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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (21/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 55

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2012 481653 CONAFU”, prescribe: Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 “Ley Universitaria”; Que, el Artículo 21° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y de Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU”, prescribe: EI cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada; Que, por Resolución N°404-2012-CONAFU de fecha 25 de julio de 2012, se resuelve en su ARTICULO PRIMERO: Otorgar la Autorización de Funcionamiento Provisional a la Universidad Privada Líder Peruana, entre otros; Que, mediante Ofi cio N°001-ANR-CONAFU-ULP- 2012 recibido el 25 de octubre de 2012, el representante legal de la Promotora solicita el reconocimiento de los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Líder Peruana; Que, mediante Ofi cio Nº1353-2012-CONAFU- CDAA de fecha 15 de noviembre de 2012, la Comisión Académica da a conocer que con Ofi cio N°001-ANR- CONAFU-ULP-2012, el representante legal de la Promotora solicita el reconocimiento de los miembros de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Líder Peruana; revisado y analizados los documentos presentados, la Comisión Académica sugiere al Pleno del CONAFU: 1) Reconocer como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Líder Peruana, al Dr. Armando Harvey Valencia 2) Reconocer como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Líder Peruana, al Dr. Mauricio Wiesse Mujica. 3) Reconocer como Gerente General de la Universidad Privada Líder Peruana, al Lic. Jerónimo Soria Mormontoy. Que, en Sesión, de fecha 21 de noviembre de 2012 después de deliberar, el Pleno del CONAFU por Acuerdo Nº 745-2012-CONAFU convinieron por UNANIMIDAD: 1) Reconocer al Dr. Armando Harvey Valencia como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Líder Peruana. 2) Reconocer al Dr. Mauricio Wiesse Mujica como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Líder Peruana. 3) Reconocer al Lic. Jerónimo Soria Mormontoy como Gerente General de la Universidad Privada Líder Peruana. En atención a lo expuesto en los considerandos precedentes, y en cumplimiento al artículo 18º del Estatuto del CONAFU que establece: “El Presidente del CONAFU tiene las siguiente atribuciones generales:… d) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos y decisiones del Pleno del CONAFU, expidiendo las respectivas resoluciones”, de conformidad con lo establecido en el 42º del reglamento y de conformidad a lo dispuesto en el artículo 38º incisos d) y e) del referido Estatuto del CONAFU; SE RESUELVE: Artículo Primero.- RECONOCER al Dr. Armando Harvey Valencia como Presidente de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Líder Peruana. Artículo Segundo.- RECONOCER al Dr. Mauricio Wiesse Mujica como Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la de la Universidad Privada Líder Peruana. Artículo Tercero.- RECONOCER al Lic. Jerónimo Soria Mormontoy como Gerente General de la Universidad Privada Líder Peruana. Artículo Cuarto.- HACER de conocimiento a la Asamblea Nacional de Rectores de la presente Resolución para los actos administrativos correspondientes. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese. WILSON ROLANDO REÁTEGUI CHÁVEZ Presidente JORGE LUIS QUIÑONES ESPINOZA Secretario General 880325-1 Reconocen a Presidente y Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora, y a Gerente General de la Universidad Privada Leonardo Da Vinci RESOLUCIÓN Nº 606-2012-CONAFU Lima, 21 de noviembre de 2012 “UNIVERSIDAD PRIVADA LEONARDO DA VINCI” VISTOS: Resolución N° 097-2012-CONAFU de fecha 01 de marzo de 2012, Ofi cio N° 006-2012-UPD/P recibido el 08 de noviembre de 2012, Ofi cio Nº 1362-2012- CONAFU-CDAA de fecha 15 de noviembre de 2012, y el Acuerdo Nº 752-2012-CONAFU de la sesión del Pleno del CONAFU de fecha 21 de noviembre de 2012, y; CONSIDERANDO: Que, por Ley Nº 26439, se crea el Consejo Nacional para la Autorización de Funcionamiento de Universidades - CONAFU, como órgano autónomo de la Asamblea Nacional de Rectores y ente rector del funcionamiento de las Universidades del país bajo su competencia; Que, el artículo 2º inciso e) de la Ley 26439, se establece que; son atribuciones del CONAFU: Reconocer a las comisiones organizadoras a propuesta de los promotores; Que, el artículo 10º inciso o) del Estatuto del CONAFU, se establece que; son atribuciones del Pleno del CONAFU: Reconocer a las comisiones organizadoras propuestas por los promotores, previa verifi cación del cumplimiento de los requisitos establecidos por la ley y demás normas; y designar a las comisiones de las universidades públicas; Que, conforme el Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU (En adelante el Reglamento), aprobado por Resolución Nº 100-2005-CONAFU de fecha 23 de marzo de 2005, en el artículo 18º establece que: “Para organizar la Universidad y dar inicio a sus actividades, la Promotora propone ante el CONAFU a los integrantes de la Comisión Organizadora, conformada por tres miembros: a) un Presidente, que asume dirección de la Comisión con las funciones y responsabilidades que corresponden al Rector de la Universidad; ejerce las funciones de Representante Legal…”; Que, el Artículo 20° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y de Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU”, prescribe: Para el reconocimiento por el CONAFU, los miembros propuestos para una Comisión Organizadora deben cumplir los requisitos establecidos en los artículos 34°, 35° y 36° de la Ley Nº 23733 “Ley Universitaria”; Que, el Artículo 21° del Reglamento de Funcionamiento, Evaluación y Certifi cación Institucional de Universidades y de Escuelas de Postgrado bajo competencia del CONAFU”, prescribe: EI cargo de miembro de Comisión Organizadora exige dedicación exclusiva y es incompatible con el desempeño de cualquier otra función o actividad pública o privada; Que, por Resolución N° 097-2012-CONAFU de fecha 01 de marzo de 2012, se resuelve en su ARTICULO TERCERO: ENCARGAR al Dr. Víctor Sabana Gamarra, actual Vicepresidente Académico, de la Comisión Organizadora de la Universidad Privada Leonardo Da Vinci SAC, en el cargo de Presidente (e) de la referida comisión, por un tiempo no mayor a tres (03) meses; Que, mediante Ofi cio N° 006-2012-UPD/P recibido el 08 de noviembre de 2012, el Gerente General y Presidente de la Junta Universal de Accionista, de la Universidad Privada Leonardo Da Vinci, se dirige al Presidente de CONAFU para comunicarle que en Sesión de Junta Universal de Accionistas de la universidad Privada Leonardo Da Vinci, se aprobó la designación de nuevos miembros de la Comisión Organizadora, debido a la vacancia del cargo de Presidente y Vice presidente Académico por renuncia de sus titulares. Que, mediante Ofi cio Nº 1362-2012-CONAFU- CDAA de fecha 15 de noviembre de 2012, la Comisión Académica da a conocer que con Ofi cio N° 006-2012-