Norma Legal Oficial del día 21 de diciembre del año 2012 (21/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 41

El Peruano MORDAZA, viernes 21 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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establecera los procedimientos, plazos y excepciones, de ser el caso, para la adecuacion; Que, la Decimoseptima Disposicion Complementaria Final del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, senala que los concesionarios podran optar por el regimen de la concesion unica, para lo cual deberan cumplir con presentar una solicitud dirigida al Ministerio, de acuerdo al formato establecido; y una vez aprobada la solicitud, se suscribira el contrato MORDAZA al cual se le agregaran los contratos vigentes como anexos manteniendose sus obligaciones, derechos y plazos; Que, el articulo 47° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, dispone que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones otorgara concesion unica para la prestacion de todos los servicios publicos de telecomunicaciones, independientemente de la denominacion de estos contenida en la Ley o en su Reglamento, con excepcion de la concesion para Operador Independiente; la concesion se perfecciona mediante contrato escrito aprobado por resolucion del Titular del Sector. Asimismo, establece que los titulares de una concesion unica, previamente deberan informar al Ministerio los servicios publicos a brindar, sujetandose a los derechos y obligaciones correspondientes a cada uno de los servicios conforme a la clasificacion general prevista en la Ley de Telecomunicaciones, a lo dispuesto en su Reglamento General, normas complementarias y al respectivo contrato de concesion; correspondiendo al Ministerio tener a su cargo el registro de los servicios que brinde cada concesionario, de acuerdo a las condiciones establecidas en el Reglamento General acotado; Que, el articulo 143° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, senala que el otorgamiento de la concesion unica confiere al solicitante la condicion de concesionario para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones establecidos en la legislacion; Que, en caso la concesionaria requiera prestar servicios adicionales al servicio publico de distribucion de radiodifusion por cable, debera solicitar a este Ministerio la inscripcion de dichos servicios en el registro habilitado para tal fin, cumpliendo con lo establecido en el articulo 155° del Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones; la prestacion de dichos servicios se sujetaran a los derechos y obligaciones establecidos en el contrato de concesion unica y en la ficha de inscripcion en el registro que forma parte de el; Que, mediante Informe N° 1300-2012-MTC/27 la Direccion General de Concesiones en Comunicaciones, opina que habiendose verificado el cumplimiento de los requisitos que establece la legislacion para adecuar la concesion otorgada al regimen de concesion unica para la prestacion de servicios publicos de telecomunicaciones, resulta procedente la solicitud formulada por la empresa TV ­ CABLE ­ CATACAOS E.I.R.L.; De conformidad con lo dispuesto por el Texto Unico Ordenado de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 013-93-TCC, el Texto Unico Ordenado del Reglamento General de la Ley de Telecomunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 020-2007-MTC, la Ley N° 28737-Ley que establece la Concesion Unica para la prestacion de Servicios Publicos de Telecomunicaciones, el Reglamento de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2007-MTC, y; Con la opinion favorable del Director General de Concesiones en Comunicaciones y la conformidad del Viceministro de Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Adecuar la concesion otorgada mediante Resolucion Ministerial N° 959-2003-MTC/03, a la empresa TV ­ CABLE ­ CATACAOS E.I.R.L., al regimen de Concesion Unica, para la prestacion de los servicios publicos de telecomunicaciones, en el area que comprende todo el territorio de la Republica del Peru, por el plazo que resta al establecido en la Resolucion Ministerial N° 9592003-MTC/03. Articulo 2°.- Aprobar el Contrato de adecuacion al regimen de Concesion Unica a celebrarse con la empresa TV ­ CABLE ­ CATACAOS E.I.R.L., el que consta de veintinueve (29) clausulas y forma parte integrante de la presente resolucion, y al cual se anexa el Contrato de

Concesion aprobado por Resolucion Ministerial N° 9592003-MTC/03, manteniendose sus obligaciones, derechos y plazos. Articulo 3°.- Autorizar al Director General de Concesiones en Comunicaciones para que en representacion del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, suscriba el contrato de Concesion Unica que se aprueba en el articulo 2° de la presente resolucion, asi como, en caso cualquiera de las partes lo solicite, a firmar la elevacion a Escritura Publica del referido contrato y de las Adendas que se suscriban al mismo. Articulo 4°.- La adecuacion al regimen de Concesion Unica aprobada quedara sin efecto de pleno derecho, sin perjuicio que el Ministerio emita el acto administrativo correspondiente, si el contrato de adecuacion al regimen de concesion unica no es suscrito por el concesionario en el plazo MORDAZA de sesenta (60) dias habiles computados a partir de la publicacion de la presente resolucion. Articulo 5°.- Remitir MORDAZA de la presente resolucion a la Direccion General de Control y Supervision de Comunicaciones, para los fines de su competencia. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Transportes y Comunicaciones 880774-1

Designan miembro del Consejo Consultivo de Radio y Television CONCORTV, en representacion del Colegio Profesional de Profesores del Peru
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 760-2012-MTC/03 MORDAZA, 18 de diciembre de 2012 CONSIDERANDO: Que, la Ley No. 28278, Ley de Radio y Television, senala que el Consejo Consultivo de Radio y Television - CONCORTV, es un organo adscrito al Ministerio de Transportes y Comunicaciones, y esta conformado, entre otros miembros, por un representante del Colegio Profesional de Profesores del Peru; Que, con Resolucion Ministerial No. 149-2008-MTC/03 del 12 de febrero de 2008, se designo al senor MORDAZA Ely MORDAZA MORDAZA, como miembro del Consejo Consultivo de Radio y Television ­ CONCORTV, en representacion del Colegio de Profesores del Peru; Que, el articulo 106° del Reglamento de la Ley de Radio y Television, aprobado por el Decreto Supremo No. 005-2005-MTC senala, entre otros aspectos, que la designacion de los miembros del Consejo Consultivo de Radio y Television ­ CONCORTV, se realiza conforme a lo dispuesto en el articulo 54° de la Ley de Radio y Television y que el cargo de miembro del referido Consejo se ejerce ad honorem, por un periodo unico de dos (02) anos improrrogables; Que, el Colegio Profesional de Profesores del Peru propone a la senora Silvela MORDAZA MORDAZA como su representante ante el Consejo Consultivo de Radio y Television - CONCORTV, adjuntando la informacion requerida en el articulo 107º del Reglamento de la Ley de Radio y Television, a fin de que el Ministerio de Transportes y Comunicaciones emita la Resolucion correspondiente; De conformidad con lo dispuesto en la Ley No. 29370, la Ley No. 28278 y el Decreto Supremo No. 005-2005MTC; SE RESUELVE: Articulo 1.- Designar a la senora Silvela MORDAZA MORDAZA como miembro del Consejo Consultivo de Radio y Television - CONCORTV, en representacion del Colegio Profesional de Profesores del Peru. Articulo 2.- Agradecer al senor MORDAZA Ely MORDAZA MORDAZA, por la labor desempenada como miembro del Consejo

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