Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2012 (15/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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correspondiente, el cual debera especificarse en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos - TUPA. Articulo 13º.- Autorizacion para ejecucion de obras de emergencia. Las empresas concesionarias de servicios publicos estan autorizadas a intervenir, sin el requisito previo de la autorizacion para la ejecucion de obras, en aires de las areas de uso publico solo y exclusivamente en casos de emergencia plenamente demostrables. La intervencion en areas de uso publico para obras de emergencia debera ser comunicada, por la via de comunicacion mas rapida a la Municipalidad, debiendose presentar de igual forma todos los requisitos que se senalan en el Articulo 18º de esta ordenanza, dentro de los tres (3) dias despues de iniciada la obra. Articulo 14º.- Plazo para otorgar la autorizacion de ejecucion de obras en areas de dominio publico. La autoridad municipal correspondiente debera expedir la respectiva autorizacion de ejecucion de obra en areas de dominio publico en un plazo no mayor de diez (10) dias siguientes al de la fecha de MORDAZA de la respectiva solicitud. Articulo 15º.- Vigencia de la autorizacion de ejecucion de obras en los aires y subsuelo de areas de uso publico. La vigencia de la autorizacion de ejecucion de obras en areas de uso publico se especificara en el Documento de la Autorizacion. En caso que se requiriera ampliacion del plazo para la ejecucion de la obra, este debera solicitarse tres (3) dias MORDAZA de la fecha de vencimiento de la autorizacion vigente. Articulo 16º.- Documento de Autorizacion. La Gerencia de Desarrollo MORDAZA, otorgara la autorizacion de ejecucion de obras en aires y subsuelo de areas de uso publico, en dicho documento constara como minimo la siguiente informacion: - Descripcion de la obra. - Ubicacion - Caracteristica del espacio publico a intervenir. - Persona natural o juridica que solicita la autorizacion. - Empresa contratista o profesional responsable de la obra. - Plazo de ejecucion de la obra. CAPITULO II CONFORMIDAD DE OBRA Articulo 17º.- Obligacion de obtener el Certificado de Conformidad de Obra. Las personas naturales o juridicas que hayan obtenido autorizacion de ejecucion de obras en aires de areas de uso publico deberan tramitar obligatoriamente el correspondiente Certificado de Conformidad de Obra en un plazo MORDAZA de treinta dias de terminada la obra. Articulo 18º.- Certificado de Conformidad de Obra. El Certificado de Conformidad de Obra es el documento oficial emitido por la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, previo informe de la Sub-Gerencia de Obras Publicas, a traves del cual se certifica la conclusion de la obra autorizada, luego de constatar el cumplimiento del proyecto y de las especificaciones tecnicas, asi como la eliminacion del material excedente y la reposicion de la infraestructura y mobiliario MORDAZA preexistente. Articulo 19º.- Requisitos para solicitar el Certificado de Conformidad de Obra. Son requisitos para obtener el Certificado de Conformidad de Obra: · Solicitud de conformidad de obra. · Declaracion Jurada como garantia de la correcta ejecucion de la obra, siendo responsables de cualquier deterioro del espacio publico por un lapso de siete (7) anos, por efecto de la intervencion realizada en el espacio publico. Articulo 20º.- Plazo para otorgar el Certificado de Conformidad de Obra.

La autoridad municipal correspondiente debera expedir el Certificado de Conformidad de Obra en un plazo no mayor de diez (10) dias siguientes al de la fecha de MORDAZA de la respectiva solicitud, salvo que se encuentren observaciones tecnicas a la obra realizada. CAPITULO III CONTROL DE LA OBRA Articulo 21º.- Control de ejecucion de obras en aires de areas de uso publico. La Sub-Gerencia de Obras Publicas correspondiente debe realizar las inspecciones necesarias a la ejecucion de las obras en areas de dominio publico autorizadas, para velar el cumplimiento del proyecto y de las especificaciones tecnicas. Articulo 22º.- Obligacion de contar en la obra con la MORDAZA de la Autorizacion de obra en areas de dominio publico. Las personas naturales o juridicas autorizadas a ejecutar obras en la via publica deben asegurarse que en el lugar de la obra exista una MORDAZA de la autorizacion correspondiente, la que esta en la obligacion de mostrar a los inspectores municipales. Articulo 23º.- Responsabilidad por la ejecucion de obras en areas de uso publico. Las personas naturales o juridicas que cuenten con Autorizacion de ejecucion de obras en la via publica, son responsables de cualquier deficiencia constructiva o de la alteracion del proyecto sin la correspondiente aprobacion por la Municipalidad correspondiente. TITULO III DISPOSICIONES TECNICAS CAPITULO I DISPOSICIONES GENERALES Articulo 24º.- Programacion anual de ejecucion de Obras en las Areas de Uso Publico. Las empresas de servicios publicos y cualquier otra persona natural o juridica que realicen obras de magnitud en las areas de dominio publico; tienen la obligacion de presentar hasta el 31 de octubre de cada ano la Programacion Anual de Ejecucion de Obras en Aereas de Dominio Publico para el ano siguiente. La programacion comprendera las obras de mantenimiento, ampliacion o construccion de sus redes, presentando los planos integrales de las mismas incluyendo redes existentes y senalando la oportunidad y plazos propuestos para las intervenciones programadas. La programacion de ejecucion de obras en las areas de dominio publico sera actualizada trimestralmente. Cualquier modificacion de la programacion debera ser comunicada con una anticipacion no menor de treinta (30) dias. Articulo 25º.- Obras de emergencia. Por la naturaleza de las obras de emergencia en la via publica, por motivo de un desperfecto que ponga en grave situacion de riesgo la atencion del servicio publico, el dano a las instalaciones e infraestructura MORDAZA, asi como la seguridad de los vecinos; estas no estan comprendidas en la programacion MORDAZA senalada, procediendo su autorizacion de acuerdo con lo que se establece en la presente ordenanza. Articulo 26º.- Consolidacion de la programacion anual de obras en la via publica. La Municipalidad coordinaran con las empresas de servicios publicos o las personas naturales o juridicas que corresponda, la integracion y consolidacion de la programacion anual de ejecucion de obras en areas de dominio publico, dentro de la respectiva jurisdiccion municipal; armonizandola y concordandola con la programacion de la ejecucion de obras publicas que efectuara la Municipalidad. Articulo 27º.- Planos de redes de servicios publicos. Las empresas de servicios publicos podran solicitar los Planos de Redes de Servicios Publicos, con el fin de que

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