Norma Legal Oficial del día 23 de diciembre del año 2012 (23/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 75

El Peruano MORDAZA, MORDAZA 23 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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su distribucion a domicilio, un importe no mayor el 0.4% de la Unidad Impositiva Tributaria vigente al 01 de enero de cada ejercicio; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 1533 la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA aprueba el procedimiento de Ratificacion de Ordenanzas Tributarias Distritales en el ambito de la provincia de MORDAZA, publicada el 27 de junio de 2011 y establece en la Setima Disposicion Final ­ Periodicidad en la Ratificacion de Ordenanzas de Derecho de Emision, las Ordenanzas Distritales que aprueben los derechos de emision mecanizadas deberan ser ratificadas anualmente, sin perjuicio de la anterior, el Acuerdo de Concejo ratificatorio tendra vigencia MORDAZA de dos (02) anos, en la medida que la Ordenanza Distrital mantenga invariables las condiciones que originaron la ratificacion; Que, mediante Ordenanza Nº 260-2012-MDI, se aprueba la Estructura de Costos, Estimacion de Ingresos y Determinacion del Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion del Impuesto Predial y Arbitrios Municipales del 2012, la misma que fue ratificada por la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA mediante Acuerdo de Concejo Nº 655, los cuales fueron publicados el 15 de MORDAZA de 2012; Estando a lo expuesto y de conformidad con lo establecido por el Articulo 9º numeral 9), 38º, 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, el Concejo Municipal por UNANIMIDAD ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL DERECHO DE EMISION MECANIZADA DEL IMPUESTO PREDIAL Y ARBITRIOS MUNICIPALES PARA EL EJERCICIO 2013 Articulo Primero.- AMPLIESE para el ejercicio 2013, la vigencia en todos sus extremos, de la Ordenanza Nº 260-2012-MDI ratificada mediante Acuerdo de Concejo Metropolitano Nº 655, publicados el 15 de MORDAZA de 2012. Articulo Segundo.- FACULTESE al MORDAZA, para que por Decreto de Alcaldia dicte las disposiciones que fueran necesarias, a fin de lograr una adecuada aplicacion de la presente ordenanza. Articulo Tercero.- DISPONER la difusion de la presente ordenanza, mediante la publicacion en la pagina web del Servicio de Administracion Tributaria (www.sat.gob.pe) y en el MORDAZA Institucional (www. munindependencia.gob.pe). Articulo Cuarto.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Articulo Quinto.- ENCARGAR a Gerencia Municipal y Gerencia de Rentas, el cumplimiento de la presente Ordenanza y a la Secretaria General su publicacion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA R. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 881375-1

contandose al respecto con las opiniones favorable de: la Gerencia de Asesoria Legal Informe Nº 901-2012GAL/MDI; la Gerencia de Planificacion, Presupuesto y Racionalizacion con Memorandum N° 410-2012 GPPR/ MDI; la Gerencia de Rentas con Informes N° 114-2012GR/MDI, Nº 093-2012-GR/MDI y Memorandum N° 4302012-GR/MDI; Gerencia de Fiscalizacion Municipal con Memorando Nº 1078-2012-GFM/MDI; la Sub Gerencia de Ejecutoria Coactiva con Informe N° 142-2012-SGEC-GR/ MDI; Gerencia de Asesoria Legal Informe Nº 890-2012GAL/MDI; la Gerencia de Procuraduria Publica Municipal con Memorandum N° 353-2012 GPPM/MDI; CONSIDERANDO: Que, las Municipalidades gozan de autonomia politica y administrativa para los Asuntos de su competencia, conforme lo reconoce el articulo 194 de la Constitucion Politica del Peru; Que, el articulo 74 de la referida Carta Constitucional, desarrollado por la MORDAZA IV del Titulo Preliminar el Codigo Tributario aprobado por Decreto Supremo Nº 135-99-EF, prescribe que los Gobiernos Locales tienen Potestad tributaria para crear, modificar, suprimir y exonerar contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales y establecer beneficios respecto de los tributos de su competencia a traves de normas con rango de Ley; Que, conforme se establece en la Ley Organica de Municipalidades Ley Nº 27972;en el articulo 9°, incisos: 8) y 9)el Concejo tiene la atribucion de : Aprobar, modificar o derogar las Ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos y; Crear, modificar, suprimir o exonerar de contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos; Asi mismo, en el Articulo 39° se senala que:"Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobacion de Ordenanzas y Acuerdos"..."El MORDAZA ejerce las funciones ejecutivas de gobierno senaladas en la presente ley mediante Decretos de Alcaldia";del mismo modo, en el Articulo 40° se establece que Las Ordenanzas de las Municipalidades Provinciales y Distritales, en la materia de su competencia, son las normas de caracter general de mayor jerarquia en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organizacion interna, la regulacion, administracion y supervision de los servicios publicos y las materias en las que la Municipalidad tiene competencia normativa. Mediante ordenanzas se crean, modifican, suprimen o exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los limites establecidos por ley. Que, en el articulo 41 del Texto Unico Ordenado del Codigo Tributario aprobado por el Decreto Supremo Nº 135-99-EF, CONDONACION, La deuda tributaria solo podra ser condonada por MORDAZA expresa con rango de Ley. Excepcionalmente, los Gobiernos locales podran condonar, con caracter general, el interes moratorio y las sanciones, respecto de los impuestos que administren. En el caso de contribuciones y tasas dicha condonacion tambien podra alcanzar al tributo. Que, conforme al articulo 32º del Codigo Tributario cuyo TUO fue aprobado mediante el D.S. N° 135-99EF, modificado mediante el Decreto Legislativo Nº 969 publicada en el "Diario Oficial" El Peruano el 24/12/06, senala en su inciso d), como una de las formas de pago de la deuda tributaria a "otros medios que la Administracion Tributaria apruebe".(...). Asimismo, prescribe su penultimo parrafo que "...Los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza Municipal, podran disponer que el pago de sus tasas y contribuciones se realicen en especie; los mismos que seran valuados, segun el valor del MORDAZA en la fecha en que se efectuen. Que, con Sentencia Judicial recaida sobre el expediente N° 3965-2005 promovida por la Asociacion de Comerciantes de Tahuantinsuyo, del 14 de Agosto del 2006 declara inaplicable la Resolucion de Alcaldia N° 753-2005 MDI y las Ordenanzas 062-2004 MDI y 063-2004-MDI que determinan el Regimen de Arbitrios Municipales para el Periodo 2004, debiendo la Municipalidad de Independencia fijar de modo Integral los Arbitrios que por concepto de Limpieza Publica, Parques y Jardines y Serenazgo,

Establecen regimen de beneficios para el pago de deudas tributarias y administrativas
ORDENANZA Nº 278-2012-MDI Independencia,17 de Diciembre del 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA VISTO, Dictamen Nº 008-2012-COEPPO/MDI de la Comision de Economia, Planificacion, Presupuesto y Organizacion, que somete a la aprobacion del proyecto de Ordenanza que establece beneficios tributarios y no tributarios en el distrito, cuyo objeto es brindar a los contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones sustanciales de naturaleza tributaria y administrativa, asimismo, fomentar el cumplimiento voluntario de las obligaciones formales;

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