Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2012 (23/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 59

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

481969

Vista la Resolucion Suprema Nº 122-2008-RE, de fecha 02 de MORDAZA de 2008, que reconoce al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consul del Ecuador en Piura; Vista la Nota Nº 4-2-642/12, de fecha 05 de diciembre de 2012, de la Embajada de la Republica del Ecuador, mediante la cual se informa el termino de funciones del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consul del Ecuador en MORDAZA, a partir del 31 de marzo de 2012; Con la opinion favorable de la Direccion General de Comunidades Peruanas en el Exterior y Asuntos Consulares, en el sentido que procede la cancelacion del Exequatur otorgado; De conformidad con lo establecido en el articulo 118º, inciso 11, de la Constitucion Politica del Peru; y en el articulo 25, incisos a y b, de la Convencion de MORDAZA sobre Relaciones Consulares; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1.- Cancelar el Exequatur que reconoce al senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Consul del Ecuador en MORDAZA, con efectividad anticipada al 31 de marzo de 2012. Articulo 2.- La presente Resolucion Suprema sera refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores. Registrese, comuniquese y publiquese. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA RONCAGLIOLO MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores 881943-6

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan a la empresa Asociacion Civil "Master School" para funcionar como Escuela de Conductores Profesionales
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 4564-2012-MTC/15 MORDAZA, 15 de noviembre de 2012 VISTOS: Los Partes Diarios Nºs. 115217 y 126407 y el Expediente Nº 2012-0019201, presentados por la ASOCIACION CIVIL "MASTER SCHOOL"; y, CONSIDERANDO: Que, el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC, en adelante El Reglamento, regula las condiciones, requisitos y procedimientos para la obtencion de la autorizacion y funcionamiento de las Escuelas de Conductores, tal como lo dispone el articulo 43º de El Reglamento que establece las condiciones de acceso, concordado con el articulo 51º del referido texto legal, que senala los requisitos documentales; Que, mediante Parte Diario Nº 115217 de fecha 18 de septiembre de 2012, la empresa denominada ASOCIACION CIVIL "MASTER SCHOOL", con RUC Nº 20493997310 y domicilio en el Jr. MORDAZA Najar Nº 246, Barrio MORDAZA, Distrito y Provincia de Moyobamba, Region de San MORDAZA, en adelante La Empresa, presenta solicitud sobre autorizacion para funcionar como Escuela de Conductores Profesionales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos y practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion

responsable y MORDAZA a los postulantes a una licencia de conducir de la clase A categoria II y Clase B categoria IIc, asi como los cursos de Capacitacion Anual para Transporte de mercancias, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor, y los cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de la clase A categoria II; Que, mediante Oficio Nº 7046-2012-MTC/15.03 de fecha 03 de octubre de 2012, notificado el 04 de octubre de 2012, esta administracion formulo las observaciones pertinentes a la solicitud presentada por La Empresa, requiriendole la subsanacion correspondiente, para la cual se le otorgo un plazo de diez (10) dias habiles, la cual fue respondida mediante Parte Diario Nº 126407 y Expediente Nº 2012-0019201 de fecha 16 de octubre y 05 de noviembre de 2012, respectivamente, con la finalidad de subsanar las observaciones senaladas en el oficio indicado; Que, el MORDAZA parrafo del articulo 56º de El Reglamento, establece que previamente a la expedicion de la resolucion de autorizacion respectiva, la Direccion General de Transporte Terrestre realizara la inspeccion con el objeto de verificar el cumplimiento de las condiciones de acceso establecidas en El Reglamento; Que, mediante Informe Nº 016-2012-MTC/15.03. PVC de fecha 14 de noviembre de 2012, el inspector concluye que La Empresa, cumple con lo establecido en los numerales 43.3 y 43.5 del articulo 43 concordado con el articulo 51º de El Reglamento; Que, es preciso indicar que el articulo 117º de El Reglamento dispone que las Escuelas de Conductores son responsables administrativamente ante la autoridad competente por el incumplimiento de las obligaciones administrativas a su cargo, sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. En tal sentido, en caso de incumplimiento de dichas obligaciones administrativas, se aplicaran las sanciones administrativas correspondientes, senaladas en el Cuadro de Tipificacion y Calificacion de Infracciones e Imposicion de Sanciones, lo cual conllevara a la ejecucion de la Carta Fianza, conforme el numeral 43.6 del articulo 43º del Reglamento MORDAZA citado; Que, estando a lo opinado por la Direccion de Circulacion y Seguridad Vial en el Informe Nº 335-2012MTC/15.03.A.A, y siendo esta parte integrante de la presente resolucion, resulta procedente emitir el acto administrativo correspondiente; Que, de conformidad a lo dispuesto en el Reglamento Nacional de Licencias de Conducir Vehiculos Automotores y no Motorizados de Transporte Terrestre, aprobado por Decreto Supremo Nº 040-2008-MTC; la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General y la Ley Nº 29370 - Ley de Organizacion y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Autorizar a la empresa denominada ASOCIACION CIVIL "MASTER SCHOOL", para funcionar como Escuela de Conductores Profesionales, con el objetivo de impartir los conocimientos teoricos ­ practicos requeridos para conducir vehiculos motorizados de transporte terrestre, propugnando una formacion orientada hacia la conduccion responsable y MORDAZA, a los postulantes para obtener una licencia de conducir de la Clase A Categoria II y Clase B Categoria II-c; asi como los cursos de Capacitacion Anual de mercancias, curso de Seguridad Vial y Sensibilizacion del Infractor y los cursos de Reforzamiento para la revalidacion de las licencias de conducir de clase A categoria II; en consecuencia, procedase a su inscripcion en el Registro Nacional de Escuelas de Conductores, en los siguientes terminos: Denominacion de la Escuela :ASOCIACION CIVIL "MASTER SCHOOL" Clase de Escuela: Escuela de Conductores Profesionales. Ubicacion del Establecimiento OFICINAS ADMINISTRATIVAS, AULAS DE ENSENANZA Y TALLER DE INSTRUCCION TEORICO ­ PRACTICO DE MECANICA

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