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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, sábado 15 de diciembre de 2012 480958 respectivo presupuesto como así lo señala el Área de Finanzas en su informe N° N°323-2012-DREMO/UGEL “ILO”/AGI-EPP. De modo que la Modifi cación del CAP obedece a un reordenamiento de cargos que conlleva a la afectación del Presupuesto Analítico de Personal de 33 plazas presupuestadas a 42 plazas; encontrándose enmarcado en el inciso c) del artículo 16° del Decreto supremo N° 043-2004-PCM. Al mismo tiempo que el nuevo CAP está considerando cinco (05) puestos previstos no presupuestados, que representan el 10% de los cargos presupuestados, estando de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 11° del Decreto Supremo en mención; Que, contando con el fi nanciamiento debidamente previsto en el Presupuesto Institucional dentro del Grupo Genérico de Gasto vinculado al concepto de Personal y Obligaciones Sociales, la Unidad de Gestión Educativa Local 11° está en condiciones de generar la plazas presupuestadas requeridas y aprobar el nuevo Presupuesto Analítico de Personal; en concordancia a lo establecido en el numeral 3 de la Segunda Disposición Transitoria de la Ley N° 28411, y al mismo tiempo, está a lo dispuesto en el inciso a) de la Tercera Disposición Transitoria de la Ley en mención; Como consecuencia de las acciones antes mencionadas se ha producido la modifi cación del CAP de la Unidad de gestión Educativa Local Ilo, estando obligada a aprobar el nuevo CAP; de acuerdo a lo dispuesto en el penúltimo párrafo del artículo 16° del Decreto Supremo N° 043-2004- PCM. Luego, por tratarse de la aprobación de un CAP modifi cado, éste se encuentra debidamente visado por el órgano responsable de su elaboración por la Unidad de Gestión Institucional, la Directora de la Unidad de Gestión Educativa Local Ilo, Asesoría Jurídica y la Unidad Gestión Pedagógica de la UGEL ILO; estando revisado por el Área de Racionalización y la Ofi cina de Asesoría Jurídica de la DREMO, por la Ofi cina de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional, como obra en los antecedentes. Encontrándose apto para ser aprobado mediante Ordenanza Regional, conforme a lo que establecen los artículos 14° y 15° del Decreto Supremo N° 043-2004-PCM, y luego ser publicado en el Diario Ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Entidad; Por lo que, en uso de las atribuciones Conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N.227867 y sus modifi catorias, Ley N°27902, Ley N°28013, Ley N° 28968 y Ley N° 29053; el consejo Regional con el voto por mayoría de sus miembros y la dispensa de lectura y aprobación del acta, aprobó lo siguiente: ORDENANZA REGIONAL QUE APRUEBA LA MODIFICACIÓN DEL CAP DE LA UGEL ILO Artículo Primero.- APROBAR la modifi cación del Cuadro para Asignación de Personal -CAP de la Unidad de Gestión Educativa Ilo- Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional Moquegua; que consta de cuarenta y siete (47) cargos, de los cuales cuarenta y dos (42) están Presupuestados y cinco (5) Previstos, de acuerdo a los cuadros que en siete (07) folios se Anexan formando parte de la presente Ordenanza. Artículo Segundo.- DEJAR sin efecto las normas administrativas y regionales que se opongan a la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Los cargos aprobados en el presente Cuadro de Asignación de Personal de la Unidad de Gestión Educativa Ilo, Dirección Regional de Educación del Gobierno Regional Moquegua, deberán ser cubiertos en estricta observancia a la normatividad legal vigente. Artículo Cuarto.- Esta Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el diario ofi cial El Peruano y en el portal electrónico de la Entidad incluyendo sus anexos. Comuníquese al señor Presidente de Gobierno Regional de Moquegua para su promulgación. Moquegua, a los quince días del mes de Noviembre del año dos mil doce. PABLO RAMIREZ DELGADO Consejero Delegado POR TANTO: Mando se publique y cumpla. Dado en la sede del Gobierno Regional de Moquegua, a los treinta días del mes de noviembre del año dos mil doce. MARTIN A. VIZCARRA CORNEJO Presidente Regional 878579-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Autorizan viaje de funcionarios de PROTRANSPORTE a Chile, en comisión de servicios INSTITUTO METROPOLITANO PROTRANSPORTE DE LIMA RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 085-2012-MML/IMPL/GG Lima, 14 de diciembre de 2012 VISTO: El Memorando Nº 130-2012-MML/IMPL/GG de la Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, el Instituto Metropolitano Protransporte de Lima - PROTRANSPORTE es el Organismo Público Descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, técnica, económica, presupuestaria y fi nanciera, encargado de todos los aspectos referidos a la planifi cación, implementación, administración y mantenimiento del Sistema de Corredores Segregados de Alta Capacidad - COSAC I; Que, el Instituto Metropolitano Protransporte de Lima – PROTRANSPORTE, en virtud del encargo conferido, suscribió cuatro contratos de concesión para la operación del servicio de transporte de pasajeros mediante buses troncales y alimentadores y un contrato de concesión para la operación de la unidad de recaudo en el COSAC I, encontrándose actualmente en un proceso de renegociación con los concesionarios de dichos contratos respecto a diversos aspectos de carácter técnico, operativo y tecnológico que se han venido presentando durante la ejecución de los mismos; Que, Transantiago es el sistema integrado de buses urbanos y tren subterráneo para el transporte público en la ciudad de Santiago de Chile, cuya operación es realizada por siete empresas privadas y cuya administración corresponde al Estado de Chile, y que utiliza un único medio de pago electrónico provisto por un organismo privado contratado por el Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, se ha realizado coordinaciones con los funcionarios de Transantiago a efectos de compartir sus experiencias tanto operativas como técnicas respecto a la operación de su sistema integrado de transporte urbano, considerado uno de los más modernos en el mundo y, en especial, de conocer los aspectos tecnológicos relacionados a su sistema de recaudo, por lo que resulta de interés para PROTRANSPORTE la visita a dicha ciudad; Que, los gastos que ocasione la presente autorización de viaje se efectuarán con cargo al Presupuesto Institucional del Año Fiscal 2012 de PROTRANSPORTE, de conformidad con el artículo 13º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; Que en sesión de Directorio de fecha 10 de diciembre de 2012 se aprobó el viaje en comisión de servicios a la ciudad de Santiago de Chile del 16 al 19 de mes en curso y para los fi nes antes expuestos, de los siguientes funcionarios: Juan Huertas Angulo, Gerente de Tecnología de la Información, Miguel Macedo Zegarra, Supervisor de la Concesión de Recaudo de la Gerencia de Operaciones