Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2012 (13/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 103

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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c) Recibo de Pago por derecho de tramite. d) MORDAZA del informe favorable emitido por la Subgerencia de Defensa Civil. Articulo 10.- RESTRICCIONES.- Solo se podra autorizar el uso temporal del Area de Retiro Municipal para las actividades complementarias de comercio o servicios, cuando se trate de los giros permitidos en el Indice de Usos para la Ubicacion de Actividades Urbanas, segun la ubicacion del establecimiento y cuando no altere el uso del entorno MORDAZA consolidado; previo Informe favorable de la Gerencia de Desarrollo Economico Local o quien haga sus veces. No se permitira el uso del Jardin de Aislamiento, bajo ninguna modalidad, por ser parte de la via, como area de Dominio Publico. Articulo 11.- CENTRO HISTORICO.- Las solicitudes de Autorizacion de uso y Acondicionamiento Temporal del Retiro Municipal a efectuarse en la MORDAZA Monumental del Distrito del MORDAZA, deberan sujetarse a lo dispuesto en la Normas y disposiciones del Ministerio de Cultura (antes Instituto Nacional de Cultura) y la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA, en lo que les corresponda. Articulo 12.- CUMPLIMIENTO.- Encarguese el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza a la Gerencia de Desarrollo MORDAZA, Gerencia de Desarrollo Economico Local y la Subgerencia de Fiscalizacion Administrativa. DISPOSICIONES TRANSITORIAS, FINALES Y COMPLEMENTARIAS Primera.- Aprobar el Plano de Retiros y Jardin de Aislamiento del distrito del MORDAZA, Lamina R-01, el mismo que como Anexo Nº 01 formara parte integrante de la presente Ordenanza, la misma que sera publicada en la Pagina Web institucional www.munirimac.gob.pe. Segunda.- Otorgar un periodo excepcional de Tres (03) meses, a fin que los establecimientos que cuenten con acondicionamiento temporal de uso de retiro se adecuen a la presente norma. Los procedimientos que se encuentren en tramite deberan adecuarse a lo establecido por la presente Ordenanza. Tercera.- Deroguese el Titulo III de la Ordenanza Nº 176-2008-MDR, que Regula el Otorgamiento de la Licencia de Funcionamiento en el distrito del MORDAZA y cualquier MORDAZA que contravenga a la presente Ordenanza. La presente Ordenanza entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veintisiete dias del mes de diciembre de dos mil once. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 739648-1

con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA A LA ORDENANZA Nº 208-2009-MDR DE FECHA 09 DE DICIEMBRE DE 2009 QUE REGULA LAS HABILITACIONES URBANAS DE OFICIO EN EL DISTRITO DEL MORDAZA Articulo 1º.- Modifiquese el Articulo Primero literal g) de la Ordenanza Nº 208-2009-MDR que regula las habilitaciones urbanas de oficio en el distrito del MORDAZA, que queda redactado de la siguiente manera: "Articulo Primero.- ESTABLECER que para un inmueble sea declarado habilitado como MORDAZA de oficio debera cumplir con las siguientes caracteristicas: (...) g) Es para inmuebles considerados monumentos o que integran ambientes MORDAZA monumentales" Articulo 2º.- La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del siguiente dia de la publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en el Palacio Municipal a los veintiocho dias del mes de diciembre de dos mil once. MORDAZA PERAMAS MORDAZA MORDAZA 739644-1

Regulan la tenencia poblacional de canes
ORDENANZA Nº 288

y

control

EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITAL DEL MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de diciembre de 2011, el Dictamen Nº 16 - 2011-CECTYDMDR, la Comision de Educacion, Cultura, Turismo y Deporte, con el MORDAZA unanime de los senores Regidores y con la dispensa del tramite de aprobacion del Acta ha dado la siguiente: ORDENANZA QUE REGULA LA TENENCIA Y CONTROL POBLACIONAL DE CANES TITULO I GENERALIDADES Articulo 1.- Base Legal - La Constitucion Politica del Peru - Ley Nº 26842 Ley General de Salud - Ley Nº 27596 Ley que regula el Regimen Juridico de Canes/ D.S. 006-2002-SA. - R.M. Nº 841-2003-SA-DM, que reglamentan la Ley Nº 27596, y en concordancia con la R.M. Nº 1776-2002SA-DM. - Ley Nº 27265 Ley de Proteccion a los Animales Domesticos y Animales Silvestres mantenidos en cautiverio. - Codigo Civil. - Ley Nº 27972 Ley Organica de Municipalidades. Articulo 2.- Ambito de Aplicacion.- La presente ordenanza regula la tenencia responsable y el control poblacional de canes incluyendo los potencialmente peligrosos en el distrito del Rimac.

Modifican la Ordenanza Nº 208-2009MDR que regula las habilitaciones urbanas de oficio en el distrito
ORDENANZA Nº 287 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEL MORDAZA POR CUANTO: EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DEL MORDAZA VISTO: En Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 28 de diciembre de 2011, el Dictamen Nº 020 - 2011-CDUyDC/ MDR, la Comision de Desarrollo MORDAZA y Defensa Civil,

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