Ministro es la mas alta autoridad politica del Sector y es responsable de su conduccion. Tiene las siguientes funciones: 1) 2) 3) 4) Dirigir, formular, coordinar, ejecutar, supervisar y evaluar las politicas nacionales y sectoriales a su cargo; Ejercer la rectoria del Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana; Supervisar y evaluar el cumplimiento de la finalidad de la Policia Nacional del Peru; Conducir las relaciones de coordinacion y articulacion con los Gobiernos Regionales y Locales, y otras entidades publicas y privadas,

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nacionales e internacionales, y sociedad civil, para la formulacion, ejecucion, supervision y evaluacion de las politicas nacionales y sectoriales a su cargo; Representar al Sector Interior ante las entidades publicas o privadas en los ambitos nacional e internacional; Celebrar convenios con la Agencia de Compras de las Fuerzas Armadas, para la ejecucion de procesos de seleccion por encargo, en sus diversas modalidades; Promover el respeto irrestricto de los derechos humanos del personal del Sector Interior ante situaciones de abuso, discriminacion, entre otros; Supervisar el cumplimiento de las politicas en materia migratoria interna; Supervisar el cumplimiento de las politicas en materia de los servicios de seguridad privada, MORDAZA, municiones, explosivos y productos pirotecnicos de uso civil; Formular, planear, dirigir, coordinar, supervisar y evaluar los lineamientos tecnicos a los que se encuentran sujetos los organismos adscritos al Sector Interior, asi como supervisar y fiscalizar el cumplimiento de sus objetivos y estrategias; Formular, ejecutar, supervisar y evaluar los lineamientos sobre conflictividad social, en el ambito de su competencia; Organizar, dirigir, implementar, supervisar y evaluar, en el ambito de su competencia, las acciones de control interno sobre las actividades desarrolladas por los distintos organos y organismos del Sector Interior; Disponer investigaciones extraordinarias a nivel del Sector, imponer sanciones y proponer politicas y estrategias orientadas al fomento de la etica, la transparencia y la lucha contra la corrupcion; Designar, conducir, planear, coordinar, apoyar y evaluar la labor de los comisionados para la paz y el desarrollo; Expedir resoluciones ministeriales correspondientes a su cargo; y, Ejercer las demas funciones que le asigna la Constitucion Politica del Peru y las leyes, pudiendo delegar las facultades y atribuciones que no MORDAZA privativas de su funcion de Ministro de Estado.

Articulo 10º.- Del Viceministro de Gestion Institucional Es el encargado de dirigir y supervisar la gestion interna del Ministerio, dentro de las politicas sectoriales definidas por el titular del Sector. Depende del Ministro del Interior y por encargo de este tiene las siguientes funciones: 1) Formular, coordinar, ejecutar y supervisar la politica de desarrollo del Ministerio del Interior, de conformidad con la politica institucional y nacional, en el ambito de su competencia; Disenar, normar y ejecutar la adecuada administracion del personal, recursos materiales, economicos y financieros en concordancia con los lineamientos de politica del sector y sus objetivos institucionales; Formular, integrar y estandarizar los procedimientos para los procesos administrativos, incluyendo los procedimientos para la contratacion de bienes, servicios y obras en cualquiera de sus modalidades; Proponer y conducir las politicas de planificacion del Sector, asi como los aspectos presupuestarios y analisis economico del Pliego Presupuestal; Establecer, conducir y orientar los lineamientos tecnicos de los sistemas administrativos de contabilidad, tesoreria, control patrimonial, logistica y personal del Ministerio; Coordinar, orientar, supervisar y evaluar las politicas aprobadas, los planes, programas y proyectos a su cargo;

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