Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2012 (15/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 45

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480971

Queda prohibida la sustitucion de redes de distribucion subterraneas por redes de distribucion aereas en toda la jurisdiccion de Bellavista. Articulo 42º.- Elementos adosados a fachadas. Queda prohibida la instalacion de cualquier elemento de distribucion de energia electrica, de comunicaciones o sanitaria, adosado a la fachada de un inmueble o cruzando vias en areas no permitidas; los cuales deberan ser canalizados en forma subterranea a traves de la via y empotrados en los paramentos de los inmuebles o a traves del interior de los mismos. Articulo 43º.- Elementos de seguridad. Queda prohibida la instalacion de cualquier elemento de seguridad electrica, de comunicaciones o sanitaria, que obstaculice la libre circulacion de peatones o de vehiculos, los cuales deberan ser canalizados en forma subterranea a traves de la via y empotrados en los paramentos de los inmuebles o a traves del interior de los mismos. Articulo 44º.- Ampliacion de redes aereas en areas urbanas consolidadas. Queda prohibida la ampliacion de redes aereas en areas urbanas consolidadas, estas ampliaciones solo se permitiran en areas urbanas no consolidadas y con el caracter de provisionales. Articulo 45º.- Asfalto en reposicion de pavimentos. Queda prohibido el uso de asfalto en frio para la reposicion de pavimentos. Articulo 46º.- Mezcla de concreto. Queda prohibido hacer uso de la via publica para realizar mezcla de concreto. TITULO IV INFRACCIONES Y SANCIONES CAPITULO I INFRACCIONES Articulo 47º.- Tipos de infraccion a la disposicion municipal. Las infracciones en que incurran las personas naturales o juridicas que ejecuten obras en areas de dominio publico por incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones establecidas en la presente ordenanza, son: 47.1. Ejecutar obras en la via publica sin contar con la Autorizacion municipal respectiva. 47.2. No presentar en la obra la MORDAZA de la Autorizacion municipal respectiva. 47.3. Incumplir con las especificaciones tecnicas y el proyecto aprobado. 47.4. Omitir la colocacion de senales o dispositivos de seguridad o por encontrarse deficiencias en los mismos. 47.5. Prolongar el plazo de ejecucion de obra sin la respectiva autorizacion municipal. 47.6. Dejar desmonte y material excedente. 47.7. Carecer de pruebas de compactacion de terreno o de resistencia de los materiales empleados. 47.8. Reposicion deficiente de las pistas, veredas y otros. 47.9. Incumplir con solicitar la Conformidad de obra. 47.10. Colocar cables y otros elementos antirreglamentarios adosados a fachadas o cruzando vias o el realizar cableado aereo en zonas no permitidas. CAPITULO II SANCIONES Articulo 48º.- Aplicacion de sanciones. Las infracciones a la presente ordenanza seran sancionadas conforme al Regimen de Aplicacion y Sanciones Administrativas de la Municipalidad, aprobado mediante Ordenanza Nº 013-2007/CDB. Articulo 49º.- Atribucion para la aplicacion de sanciones. La aplicacion de sanciones por incumplimiento a lo dispuesto por la presente ordenanza por parte de los

responsables de la ejecucion de obra en las areas de uso publico, es de responsabilidad de la Sub-Gerencia de Policia Municipal, Sub-Gerencia de Obras Publicas y las demas Gerencias y Sub-Gerencias competentes, de acuerdo con el Reglamento de Organizacion y Funciones vigente de la Municipalidad. Articulo 50º. Sanciones solidarias. La imposicion de la sancion pecuniaria por infracciones al incumplimiento de las obligaciones y prohibiciones senaladas en la presente ordenanza, se MORDAZA efectiva de manera solidaria entre la persona natural o juridica que ejecuta directamente la obra y la persona natural o juridica que encarga o contrata la ejecucion de la obra. TITULO V DISPOSICIONES FINALES Y TRANSITORIAS CAPITULO I DISPOSICIONES FINALES Primero.- Delegacion de facultades. Deleguese al MORDAZA la facultad, para que mediante Decreto de Alcaldia, dicte las normas complementarias y reglamentarias de la presente ordenanza. Segundo.- Incompatibilidad de otras normas. Declarese que las normas que se opongan a la presente ordenanza no tienen aplicacion en la jurisdiccion de Bellavista, sobre la que ejerce jurisdiccion exclusiva la Municipalidad, en los asuntos de competencia municipal. Tercero.- Instalacion de elementos de publicidad La instalacion de elementos de publicidad que demande la ejecucion de obras en areas de dominio publico, requiere Autorizacion de ejecucion de obras en areas de dominio publico, conforme a lo dispuesto en esta ordenanza, siendo requisito previo del tramite el haber obtenido la Autorizacion de instalacion de elemento de publicidad segun la normatividad correspondiente dictada por la Municipalidad. Cuarto.- Puesta en vigencia de la ordenanza. La presente ordenanza entra en vigencia a partir del dia siguiente a su publicacion en el Diario Oficial. CAPITULO II DISPOSICIONES TRANSITORIAS Primero.- Regularizacion de obras en ejecucion. Toda persona natural o juridica que MORDAZA ejecutado obra en aires y subsuelo de areas de Uso publico sin la debida autorizacion debera tramitar su autorizacion en via de regularizacion en un plazo MORDAZA de noventa (90) dias contados a partir de la puesta en vigencia de esta norma. Segundo.Retiro de elementos antirreglamentarios. Todo MORDAZA de elemento antirreglamentario instalado con anterioridad a la entrada en vigencia de la presente ordenanza; y que no cumpla los requisitos administrativos y las normas tecnicas de esta, deben ser retirados por sus propietarios o encargados de su administracion actual, en un plazo no mayor de sesenta (60) dias contados a partir de la publicacion de esta ordenanza. Solo en el caso de cables y otros elementos adosados a fachadas y teniendo en cuenta la cantidad de las instalaciones antirreglamentarias y la inversion que represente su retiro, se permitira a las empresas de servicios, que los retiren de manera progresiva, teniendo doce (12) meses como plazo MORDAZA para el retiro total. Tercero.- Solicitudes de autorizacion en tramite. Las solicitudes que se encuentren en tramite, cualquiera sea su estado, deberan adecuarse a las disposiciones de esta ordenanza. Cuarto.Incorporacion del procedimiento administrativo en el TUPA. Las municipalidad debe publicar el tramite administrativo que deben seguir los interesados que soliciten Autorizacion

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