Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2012 (23/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 74

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2012

"A" queda como garantia de pago del deficit de aportes, lo que debera aclararse por cuanto la Mz. "A" solo cuenta con 30 lotes; Que, respecto a la discrepancia entre el planeamiento integral y la habilitacion MORDAZA, se ha de mencionar que para el Planeamiento Integral aprobado en el procedimiento administrativo de Independizacion de Terreno MORDAZA iniciado con fecha 03 de setiembre de 2007, respecto a las zonificaciones se tenia vigente el Acuerdo de Concejo Nº 163-93-MML el cual senala al terreno matriz con las zonificaciones de R-4 (Residencial de Densidad Media) y ASPN (Amortiguamiento, Seguridad y Paisaje Natural) y consignandose Areas de Forestacion en dicho Planeamiento. Por otro lado, la Habilitacion MORDAZA se inicio con fecha 09 de marzo de 2010, sobre la zonificacion se encontraba vigente la Ordenanza Nº 1099-MML, senalando la Seccion C-1 (donde se ubica la Asociacion de Vivienda UPIS 26 de mayo) para uso Residencial de Densidad Media "RDM" y Proteccion Tratamiento Paisajista "PTP". A fin de no tener discrepancias entre el Planeamiento Integral de Independizacion de Terreno MORDAZA y el Plano de Lotizacion de la Habilitacion Urbana; se debera adecuar el Planeamiento Integral a la normatividad vigente como la Ordenanza Nº 1099-MML, por tanto ya no se tiene la zonificacion ASPN, la cual en la seccion C-1 contaba con un area de 445.95 m2, con la mencionada ordenanza ya no se tiene dicha zonificacion y se considera como RDM, y la zonificacion PTP la cual en la Habilitacion MORDAZA de la Asociacion de Vivienda se tiene un area de 1,137.39 m2. Que, con respecto a la entidad encargada de aprobar el Planeamiento Integral conforme senala la Ordenanza Nº 1467-MML vigente a partir del 03/12/2010, se ha de indicar que el procedimiento de Independizacion de Terreno MORDAZA solicitado ante la Municipalidad Distrital se inicio con fecha 03 de setiembre de 2007, cuando la mencionada ordenanza no estaba vigente, asi tambien la precitada ordenanza es de aplicacion en los casos que el terreno a independizar no colinden con terreno habilitados, en el presente caso el terreno de propiedad de la Asociacion de Vivienda UPIS 26 de MORDAZA colinda con la Coop. de Viv. MORDAZA Priale Priale, la cual cuenta con aprobacion de Habilitacion MORDAZA mediante Resolucion Nº 0119-91-MLM/SMDU-DMDU del 13 de setiembre de 1991, asi tambien colinda con la Primera Etapa de la Asoc. de Viv. MORDAZA del Mantaro del Peru la cual fuera aprobada la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada por etapas mediante Resolucion de Gerencia Nº 00024 del 12 de febrero del 2008; por tanto, no es de aplicacion para el presente tramite la mencionada Ordenanza Metropolitana, Que, de las observaciones senaladas en la Esquela de Observacion referida a Plano de Lotizacion y la Memoria Descriptiva, se tiene que la Asociacion de Vivienda UPIS 26 de MORDAZA mediante Anexo Nº 3977-12 de fecha 16 de octubre 2012 subsana dichas observaciones, presentando MORDAZA Plano de Lotizacion con su correspondiente Memoria Descriptiva. En el mencionado anexo, la Asociacion comunica que se ha incurrido en un error al consignar el lote 31 de la Mz. "A" como garantia de pago por el deficit del aporte para Parques Zonales debiendose consignarse el lote 23 de la Mz. "A", Que, mediante Informe Tecnico Nº 2890-2012-MDA/ GDU-SGHUE-DEHE de fecha 05 de diciembre de 2012, emitido por el Area Tecnica pertinente de la Sub Gerencia de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, senala procedente la peticion de aclaracion de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 759 de fecha 09 de diciembre de 2010, Estando los fundamentos expuestos en la parte considerativa y en uso de las facultades conferidas por el inciso 3.6.1 del Capitulo II del articulo 79º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General, asi como de conformidad con lo dispuesto por la Ley Nº 29090 - Ley de Regulacion de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones, Ordenanza Nº 836-MML, por el Reglamento Nacional de Edificaciones y Ordenanza Nº 273-MDA. SE RESUELVE: Articulo Primero.- SUSTITUIR el Plano Nº 055-2007SGPUC-GDU/MDA, por el Plano signado con el Nº 05312-SGHUE-GDU/MDA, referido al Planeamiento Integral

con fines de Independizacion, adecuando la zonificacion vigente conforme a la Habilitacion MORDAZA de la Asociacion de Vivienda UPIS 26 de MORDAZA, la cual fuera aprobada mediante Resolucion de Sub Gerencia Nº 271 de fecha 26 de diciembre de 2007 y conforme a lo senalado en los considerandos de la presente resolucion. Articulo Segundo.- SUSTITUIR el Plano Nº 0892010-SGPUC-GDU/MDA por el Plano signado con el Nº 054-12-SGHUE-GDU/MDA y Memoria Descriptiva, que forma parte de la presente Resolucion, las cuales estan referidos a la Regularizacion de Habilitacion MORDAZA Ejecutada, y subsanan las observaciones senaladas en la Esquela de Observacion emitido por la SUNARP. Articulo Tercero.- ACLARAR el Articulo Tercero de la Resolucion de Sub Gerencia Nº 759 de fecha 09 de diciembre de 2010 respecto a que uno de los lotes dejados en garantia de pago para el deficit del aporte de Parques Zonales se refiere al lote 23 de la Mz. "A" y no el lote 31 como se habia indicado en dicha resolucion. Articulo Cuarto.- TRANSCRIBIR la presente Resolucion de Sub Gerencia al Registro de Propiedad Inmueble de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao - SUNARP para los efectos de su Inscripcion correspondiente; y a los interesados para su conocimiento y fines. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA DE NUNEZ Sub Gerente de Habilitaciones Urbanas y Edificaciones 881503-1

MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA
Aprueban derecho de emision mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el Ejercicio 2013
ORDENANZA Nº 277-2012-MDI Independencia, 29 de noviembre del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO: el Memorando Nº 540-2012-GM/MDI, Informe Nº 285-2012-GAL/MDI de la Gerencia de Asesoria Legal, Informe 685-2012-SGAT-GR-MDI y el Informe de la Gerencia de Rentas Nº 115-2012-GR/GM/MDI, sobre aprobacion del proyecto de Ordenanza que aprueba el Derecho de Emision Mecanizada del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales para el ejercicio 2013; y, CONSIDERANDO: Que, el Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, reconoce a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia; asi como tambien les otorga potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales; Que, el articulo 40º de la Ley Organica de Municipalidades, Ley Nº 27972, en su MORDAZA parrafo dispone que mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran de los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones dentro de los limites establecidos por Ley; Que, conforme a la cuarta disposicion final del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal, aprobado por Decreto Supremo Nº 156-2004-EF, faculta a las Municipalidades a cobrar por el servicio de emision mecanizada de actualizacion de valores, determinacion de impuestos y recibos de pago correspondiente, incluida

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