Norma Legal Oficial del día 28 de diciembre del año 2012 (28/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 55

El Peruano MORDAZA, viernes 28 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

482941

CONSIDERANDO: Que, mediante la MORDAZA Disposicion Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1013 ­ Decreto legislativo que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente se crea el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA como organismo publico tecnico especializado, con personeria juridica de derecho publico interno, constituyendose en pliego presupuestal, adscrito al Ministerio del Ambiente y encargado de la fiscalizacion, la supervision, el control y la sancion en materia ambiental; Que, el Articulo 3° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica aprobado mediante Decreto Supremo N° 043-2003-PCM establece que las actividades y disposiciones de las entidades del Sector Publico se encuentran sometidas al MORDAZA de publicidad; Que, el Numeral 3 del Articulo 17° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806 establece que es confidencial aquella informacion vinculada a investigaciones en tramite referidas al ejercicio de la potestad sancionadora del Estado; Que, el Articulo 5° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado mediante Decreto Supremo N° 002-2009-MINAM establece el caracter publico de la informacion ambiental; Que, el Articulo 6° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, de conformidad con lo establecido en el Articulo 17° del Texto Unico Ordenado de la Ley N° 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica, establece las excepciones al ejercicio del derecho de acceso a la informacion publica ambiental, senalando taxativamente aquellos supuestos en los que se considera que determinada informacion administrada por la entidad es de caracter confidencial; Que, en el Literal e) del Articulo 11° de la Ley N° 29325 se establece que el OEFA tiene, entre otras, funcion normativa, la cual comprende la facultad de dictar --en el ambito y materia de su respectiva competencia-- los reglamentos, normas que regulen los procedimientos a su cargo, y otras de caracter general referidas a intereses, obligaciones o derechos de las personas naturales o juridicas, publicas o privadas que fiscaliza; Que, mediante la Resolucion de Presidencia del Consejo Directivo N° 127-2012-OEFA/PCD del 30 de noviembre de 2012 se dispuso la publicacion de un proyecto de directiva que promueva mayor transparencia respecto de la informacion que administra el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA en el MORDAZA institucional de la entidad con la finalidad de recibir los respectivos comentarios, sugerencias y observaciones de la ciudadania en general por un periodo de diez (10) dias habiles contado a partir de la publicacion de la citada Resolucion en el diario oficial El Peruano, de conformidad con lo dispuesto en el Articulo 39° del Reglamento sobre Transparencia, Acceso a la Informacion Publica Ambiental y Participacion y Consulta Ciudadana en Asuntos Ambientales, aprobado por el Decreto Supremo N° 0022009-MINAM; Que, habiendose recabado comentarios, sugerencias y observaciones de diversas personas juridicas, corresponde aprobar el texto definitivo de la directiva denominada "Directiva que promueve mayor transparencia respecto de la informacion que administra el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA"; Que, tras la absolucion y analisis de cada uno de los aportes recibidos durante el periodo de prepublicacion del proyecto normativo, mediante Acuerdo N° 0262012 adoptado en la Sesion Ordinaria N° 024-2012 del 21 de diciembre de 2012, el Consejo Directivo decidio aprobar la Directiva N° 001-2012-OEFA/CD denominada "Directiva que promueve mayor transparencia respecto de la informacion que administra el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA", por lo que resulta necesario formalizar este acuerdo mediante Resolucion de Consejo Directivo, habiendose establecido la exoneracion del Acta respectiva a fin de asegurar su vigencia inmediata; Con los visados de la Secretaria General, de la Direccion de Supervision, de la Direccion de Evaluacion,

y de la Direccion de Fiscalizacion, Sancion y Aplicacion de Incentivos; asi como de la Oficina de Administracion, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto y la Oficina de Asesoria Juridica; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29325 ­ Ley del Sistema Nacional de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental y en ejercicio de las atribuciones conferidas en los Literales a) y n) del Articulo 8° del Reglamento de Organizacion y Funciones del OEFA aprobado por Decreto Supremo N° 022-2009-MINAM; SE RESUELVE: Articulo 1°.- Aprobar la Directiva N° 001-2012OEFA/CD denominada "Directiva que promueve mayor transparencia respecto de la informacion que administra el Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA". Articulo 2°.- Disponer la publicacion de la presente Resolucion y su respectivo Anexo en el diario oficial El Peruano y en el MORDAZA Institucional del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA (www.oefa. gob.pe). Articulo 3°.- Encargar a la Secretaria General la difusion de la Directiva aprobada mediante la presente Resolucion a todos los organos de linea, apoyo y asesoramiento del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA APAC Presidente del Consejo Directivo DIRECTIVA N° 001-2012-OEFA/CD DIRECTIVA QUE PROMUEVE MAYOR TRANSPARENCIA RESPECTO DE LA INFORMACION QUE ADMINISTRA EL ORGANISMO DE EVALUACION Y FISCALIZACION AMBIENTAL ­ OEFA I. OBJETIVO Promover una mayor transparencia en la administracion de la informacion que han generado, u obtenido de terceros, los organos del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA en el ejercicio de sus funciones. II. FINALIDAD Determinar la naturaleza publica o confidencial de la informacion que han generado, u obtenido de terceros, los organos del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA en el ejercicio de sus funciones. III. ALCANCE La presente Directiva es de cumplimiento obligatorio para todos los organos del Organismo de Evaluacion y Fiscalizacion Ambiental ­ OEFA. Asimismo, resulta aplicable a toda persona natural o juridica que por encargo de un organo institucional del OEFA administra informacion obtenida en el MORDAZA de las funciones de fiscalizacion ambiental. IV. BASE LEGAL · Constitucion Politica del Peru. · Ley Nº 27444 ­ Ley del Procedimiento Administrativo General. · Decreto Supremo Nº 043-2003-PCM que aprueba el Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27806 ­ Ley de Transparencia y Acceso a la Informacion Publica. · Ley Nº 28611 ­ Ley General del Ambiente. · Decreto Legislativo Nº 1013 ­ Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Creacion, Organizacion y Funciones del Ministerio del Ambiente. · Decreto Legislativo Nº 1039 ­ Decreto Legislativo que modifica disposiciones del Decreto Legislativo Nº 1013. · Decreto Legislativo Nº 1055 ­ Decreto Legislativo que modifica la Ley Nº 28611. · Ley Nº 26300 ­ Ley de los Derechos de Participacion y Control Ciudadanos.

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