Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2012 (21/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de diciembre de 2012

entre otros, el MORDAZA de seleccion de Adjudicacion Directa Selectiva para la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la solucion de almacenamiento y respaldo de la informacion (de referencia N°47); Que, el articulo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF, prescribe que, en los casos en que no existan bienes o servicios sustitutos a los requeridos por el area usuaria, y siempre que exista un solo proveedor en el MORDAZA nacional, la entidad podra contratar directamente; asimismo, se considera que existe proveedor unico en los casos que por razones tecnicas o relacionadas con la proteccion de derechos de propiedad intelectual se MORDAZA establecido la exclusividad del proveedor; Que, el articulo 133º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, y modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF, establece que, la resolucion o acuerdo que apruebe la exoneracion del MORDAZA de seleccion requiere obligatoriamente del respectivo sustento tecnico y legal, en el informe o informes previos, que contengan la justificacion de la necesidad y procedencia de la exoneracion; Que, mediante Oficio Nº 299-2012-MTPE/4/13, el Jefe de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones aprueba los Informes Tecnicos Nºs. 006, 063, 069 y 070-2012-MTPE/4/13.2/ JAB, que justifican la necesidad de contar con el servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la solucion de almacenamiento de la informacion del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, con el fin de asegurar y garantizar cualquier desperfecto en la solucion de almacenamiento y respaldo, permitiendo la continuidad de los servicios informaticos tanto para los usuarios internos como para los ciudadanos y empleadores que acceden a los aplicativos web de la entidad, determinandose para los efectos de su contratacion las caracteristicas tecnologicas, funcionalidades tecnicas del hardware y software relacionado, garantias y periodo de servicio y requerimientos minimos que debe cumplir la empresa que brinde el servicio; Que, mediante Informe Nº 1610-2012-MTPE/4.11.2 el Jefe de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares informa que del estudio de posibilidades de precios y condiciones que ofrece el MORDAZA efectuado el 12 de noviembre de 2012, verifica que existe en el MORDAZA nacional un solo proveedor que se encuentra en la capacidad de brindar el servicio en forma oportuna y cumplir con las exigencias establecidas en los terminos de referencia e informes tecnicos de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones; concluyendo en la procedencia de la exoneracion del MORDAZA de seleccion para la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la solucion de almacenamiento y respaldo de la informacion, por la causal de proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos conforme a lo establecido en el articulo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado, modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF; Que, adicionalmente al Informe Nº 1610-2012MTPE/4.11.2, la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares determina en el Resumen Ejecutivo, que de las MORDAZA empleadas en el estudio para determinar el valor referencial y del estudio de posibilidades que ofrece el MORDAZA conforme al articulo 12º del Reglamento, se ha obtenido como resultado de las invitaciones realizadas, una (1) cotizacion de la empresa STORAGEDATA SAC, la cual ademas de cumplir con los terminos de referencia del area usuaria, Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones; es el unico representante y centro autorizado de servicios en el Peru y cuenta con la autorizacion para comercializar en el territorio peruano toda la linea de productos de hardware, software y servicios; Que, resulta importante mencionar el Punto 2.4 de la Opinion Nº 081-2009-DTN, expedida por la Direccion Tecnica Normativa del OSCE, que senala lo siguiente: "Cabe agregar que toda vez que los conceptos de bienes y servicios que no admiten sustitutos y de proveedor unico no han sido expresamente definidos por la Ley y

su Reglamento, este Organismo Supervisor, en uso de las facultades legalmente conferidas, ha delineado en anterior oportunidad ­ para el caso de la contratacion del universo de proveedores- como aquel supuesto en virtud del cual, en funcion al MORDAZA, la entidad debe satisfacer su requerimiento con todos aquellos proveedores identificados, considerandolos como un todo unitario, ya que la utilizacion de servicios distintos podria no resultar suficiente para satisfacer su necesidad, por lo que no admitirian sustitutos (....)"; Que, mediante Informe Nº 2140-2012-MTPE/4/8, la Oficina General de Asesoria Juridica informa que resulta juridicamente viable aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la Adjudicacion Directa Selectiva programada en el Plan Anual de Contrataciones del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo para el ejercicio fiscal 2012, para la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la solucion de almacenamiento y respaldo de la informacion por un monto de S/. 108 276,72 (Ciento ocho mil doscientos setenta y seis y 72/100 nuevos soles), por haberse configurado la causal de proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos, conforme a lo dispuesto en el articulo 131º del Reglamento de la Ley de Contrataciones del Estado aprobado por Decreto Supremo Nº 184-2008-EF, modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF, conforme a los informes tecnicos que la sustentan; Que, asimismo, los recursos para la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la solucion de almacenamiento y respaldo de la informacion, cuentan con la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 0001185 correspondiente al presente ano fiscal expedida por el Jefe de la Oficina de Finanzas de la Oficina General de Administracion y la Declaracion de Compromiso de programacion de recursos presupuestarios suscrito por el Jefe de la Oficina General de Administracion, que garantiza la programacion de los recursos suficientes para el ano fiscal 2013; Con las visaciones de los funcionarios a cargo de la Oficina General de Administracion, de la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares, de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto, de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones y de la Oficina General de Asesoria Juridica; y, De conformidad con lo dispuesto por el numeral 8) del articulo 25º de la Ley Nº 29158, Ley Organica del Poder Ejecutivo, el Decreto Legislativo Nº 1017, Ley de Contrataciones del Estado, modificado por la Ley Nº 29873, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo Nº 184-2008-EF y modificado por el Decreto Supremo Nº 138-2012-EF; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Aprobar la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente a la Adjudicacion Directa Selectiva por haberse configurado la causal de proveedor unico de bienes o servicios que no admiten sustitutos para la contratacion del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la solucion de almacenamiento y respaldo de la informacion por un monto de S/. 108 276,72 (Ciento ocho mil doscientos setenta y seis y 72/100 nuevos soles), por las consideraciones expuestas en la presente resolucion. Articulo 2°.- Disponer la contratacion de manera directa del servicio de mantenimiento preventivo y correctivo de la solucion de almacenamiento y respaldo de la informacion, conforme a las caracteristicas tecnologicas, funcionalidades tecnicas del hardware y software relacionado, garantias y periodo de servicio y requerimientos, contenidos en los Informes Tecnicos Nºs. 006, 063, 069 y 070-2012-MTPE/4/13.2/JAB, de la Oficina General de Estadistica y Tecnologias de la Informacion y Comunicaciones, por un monto de S/. 108 276,72 (Ciento ocho mil doscientos setenta y seis y 72/100 nuevos soles) con cargo a la fuente de financiamiento detallada en la Certificacion de Credito Presupuestario Nº 0001185, y en la Declaracion de Compromiso de programacion de recursos presupuestarios para el ejercicio fiscal 2013. Articulo 3º.- Autorizar a la Oficina de Abastecimiento y Servicios Auxiliares del Ministerio de Trabajo y

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