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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (19/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 9

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2012 481199 ANEXO N° 2 MODELO DE INFORME FINAL INFORME N° ……………………. PARA : ……………………………………… (Dirigir el informe al titular del Gobierno Regional o al titular del Ministerio de Energía y Minas en los casos de Lima Metropolitana). ASUNTO : Informe de Actividades de Intervención Conjunta TIPO DE INTERVENCIÓN : …………………………………….... (Indicar si es intervención ordinaria o extraordinaria) REFERENCIA : ……………………………………… (Indicar el Plan de Trabajo aprobado o el documento de denuncia que motiva la intervención) LUGAR Y FECHA : ………..…………………………… I. OBJETIVO Indicar brevemente los objetivos de la intervención conjunta. II. ANTECEDENTES Indicar los documentos que motivaron la intervención conjunta. III. ACTIVIDADES DESARROLLADAS En la estructura y contenido de las actividades desarrolladas se debe contemplar como mínimo lo siguiente: - Entidades participantes: Indicar los nombres de los participantes y las entidades que representan. - Descripción de actividades: Indicar las actividades desarrolladas antes y durante la intervención conjunta. IV. CONCLUSIONES Las conclusiones son de carácter consensuado debiendo refl ejar los resultados de la intervención conjunta. Asimismo, indicar las acciones posteriores a la intervención conjunta según sea el caso, teniendo en cuenta lo señalado en el Protocolo. V. RECOMENDACIONES Las recomendaciones son de carácter consensuado. Atentamente, NOMBRES Y APELLIDOS: ENTIDAD: CARGO: NOMBRES Y APELLIDOS: ENTIDAD: CARGO: NOMBRES Y APELLIDOS: ENTIDAD: CARGO: NOMBRES Y APELLIDOS: ENTIDAD: CARGO: (Deberá consignarse la fi rma, los nombres y apellidos, el nombre de la Entidad y el cargo de todos los participantes en la intervención conjunta) ANEXOS 1. Acta de Intervención Conjunta 2. Panel fotográfi co 3. Otros documentos que considere el Grupo de Trabajo NOTA: El modelo del Informe Final no es restrictivo, siendo posible su modifi cación e incorporación de otra información o documentación que las entidades consideren relevantes o pertinentes. 880235-2 DEFENSA Autorizan ingreso de personal militar de Brasil al territorio nacional RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 1399-2012-DE/SG Lima, 18 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, con Facsímil (DSD) Nº 948 del 3 de diciembre de 2012, el Director de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, solicita se expida la autorización para el ingreso de personal militar de la República Federativa del Brasil, sin armas de guerra; Que, con Oficio Nº 22106/DIE/D-7/03.04.02 del 10 de diciembre de 2012, el Director de Inteligencia del Ejército, emite opinión favorable para el ingreso al país del personal militar de la República Federativa del Brasil; Que, el referido personal militar ingresará a territorio de la República, del 19 de diciembre de 2012 al 5 de enero de 2014, a fi n de participar en el Curso de Alto Comando a realizarse en la Escuela Superior de Guerra del Ejército del Perú; Que, el artículo 5° de la Ley N° 27856, Ley de Requisitos para la Autorización y consentimiento para el ingreso de tropas extranjeras en el territorio de la República, modifi cado por el artículo único de la Ley Nº 28899, establece que el ingreso de personal militar extranjero sin armas de guerra para realizar actividades relacionadas a las medidas de fomento de la confi anza, actividades de asistencia cívica, de planeamiento de futuros ejercicios militares, académicas, de instrucción o entrenamiento con personal de las Fuerzas Armadas Peruanas o para realizar visitas de coordinación o protocolares con autoridades militares y/o del Estado Peruano es autorizado por el Ministro de Defensa mediante Resolución Ministerial, con conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros, quien da cuenta al Congreso de la República por escrito en un plazo de veinticuatro (24) horas tras la expedición de la resolución, bajo responsabilidad. La Resolución Ministerial de autorización debe especifi car los motivos, la relación del personal militar, la relación de equipos transeúntes y el tiempo de permanencia en el territorio peruano. En los casos en que corresponda se solicitará opinión previa del Ministerio de Relaciones Exteriores; y, Estando a lo opinado por el Ejército del Perú; y de conformidad con la Ley Nº 27856, modifi cada por la Ley Nº 28899; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el ingreso al territorio de la República, sin armas de guerra, al Coronel Francisco De Assis Reis Fernandes de la República Federativa del Brasil, del 19 de diciembre de 2012 al 5 de enero de 2014, a fi n que participe en el Curso de Alto Comando a realizarse en la Escuela Superior de Guerra del Ejército del Perú. Artículo 2º.- Poner en conocimiento del Presidente del Consejo de Ministros la presente resolución, a fi n que dé cuenta al Congreso de la República en el plazo a que se contrae el artículo 5° de la Ley N° 27856, modifi cada por Ley Nº 28899. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura Encargado del Despacho de Defensa 880234-1