Norma Legal Oficial del día 31 de diciembre del año 2012 (31/12/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, lunes 31 de diciembre de 2012

NORMAS LEGALES

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a Usuarios Finales y lo transferido a Titulares concepto de Peajes del SST y/o SCT, correspondiente a la Etapa de Preliquidacion. Asimismo, los Titulares deberan remitir la informacion de lo facturado por Transferencias de ingresos por concepto de Peajes del SST y/o SCT y la informacion de Actas de Puesta en Servicio y Actas de Retiro Definitivo de Operacion de instalaciones del SST y/o SCT, si corresponde. La informacion a remitir es la que se describe en el numeral 6.5 y corresponde al periodo desde enero a noviembre del ano anterior al que se efectua la Liquidacion. b) OSINERGMIN publicara en el diario oficial El Peruano y en su pagina Web, la respectiva Preliquidacion con la informacion proyectada hasta diciembre del Periodo de Liquidacion, con una anticipacion no menor a treinta (30) dias habiles de la publicacion definitiva. c) El Titular o Suministrador podra presentar sus sugerencias y observaciones a la indicada Preliquidacion, dentro de los siguientes diez (10) dias habiles contados a partir del dia siguiente al de su publicacion. d) Hasta el MORDAZA dia habil posterior al 15 de marzo, el Titular debera completar el total de informacion senalado en el literal a) anterior correspondiente al Periodo de Liquidacion. Ademas, de remitir las Actas de Puesta en Servicio y/o Actas de Retiro Definitivo de Operacion de instalaciones del SST y/o SCT, suscritas hasta febrero del ano en que se realiza la Liquidacion. e) Quince (15) dias calendario MORDAZA del 1° de MORDAZA de cada ano, se publicara en el Diario Oficial El Peruano y en la pagina Web de OSINERGMIN, la Liquidacion definitiva y el ajuste de las tarifas correspondientes. El incumplimiento del envio de informacion conforme a los requerimientos y plazos senalados en la presente MORDAZA, es susceptible de sancion. OSINERGMIN podra iniciar un procedimiento administrativo sancionador, pudiendo el infractor ser pasible de sancion segun la Escala de Multas establecida por OSINERGMIN. 6.4.3. Etapas: La Liquidacion Anual, incluyendo las etapas senaladas en los numerales 4.2 y 4.3 de la presente MORDAZA, se realizara de acuerdo con las etapas consignadas en los items "g" al "o" del Procedimiento de Fijacion de Tarifas en MORDAZA contenido en el Anexo A.1 de la MORDAZA "Procedimientos para Fijacion de Precios Regulados", aprobada con Resolucion OSINERGMIN Nº 080-2012OS/CD. 6.5. Requerimientos y Medios de la Informacion La remision de informacion comercial se realizara de acuerdo a los formularios descritos en el Anexo y conforme a los criterios y detalle descritos en la MORDAZA y precisiones senaladas en dichos formularios. Los formularios senalados son susceptibles de modificacion y mejora, lo cual se comunicara de manera oficial en su oportunidad a los Suministradores y Titulares involucrados. 6.5.1. Reporte Mensual: a) La informacion mensual a reportar por los Suministradores se realiza en los formularios del Anexo 1 y comprende: · Formato 1, en donde reporten las ventas mensuales a Usuarios Libres y Regulados, las que deben de estar desagregadas por Area de Demanda, sistema electrico, punto de suministro y por cada parte del sistema electrico equivalente (MAT, MAT/AT, AT y AT/MT). En el caso que un cliente libre cuente con mas de un punto de suministro estos deben ser presentados de manera independiente. · Formato 2, en donde se reportan las transferencias de Suministradores a Titulares, las que deben de

desagregarse por Area de Demanda, y cada parte del sistema electrico equivalente (MAT, MAT/AT, AT y AT/ MT). · Formato Transferencias, en donde deberan reportar la relacion de documentos de pagos efectuados a Titulares por concepto de Peajes del SST y/o SCT, indicando los montos transferidos sin incluir el I.G.V. y desagregados por Area de Demanda y por cada parte del sistema electrico equivalente (MAT, MAT/AT, AT y AT/MT). · El reporte mensual de la informacion de los formatos 1 y 2 se debe remitir en medio magnetico, en archivos MS Excel. · MORDAZA legible de las facturas a Usuarios Libres, en las que se pueda identificar el periodo de facturacion, peaje aplicado y energia considerada. En la eventualidad que los datos consignados en la factura no permitieran identificar el valor del peaje unitario y/o la energia mensual, el Suministrador debera adjuntar la(s) hoja(s) de calculo que permita(n) verificar e identificar los conceptos MORDAZA senalados. La informacion senalada se debera remitir en medio magnetico, en formato pdf, adjuntando las hojas de calculo en medio magnetico, si corresponde. b) La informacion mensual a reportar por los Titulares se realiza en los formularios del Anexo 2 y comprende: · Formato Transferencias, en donde se reporte el listado de documentos de pago emitidos a Suministradores por concepto de Peajes del SST y/ o SCT, indicando los montos recibidos sin incluir el I.G.V. y desagregados por Area de Demanda y por cada parte del sistema electrico equivalente (MAT, MAT/AT, AT y AT/MT). · Archivos en medio magnetico con el listado de las facturaciones efectuadas a empresas por concepto de Ingreso Tarifario, de acuerdo a los valores determinados en cada MORDAZA regulatorio, consignado en la respectiva resolucion de OSINERGMIN. · MORDAZA legible de los documentos de pago emitidos a Suministradores, en las que se pueda identificar los montos recibidos por Area de Demanda, periodo de facturacion, cada parte del sistema electrico equivalente (MAT, MAT/AT, AT y AT/MT). En la eventualidad que los datos consignados en la factura no permitieran identificar la informacion senalada, el Titular debera adjuntar la(s) hoja(s) de calculo que permita(n) verificar e identificar los conceptos MORDAZA senalados. La informacion senalada se debera remitir en medio magnetico, en formato pdf, adjuntando las hojas de calculo en medio magnetico, si corresponde. 6.5.2. Liquidacion Anual: En cada oportunidad de Preliquidacion o Liquidacion, conforme a lo senalado en el numeral anterior, la informacion debera presentarse a traves de carta y/o comunicacion escrita adjuntando la siguiente informacion: · Suministradores: La informacion que se requiera complementar o modificar respecto a la informacion remitida mensualmente, de acuerdo a lo senalada en el numeral 6.5.1. · Titulares: La informacion que se requiera complementar o modificar respecto a la remitida mensualmente, de acuerdo a lo senalado en el Anexo 2. Asimismo, deberan remitir la informacion de Actas de Puesta en Servicio y/o Actas de Retiro Definitivo de Operacion de instalaciones del SST y/o SCT correspondiente al Periodo de Liquidacion. 6.6. Disposicion Transitoria.El Periodo de Liquidacion para el primer MORDAZA de liquidacion segun la presente MORDAZA, correspondera a un periodo de 10 meses, comprendido entre el 1° de marzo de 2012 y el 31 de diciembre de 2012.

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