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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2012 (21/12/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 42

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 21 de diciembre de 2012 481640 Consultivo de Radio y Televisión – CONCORTV, en representación del Colegio de Profesores del Perú. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS PAREDES RODRÍGUEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 880775-1 ORGANISMOS EJECUTORES BIBLIOTECA NACIONAL DEL PERÚ Designan Directora General del Centro Bibliográfico Nacional de la BNP RESOLUCIÓN DIRECTORAL NACIONAL Nº 204-2012-BNP Lima, 19 de diciembre de 2012 El Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, VISTOS, el Memorándum Nº 279-2012-BNP/DN, de fecha 19 de diciembre de 2012, emitido por la Dirección Nacional, el Memorándum N° 1406-2012-BNP/ODT, de fecha 19 de diciembre de 2012, emitido por la Dirección General de la Ofi cina de Desarrollo Técnico, Memorándum N° 1788-2012-BNP/OA, de fecha 19 de diciembre de 2012, emitido por la Dirección General de la Ofi cina de Administración e Informe Nº 503-2012-BNP/OAL, de fecha 19 de diciembre de 2012, emitido por la Dirección General de la Ofi cina de Asesoría Legal y demás antecedentes y; CONSIDERANDO: Que, la Biblioteca Nacional del Perú, es un Organismo Público Ejecutor conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 034-2008-PCM, ratifi cado por Decreto Supremo Nº 048-2010-PCM y Decreto Supremo Nº 058-2011-PCM, por el cual se aprobó la califi cación de Organismos Públicos de acuerdo a lo dispuesto por la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Que, la Biblioteca Nacional del Perú, es un Organismo Público Ejecutor que se encuentra adscrita al Ministerio de Cultura, en concordancia con el artículo 11º de la Ley Nº 29565 “Ley de Creación del Ministerio de Cultura” y con lo dispuesto por el inciso a) del artículo único de la disposición Complementaria Final del Decreto Supremo Nº 001-2010-MC “Decreto Supremo que aprueba fusiones de entidades y órganos en el Ministerio de Cultura”; Que, de acuerdo a lo indicado en el artículo 4º del Reglamento de Organización y Funciones de la Biblioteca Nacional del Perú y del Sistema Nacional de Bibliotecas, aprobado por Decreto Supremo Nº 024-2002-ED, la Biblioteca Nacional del Perú tiene autonomía técnica, administrativa y económica que la facultan a organizarse internamente, determinar y reglamentar los servicios públicos de su responsabilidad; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 124- 2004-BNP, de fecha 04 de agosto de 2004, se incorporó mediante contratación por Servicios Personales a la Lic. Patricia Milagros Pérez Brent en el cargo de Bibliotecario I, N° de Cap 231, Categoría Remunerativa SPC, de la Dirección de Servicios Bibliotecarios Públicos de Lima del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Públicas en la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Resoluciones Directorales Nacionales N° 117-2005-BNP, 150-2005-BNP, 052-2006-BNP, 142- 2006-BNP, 042-2007-BNP, 084-2007-BNP, 108-2007-BNP, 168-2007-BNP, 146-2008-BNP, 017-2008-BNP, 081-2008- BNP,138-2009-BNP, 120-2010-BNP, 136-2010-BNP, 001- 2011-BNP, 112-2011-BNP, 011-2012-BNP, 059-2012-BNP, se renovó su contratación hasta el 31 de diciembre de 2012; Que, mediante Resolución Directoral Nacional N° 004-2011-BNP, de fecha 13 de enero de 2011, se encargó a la Lic. Patricia Milagros Pérez Brent las funciones establecidas en la plaza 129, Director de Programa Sectorial III Directora General del Centro Bibliográfi co Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú, Categoría Remunerativa F-4, cargo considerado de confi anza; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 163-2012-SERVIR, de fecha 30 de noviembre de 2012, se asigna a la Gerente Público Patricia Milagros Pérez Brent, en el cargo de Director de Programa Sectorial III- Director General del Centro Bibliográfi co Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, con fecha 19 de diciembre de 2012, la Lic. Patricia Milagros Pérez Brent, presenta carta de renuncia al cargo de Bibliotecario I, CAP N° 361, Categoría Remunerativa SPC, de la Dirección de Servicios Bibliotecarios Públicos de Lima del Centro Coordinador de la Red de Bibliotecas Públicas, solicitando la exoneración del plazo de ley, la cual cuenta con el visto bueno de la Dirección Técnica de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Memorándum Nº 279-2012-BNP/DN, de fecha 19 de diciembre de 2012, la Dirección Nacional dispone se efectúen las acciones pertinentes para la aceptación de la renuncia presentada por la Lic. Patricia Milagros Pérez Brent, exonerándola el plazo de Ley, en aplicación del Artículo 185° del Decreto Supremo N° 005- 90-PCM, y dispone que a su vez se efectúen las acciones pertinentes para la respectiva designación de la referida trabajadora en el Cargo de Director Sectorial III- Director General del Centro Bibliográfi co, en cumplimiento de la Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 163-2012- SERVIR, de fecha 30 de noviembre de 2012; Que, de acuerdo a lo dispuesto en los artículos 182°, 183° y 185° del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo N° 005-90-PCM, las renuncias se expresa mediante resolución del titular, en el presente caso del Director Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1024, se crea y regula el Cuerpo de Gerentes Públicos, conformado por profesionales altamente capaces, seleccionados en procesos competitivos y transparentes, para ser destinados a las entidades del Gobierno Nacional, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales que los requiera a la Autoridad Nacional de Servicio Civil; Que, mediante Memorándum N° 1406-2012-BNP/ ODT, de fecha 19 de diciembre de 2012, la Dirección General de la Ofi cina de Desarrollo Técnico, emite informe favorable sobre la viabilidad presupuestal, remitiendo la correspondiente Certifi cación Presupuestal para la designación de Director del Sistema Administrativo III- PLAZA 129, Categoría Remunerativa F-4 del Centro Bibliográfi co Nacional de la Biblioteca Nacional del Perú; Que, respecto a las encargaturas de funciones, cabe señalar que es la acción administrativa, mediante la cual se autoriza a un servidor de carrera el desempeño de funciones de responsabilidad directiva dentro de la entidad. Este encargo tal como lo señala el Artículo 82° del Reglamento de la Ley de la Carrera Administrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005-2011-PCM, es temporal excepcional y fundamentado. Sólo procede en ausencia del titular para el desempeño de funciones de responsabilidad directiva; Que, de acuerdo con el manual Normativo de Personal N° 002-92-DNP “Desplazamiento de personal”, aprobado mediante Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP es necesario señalar que la modalidad de encargo de funciones es la acción mediante la cual el titular de la entidad autoriza el desempeño de las funciones por ausencia del titular por vacaciones, licencia, destaque o comisión de servicio; Que, asimismo, el manual referido en el considerando precedente, aprobado mediante Resolución Directoral N° 013-92-INAP-DNP, señala que la Designación consiste en el desempeño de un cargo de responsabilidad directa o de confi anza por decisión de la autoridad competente en la misma o diferente entidad, con los derechos y limitaciones que las leyes establecen, siendo esta de carácter temporal y no conlleva la estabilidad laboral, requiere plaza vacante y se formaliza con Resolución; Que, todas las Resoluciones de Designación o Nombramiento de funcionarios encargados surten efecto a partir del día de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, salvo disposición en contrario de la misma que postergue su vigencia, en conformidad con lo establecido en el artículo 6º de la Ley Nº 27594, Ley que regula la