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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 19 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (19/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 14

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 19 de diciembre de 2012 481204 Medicamentos, Insumos y Drogas es el órgano técnico- normativo en los aspectos relacionados al control de la producción, distribución y comercialización de los medicamentos, insumos y drogas en el Sector Salud y el Decreto Supremo Nº 023-2005-S.A. que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud, preceptúa en su artículo 53º literal b) entre otras funciones generales para la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas, el normar en aspectos relacionados con la calidad, seguridad y efi cacia de los medicamentos, otros productos farmacéuticos y afi nes; Que, mediante la Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, Ley N° 29459 publicada el 26 de Noviembre del 2009, se defi nen y establecen los principios, normas, criterios y exigencias básicas sobre los productos farmacéuticos, dispositivos médicos y productos sanitarios de uso en seres humanos; Que, el numeral 5 de la Sétima Disposición Complementaria Final del Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios aprobado por Decreto Supremo N°016-2011-SA prevé que la Autoridad Nacional de Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios (ANM) aprobará el Listado de referencias bibliográfi cas que sustentan la seguridad de uso y uso tradicional de recursos naturales o sus asociaciones; Que, en ese sentido, resulta necesario establecer el Listado de referencias bibliográfi cas que sustentan la seguridad de uso y uso tradicional de recursos naturales o sus asociaciones, el cual se encuentra basado en las farmacopeas, los documentos técnicos de la Organización Mundial de la Salud y de las entidades reguladoras de alta vigilancia sanitaria, entre otros; a efectos que sea utilizado como material de consulta para los procedimientos de inscripción y reinscripción de dichos productos; Que, de conformidad con lo dispuesto en la Ley del Ministerio de Salud Nº 27657, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Salud aprobado por Decreto Supremo Nº 023-2005-S.A., la Ley de los Productos Farmacéuticos, Dispositivos Médicos y Productos Sanitarios, Ley Nº 29459, el Reglamento para el Registro, Control y Vigilancia Sanitaria de Productos Farmacéuticos y Afi nes aprobado por Decreto Supremo Nº 016-2011-SA, y demás normas vigentes pertinentes; SE RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el “Listado de referencias bibliográfi cas que sustentan la seguridad de uso y uso tradicional de recursos naturales o sus asociaciones”, que en documento adjunto forma parte integrante de la presente Resolución; Artículo Segundo.- Disponer la publicación de la presente Resolución en el Diario Ofi cial “El Peruano” y en la dirección electrónica del Portal de Internet del Ministerio de Salud: http://www.minsa.gob.pe/transparencia/dge_ normas.asp; Regístrese, comuníquese y cúmplase PEDRO LUIS YARASCA PURILLA Director General (e) Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas 879443-3 TRANSPORTES Y COMUNICACIONES Aprueban transferencia de concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, a favor de Cadena de Radio y Televisión Cosmos S.A.C. RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 430-2012-MTC/03 Lima, 7 de diciembre de 2012 VISTA, la solicitud presentada mediante Expediente N° 2012-071309 por la empresa TELE UNIVERSO PERÚ S.A.C., para la aprobación de la transferencia de su concesión única para la prestación de servicios públicos de telecomunicaciones, a favor de la empresa CADENA DE RADIO Y TELEVISIÓN COSMOS S.A.C.; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Ministerial N° 462-2011- MTC/03 de fecha 4 de julio de 2011, se otorgó a la empresa TELE UNIVERSO PERÚ S.A.C. concesión única para la prestación de los servicios públicos de telecomunicaciones por el plazo de veinte (20) años, en el área que comprende todo el territorio de la República del Perú, estableciéndose como primer servicio a prestar, el servicio público de distribución de radiodifusión por cable alámbrico u óptico; suscribiéndose el respectivo Contrato de Concesión el 6 de setiembre de 2011; Que, mediante Resolución Directoral N° 397-2011- MTC/27 de fecha 06 de setiembre de 2011, se inscribió en el Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, a favor de la empresa TELE UNIVERSO PERÚ S.A.C., el servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico; y, se aprobó la Ficha de Inscripción N° 326; Que, mediante Resolución Directoral N° 250-2012- MTC/27 de fecha 06 de junio de 2012, se modifi có el Plan de Cobertura del Registro de Servicios Públicos de Telecomunicaciones, a favor de la empresa TELE UNIVERSO PERÚ S.A.C., para la prestación del servicio público de distribución de radiodifusión por cable en la modalidad de cable alámbrico u óptico, aprobado por Resolución Directoral N° 397-2011-MTC/27; y, se modifi có la Ficha de Inscripción N° 326 del citado Registro; Que, mediante el expediente de la VISTA, la empresa TELE UNIVERSO PERÚ S.A.C. solicita al Ministerio de Transportes y Comunicaciones la aprobación previa y expresa para la transferencia de su concesión única otorgada mediante Resolución Ministerial N° 462-2011- MTC/03, a favor de la empresa CADENA DE RADIO Y TELEVISIÓN COSMOS S.A.C.; Que, el artículo 117° del Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, establece que las concesiones y las asignaciones de espectro relativas a aquellas son intransferibles total o parcialmente, salvo aprobación previa y expresa del Ministerio, la cual será formalizada mediante Resolución Viceministerial; Que, mediante Informe N° 1651-2012-MTC/27, la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones opina que es procedente la solicitud formulada por la empresa TELE UNIVERSO PERÚ S.A.C., de aprobación para la transferencia de su concesión única otorgada por Resolución Ministerial N° 462-2011-MTC/03, a favor de la empresa CADENA DE RADIO Y TELEVISIÓN COSMOS S.A.C.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Único Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC y su modifi catoria Ley N° 28737, el Texto Único Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC y sus modifi catorias, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021- 2007-MTC, y el Texto Único de Procedimientos Administrativos – TUPA del Ministerio, aprobado por Decreto Supremo N° 008-2002-MTC y sus modifi catorias; Con la opinión favorable de la Dirección General de Concesiones en Comunicaciones; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la transferencia de la Concesión Única otorgada a la empresa TELE UNIVERSO PERÚ S.A.C. por Resolución Ministerial N° 462-2011-MTC/03, a favor de la empresa CADENA DE RADIO Y TELEVISIÓN COSMOS S.A.C. Artículo 2°.- Aprobar la Adenda al Contrato de Concesión Única, mediante la cual se formaliza la transferencia descrita en el artículo precedente, y autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones a suscribir la adenda en representación del Ministerio de Transportes y Comunicaciones.