Norma Legal Oficial del día 15 de diciembre del año 2012 (15/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, sabado 15 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

480967

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE BELLAVISTA
Aprueban Ordenanza que regula la instalacion de redes de transmision electrica y tendido de cables de telecomunicaciones en el espacio aereo y subsuelo de la jurisdiccion de Bellavista
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 020-2012-CDB Bellavista, 23 de noviembre de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE BELLAVISTA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE BELLAVISTA, en su sesion de fecha 23 de noviembre de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, conforme lo dispone el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, modificado por la Ley 27680, Ley de Reforma Constitucional, las Municipalidades tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; mandato constitucional concordante con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, el cual establece que, los Gobiernos Locales gozan de la autonomia citada, y que esta radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico; Que, el articulo 79º, numeral 3.6.5) de la Ley Organica de Municipalidades, dispone que las Municipalidades, en materia de organizacion del espacio fisico y uso del suelo ejerce funciones especificas exclusivas para normar, regular y otorgar autorizaciones, derechos y licencias, y realizar la fiscalizacion de instalaciones electricas y tendidos de cable de cualquier naturaleza; Que, todas las vias y areas publicas, con subsuelo y aires son bienes de dominio y uso publico de propiedad municipal conforme lo dispone el numeral 8) del articulo 56º de la Ley Organica de Municipalidades; Que, la Constitucion en su articulo 73º dispone lo siguiente: "Los bienes de dominio publico son inalienables e intransferibles. Los bienes de uso publico pueden ser concedidos a particulares conforme a ley, para su aprovechamiento economico"; Que, los bienes de uso publico, son aquellos que son utilizados por las personas que viven en la sociedad para diversas necesidades de la MORDAZA diaria. Por ejemplo: los parques publicos, las calzadas, las veredas, los puentes etc., y el subsuelo y los aires de estos; Que, los Gobiernos Locales cumplen su funcion normativa, entre otros mecanismos, por medio de las ordenanzas, las cuales tienen rango de ley dentro de la jurisdiccion del distrito, de conformidad con la Constitucion Politica del Peru, al igual que las leyes propiamente dichas, los decretos legislativos, etc., constituyendose en consecuencia en una verdadera ley municipal dentro de su espacio territorial y en el ambito de su competencia otorgada por la Ley Organica de Municipalidades; Que, los vecinos de diversas zonas del distrito expresan su malestar por la profusa y desordenada instalacion de cables electricos y de telecomunicaciones en el espacio aereo de bienes de uso publico, ya que degrada el aspecto estetico de las calles y viviendas y el propio ornato del distrito; asi tambien, porque, pone en peligro la integridad fisica de las personas y los bienes

inmuebles y muebles de propiedad de estos, toda vez, que un cortocircuito produciria un incendio; Que, el espacio publico en una determinada circunscripcion, es un bien que debe ser administrado por la Municipalidad y usado por todos los ciudadanos en razon de su naturaleza y de acuerdo a lo dispuesto por ley. En tal sentido, toda persona que desee utilizar el espacio publico en provecho propio, requiere obtener una autorizacion municipal, con el proposito que se evalue y verifique que dicho uso no esta en contradiccion con las normas de ornato, seguridad y mantenimiento de la infraestructura urbana; caso contrario, debe prohibirse el tendido de cables de energia electrica, transmisiones de telefono, cablegraficos, telecomunicaciones u cualquier otro de analoga naturaleza. Que, en consecuencia, las empresas concesionarias de servicios publicos, para la ejecucion de obras en los espacios de dominio publico bajo administracion municipal, estan obligados a solicitar autorizacion para la ejecucion de obras relacionadas con el servicio que prestan; Que, es necesario reglamentar, organizar y supervisar las obras en la via publica que realizan las personas naturales o juridicas por contrato o encargo de las empresas concesionarias de servicios publicos de saneamiento, telecomunicaciones, electricidad y otros, que involucren tendido de redes aereas o subterraneas. Que, es funcion de la Municipalidad administrar y conservar los bienes de dominio publico, tales como: plazas, parques, avenidas, jardines; razon por la cual debe realizar un permanente control y supervision de las obras que se realicen en las areas de dominio publico bajo administracion municipal, a efecto de preservar y mantener el equipamiento e infraestructura MORDAZA en su jurisdiccion y asegurar el ordenamiento del espacio MORDAZA, propiciando un adecuado crecimiento y desarrollo de su infraestructura; Que, es funcion de la Municipalidad la preservacion del ornato de la MORDAZA, regular la circulacion y el MORDAZA en la MORDAZA, asi como velar por la seguridad ciudadana, en tal sentido debe normar la ejecucion de las obras en la via publica, a efectos de evitar la saturacion y desorden del espacio MORDAZA y garantizar a los ciudadanos un MORDAZA fluido y sin riesgo para su seguridad; Que, de acuerdo a lo previsto en el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, las ordenanzas municipales son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se regula, administra y supervisa los servicios publicos, entre otras materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa; Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas por la Ley 27972, Ley Organica de Municipalidades, el Concejo Distrital aprobo la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA INSTALACION DE REDES DE TRANSMISION ELECTRICA Y TENDIDO DE CABLES DE TELECOMUNICACIONES EN EL ESPACIO AEREO Y SUBSUELO DE LA JURISDICCION DE BELLAVISTA TITULO I ASPECTOS GENERALES CAPITULO I OBJETO, FINALIDAD Y ALCANCE Articulo 1º. Objeto de la MORDAZA La presente ordenanza tiene por objeto regular el uso de los postes en los que se MORDAZA instalado o que esten por instalarle cables electricos o de telecomunicaciones, en la jurisdiccion de Bellavista, y el uso del espacio aereo comprendido entre un poste y otro, MORDAZA estos postes de propiedad publica o privada. Asimismo, regula el uso del subsuelo de bienes nacionales de uso publico que MORDAZA usados con la finalidad indicada.-Tambien se aplicara a los tendidos electricos como de transmisiones o similares. Articulo 2º. Finalidad de la MORDAZA La ordenanza tiene como primera finalidad preservar la integridad fisica de las personas y preservar la propiedad publica y privada, el ornato, el orden, la circulacion y el MORDAZA, la seguridad ciudadana, asi como la conservacion del patrimonio cultural, el mobiliario MORDAZA, propiciando

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