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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 15 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (15/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 48

TEXTO PAGINA: 30

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de diciembre de 2012 480956 su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Asimismo, deróguese a partir de la vigencia de la presente norma, lo siguiente: a) Los artículos 16° y 17° del Reglamento de Pago de Primas de Seguros aprobado por Resolución SBS N° 225- 2006, así como el anexo N° 2 “Provisiones de primas por cobrar”. b) La Circular S-570-97 “Provisiones para cuentas de cobranza dudosa”.” Artículo Segundo.- La presente resolución entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (a.i.) 878168-1 GOBIERNOS REGIONALES GOBIERNO REGIONAL DE AREQUIPA Aprueban donación dineraria efectuada a favor del Gobierno Regional ACUERDO REGIONAL Nº 087-2012-GRA/CR-AREQUIPA Arequipa, 19 de junio del 2012 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en Sesión Ordinaria aprobó el siguiente acuerdo. CONSIDERANDO: Que, el Ejecutivo Regional a través del Ofi cio N° 2479-2012-GRA/SG, solicita que por Acuerdo Regional se apruebe una Donación Dineraria conforme al detalle señalado en el Convenio N° 141-2012-GRA/PR y los Informes N° 801 y 648-2012-GRA/ORAJ; Donantes Compañía de Minas Buenaventura SAA; Compañía Minera Bateas SAC Monto en dólares $ 28,961.00 $ 12,653.00 Monto en soles S/. 102, 043.70 S/. 43,218.12 Total en dólares $ 41,614.00 Total en soles S/. 145,261.82 Donatario Gobierno Regional de Arequipa Finalidad Reparación de maquinaria pesada, compra de repuestos, llantas, lubricantes y otros enseres. Mejoramiento y acondicionamiento locales de la Gerencia de Transportes y Comunicaciones y equipamiento de laboratorio de mecánica de suelos. Que, de conformidad con lo estipulado en el artículo 69 de la Ley 28411 / Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, las donaciones dinerarias provenientes de instituciones nacionales o internacionales, públicas o privadas, diferentes a los provenientes de los convenios de cooperación técnica no reembolsable, deben ser aprobadas por Acuerdo Regional, para lo cual debe consignarse la fuente donante y el destino de estos fondos públicos, debiendo observar dos formalidades: ((a)) cuando el monto de la donación supera las (05) Unidades Impositivas Tributarias, el Acuerdo Regional aprobatorio debe ser publicado tanto en el Diario Ofi cial “El Peruano”, como en la Página Web institucional; ((b)) cuando el monto de la donación sea inferior a las 05 Unidades Impositivas Tributarias, entonces, el Acuerdo Regional aprobatorio debe publicarse únicamente en la Página Web institucional; en ambos casos dentro de los cinco (05) días hábiles de aprobado, bajo responsabilidad; Que, por estas consideraciones, y, al amparo de la Ley Nº 27783, de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27867, Orgánica de Gobiernos Regionales y modifi catorias; y en observancia del marco legislativo regional constituido por la Ordenanza Regional Nº 001-2007-GRA/CR- AREQUIPA, la Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA y la Ordenanza Regional Nº 154-AREQUIPA; SE ACUERDA: Primero.- APROBAR la donación dineraria efectuada por las Compañías Mineras Buenaventura SAA, por la suma de Veintiocho mil novecientos sesenta y uno con 00/100 ($ 28,961.00 dólares americanos que al cambio del día son: S/ 102,043.70 nuevos soles) y Minera Bateas SAC, por el monto de Doce mil seiscientos cincuenta y tres dólares americanos ($ 12,653.00 dólares americanos que al cambio del día son: S/. 43,218.12 nuevos soles), haciendo un total de Ciento cuarenta y cinco mil doscientos sesenta y uno con 82/100 nuevos soles (S/. 145,261.82 nuevos soles), donación dineraria que será destinada según el Convenio N° 141-2012-GRA/PR, Cláusula Tercera, punto 2 en la reparación de maquinaria pesada, compra de repuestos, llantas, lubricantes y otros enseres que requiere el equipo mecánico de propiedad de la Entidad, el Mejoramiento y acondicionamiento de los locales de la Gerencia Regional de Transportes y Comunicaciones – Arequipa y el equipamiento de laboratorio de mecánica de suelos. Segundo.- ENCARGAR al Ejecutivo Regional para que bajo responsabilidad y en el plazo de cinco (05) días hábiles de aprobado, publique el presente Acuerdo Regional en el Diario Ofi cial “El Peruano”, y también, en la página web institucional. POR TANTO: Regístrese y cúmplase. MARÍA SOLEDAD FERNÁNDEZ MOGROVEJO Presidenta del Consejo Regional de Arequipa 878566-1 Disponen primera inscripción de dominio a favor del Estado de terrenos eriazos ubicados en el distrito de Yarabamba, provincia de Arequipa RESOLUCIÓN GERENCIAL GENERAL REGIONAL Nº 235-2012-GRA/PR-GGR VISTO: El Informe Nº 1440-2012-GRA/OOT, el Informe Nº 1480- 2012-GRA/OOT y el Informe Técnico Legal Nº 036-2012- GRA/OOT emitidos por la Ofi cina de Ordenamiento Territorial, por el cual remiten el expediente Nº 2012-46614, respecto al procedimiento de Inscripción en Primera de Dominio de seis terrenos eriazos de dominio privado del Estado, siendo los que a continuación se detallan: A) 762 628.32 m2, B) 2 757 910.64 m2, C) 409 407.91 m2, D) 420 847.58 m2, E) 132 870.71 m2 y F) 49 319.15 m2, todos ubicados en el Distrito de Yarabamba, Provincia y Departamento de Arequipa. CONSIDERANDO: Que, el artículo 62 de la Ley 27867 Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, respecto a funciones en materia de administración y adjudicación de terrenos de propiedad del Estado, señala en el inc.b), que es función de los Gobiernos Regionales: “b) Realizar los actos de inmatriculación, saneamiento, adquisición, enajenación, administración y adjudicación de los terrenos urbanos y eriazos de propiedad del Estado en su jurisdicción, con excepción de los terrenos de propiedad municipal.” Que, en virtud de lo establecido en la Resolución Gerencial Nº 045-2006-CND/GTA y Acta de Transferencia