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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, lunes 31 de diciembre de 2012 485227 Programa de Desarrollo Productivo Agrario Rural - AGRO RURAL. En un plazo que no excederá de tres (03) días hábiles, contados a partir de la entrada en vigencia de la presente norma, las entidades conformantes de la Comisión de Transferencia, designarán a sus representantes titular y alterno, debiendo instalarse en un plazo no mayor de tres (03) días hábiles adicionales. Dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la fecha de culminación de sus actividades, la Comisión designada presentará al Ministro de Agricultura y al Presidente Ejecutivo del Instituto Nacional de Radio y Televisión del Perú - IRTP, un informe detallado de las acciones desarrolladas durante el proceso de transferencia. Artículo 4°.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y por el Ministro de Agricultura. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los treinta días del mes de diciembre del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República JUAN F. JIMÉNEZ MAYOR Presidente del Consejo de Ministros MILTON VON HESSE LA SERNA Ministro de Agricultura 883944-2 DEFENSA Autorizan viaje de Procurador Público Ad Hoc a Italia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN SUPREMA N° 706-2012-DE/ Lima, 30 de diciembre de 2012 VISTO, la resolución N.R.G.2009/4518 del 13 de septiembre de 2012 emitida por el Juzgado Ordinario de Livorno - Italia; y, el Ofi cio N° 0002-2012/MINDEF- PPAH- WASS/GAO del 10 de diciembre de 2012 del Procurador Público Ad Hoc para el Caso WASS; CONSIDERANDO: Que, el Caso WASS comprende el giro de los siguientes procesos: 1) Proceso Principal, en el cual la Whitehead Moto Fides de Italia, actualmente Whitehead Alenia Sistemi Subacquei S.p.A - WASS, demanda al Ministerio de Defensa del Perú, al Banco de la Nación del Perú; y, al Banco Nazionale Di Laboro de Italia, la resolución del contrato por presunto incumplimiento del Estado: además del pago de una indemnización por supuestos daños y perjuicios ascendentes a la suma de 50’092,205.00 Euros y, exige además la entrega de 104 pagarés para que sean ejecutados (Proceso N° 4518- 2009); 2) Proceso Ejecutivo, la WASS ha demandado al Banco de la Nación del Perú, exigiendo que se emita una Orden de Pago por diez pagarés por 4’370,357.76 Euros (Proceso N° 3178-2009); 3) Proceso de Oposición a la Ejecución (Proceso 1293-2010); 4) Proceso de Urgencia - Inmovilización de Garantía (Proceso N° 2654-2009); 5) Proceso Cautelar - Secuestro de Pagarés (Proceso N° 3188-2009); y, 6) Proceso Penal Querella (Proceso N° 2267-2010), recientemente concluido con el archivamiento defi nitivo ordenado por la Fiscalía; Que, mediante Resolución Suprema N° 185-2012- DE el Procurador Público Ad Hoc para el Caso WASS, abogado Gustavo Lino Adrianzén Olaya, fue autorizado a participar en las dos audiencias realizadas en Livorno - Italia el 17 de mayo de 2012 (Expedientes: 4518/2009 y 1293/2010) y que, en ellas fueron presentadas ante la Jueza de la causa dos memorias conteniendo en síntesis los siguientes pedidos: a) El Defecto de Jurisdicción; b) Estanza de Remisión en Término; c) Incumplimiento del Contrato; d) Excesiva Onerosidad del Contrato; e) Resolución del Contrato; f) Ilegitimidad de los Pagaré; g) Acumulación de los Procesos; y, h) Ampliación de la Memoria Inicial; Que, inmediatamente después de presentados los argumentos expresados por la defensa del Estado Peruano, la Jueza, mediante resolución N.R.G. 2010/1293 del 22 de mayo de 2012, ha dispuesto: “Considerando la existencia de motivos de conexión objetiva y subjetiva del presente juicio con el Proceso 4518/09. (...). Reunir el presente proceso con el 4518/09”; Que, la citada jueza inicialmente citó a audiencia para el 28 marzo de 2013 a las 09:30 horas para la precisión de las Conclusiones (N.R.G.2009/4518 del 24 de mayo de 2012), pero que se ha dispuesto, mediante N.R.G. 2009/4518 del 13 de septiembre de 2012, una reprogramación de la misma para el 10 de enero de 2013 a las 09:00 horas; siendo necesario que el Procurador Ad Hoc concurra a la citada audiencia junto a los representantes legales designados; Que, mediante Ofi cio N° 0002-2012/MINDEF- PPAH- WASS/GAO del 10 de diciembre de 2012, el Procurador Público Ad Hoc, abogado Gustavo Lino Adrianzén Olaya, indica que, teniéndose en cuenta la necesidad que existe de mantener activa la defensa del Estado peruano en los procesos que se encuentran en giro ante el Juzgado Ordinario de la ciudad de Livorno - Italia, lo que se vería plasmado en la asistencia a la audiencia programa para el día 10 de enero de 2013; y, considerando que lo solicitado es de interés del Sector Defensa, se debe autorizar al mencionado funcionario para que, del 06 al 12 de enero de 2013, viaje en comisión de servicio a la ciudad de Livorno - Italia, a fi n que ejerza las acciones necesarias para garantizar una efi ciente defensa judicial del Estado; Que, la fecha de inicio y término de la comisión de servicios tiene por objeto facilitar el desplazamiento del Procurador Público Ad Hoc de la ciudad de Lima a Roma y de esta ciudad a la ciudad de Livorno y viceversa; y, en los días previos y en el posterior a la audiencia, permitir que se reúna con el representante legal y el supervisor legal para defi nir la redacción de los escritos que se requiera presentar; pueda además revisar y estudiar los procesos en curso en Livorno; y, fi nalmente, coordinar con abogados de la parte peruana para defi nir la estrategia legal a seguir con miras a las siguientes actuaciones procesales; Que, el viaje en comisión de servicios a que se hace referencia en la presente resolución no se encuentra en el Plan Anual de Viajes al Exterior del Sector Defensa para el Año Fiscal 2013 pues éste aún no se encuentra aprobado; sin embargo, atendiendo que la presente resolución tiene por objeto autorizar el viaje del Procurador Ad Hoc para ejercer la defensa judicial de los interés es del Sector en el exterior, resulta pertinente expedirla; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa, la Ley N° 27619, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y su reglamento aprobado por el Decreto Supremo No 047-2002-PCM, el Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG, que aprueba el Reglamento de Viajes al Exterior de Personal Militar y Civil del Sector Defensa y el numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley N° 29951, Ley de Presupuesto del Sector Público para Año Fiscal 2013; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Autorizar del 06 al 12 de enero de 2013, el viaje en Comisión de Servicio a la ciudad de Livorno - República Italiana, del abogado Gustavo Lino ADRIANZÉN OLAYA, identifi cado con D.N.I. N° 07041163, Procurador Público Ad Hoc, para que ejerza la defensa judicial del Estado Peruano - Ministerio de Defensa, en el proceso judicial a que se refi ere la presente resolución. Artículo 2°.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución serán sufragados por el Ministerio de Defensa - Administración General, de acuerdo al siguiente detalle: - Pasajes Aéreos: Lima - Roma - Lima US$ 4,182.49 x 1 persona (incluye TUUA) 4,182.49 - Pasajes Terrestres: Roma - Livorno - Roma