Norma Legal Oficial del día 13 de enero del año 2012 (13/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 108

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NORMAS LEGALES
A

El Peruano MORDAZA, viernes 13 de enero de 2012

Que, estando a lo mencionado, la Subgerencia de Educacion, mediante el Informe N° 065-2011-SGEDUGDHE-MSS del 18/10/11, remite los actuados a la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios para el Personal Docente de las Instituciones Educativas Municipalizadas del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, a fin de que realice la investigacion de los hechos expuestos y emita pronunciamiento contra la Profesora MORDAZA MORDAZA PURIZAGA FERRER de la I.E. N° 6082 "Los Proceres" del distrito de MORDAZA de Surco; Que, la Comision de ProcesosAdministrativos Disciplinarios para el Personal Docente de las Instituciones Educativas Municipalizadas del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, mediante el Informe N° 012-2011-CPADPDIEMSS-MSS, ha procedido a calificar la documentacion enviada y como resultado del analisis realizado, en el Numeral VI de su Informe, la Comision RECOMIENDA POR UNANIMIDAD: HABER MERITO PARA INSTAURAR MORDAZA ADMINISTRATIVO en contra de la Docente MORDAZA MORDAZA PURIZAGA FERRER, conforme a los fundamentos expuestos en el presente informe, por incurrir en falta disciplinaria, tipificada como abandono de cargo previsto en el Art. 194° del D.S N° 019-90-ED, infringiendo sus obligaciones establecidas en el inciso a) del articulo 14° de la Ley N° 24029 ­ Ley del Profesorado, modificado por Ley N° 25212; Que, con la emision del Informe Nº 012-2011CPADPDIEMSS-MSS, y que ahora forma parte integrante de esta resolucion, se cumple con el requisito de validez de los actos administrativos, previsto por los articulos 3º inciso 4), y articulo 6º inciso 6.2), de la Ley del Procedimiento Administrativo General - Ley Nº 27444; Que, conforme a lo previsto en el articulo 129° del Reglamento de la Ley del Profesorado, aprobado por el Decreto Supremo Nº 19-90-ED, corresponde al titular de la entidad o del funcionario que tenga autoridad delegada para el efecto, instaurar los procesos administrativos disciplinarios que correspondan; Estando a lo expuesto y contando con el visto MORDAZA de la Gerencia de Asesoria Juridica; y conforme a las facultades que confiere el articulo 20º de la Ley Organica de Municipalidades - Ley Nº 27972 y el Art. 129° del Decreto Supremo Nº 19-90-ED - Reglamento de la Ley del Profesorado; RESUELVE: Articulo Primero.- Disponer la Apertura del MORDAZA Administrativo Disciplinario contra la Docente MORDAZA MORDAZA PURIZAGA FERRER de la I.E. N° 6082 "Los Proceres" de la jurisdiccion de MORDAZA de MORDAZA, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo Segundo: Forma parte de esta Resolucion, el Informe Nº 012-2011-CPADPDIEMSS-MSS, de fecha 14 de diciembre de 2011. Articulo Tercero.Notifiquese la presente Resolucion conjuntamente con el Informe Nº 012-2011CPADPDIEMSS-MSS, conforme a Ley o publiquese en el Diario Oficial El Peruano, a fin de que la Docente MORDAZA MORDAZA PURIZAGA FERRER, dentro del plazo de cinco dias pueda efectuar su descargo, acompanando las pruebas que crea pertinente ante la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios para el Personal Docente de las Instituciones Educativas Municipalizadas del Distrito de MORDAZA de Surco. Articulo Cuarto.- REMITIR la presente resolucion y sus antecedentes a la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios para el Personal Docente de las Instituciones Educativas Municipalizadas del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, a fin de que inicie las investigaciones que el caso amerite, debiendo procederse conforme a lo establecido en el Decreto Supremo Nº 19-90-ED y demas normas pertinentes, dentro del plazo legal establecido, contado a partir del dia siguiente de la notificacion de la presente Resolucion. Articulo Quinto.- ENCARGAR a la Secretaria General y a la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios para el Personal Docente de las Instituciones Educativas Municipalizadas del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA

INFORME Nº 012 -2011-CPADPDIEMSS-MSS : Sr. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA : Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios para el Personal Docente de las Instituciones Educativas Municipalizadas del Distrito de MORDAZA de MORDAZA : Informe sobre Instauracion de MORDAZA Sancionador Disciplinario en contra de la docente MORDAZA MORDAZA Purizaga Ferrer

DE

MORDAZA

REFERENCIA : a) D.S. 2341942011 b) Informe Nº 065-2011-SGEDUGDHE-MSS FECHA : MORDAZA de MORDAZA, 14 de diciembre de 2011

Mediante el presente es MORDAZA dirigirnos a usted, a efectos de alcanzarle nuestro pronunciamiento respecto a los hechos puestos de conocimiento de este colegiado, con el documento de la referencia, por lo cual pasamos a exponer lo siguiente: I. CONSIDERACIONES PREVIAS: 1.1 Que, mediante Resolucion Nº 1121-2010-RASS, de fecha 10.Dic.2010, se aprobo la conformacion de la Comision de Procesos Administrativos para el personal Docente de las Instituciones Educativas Municipalizadas del Distrito de MORDAZA de MORDAZA, el cual fue modificado en su articulo primero, mediante Resolucion Nº 608-2011RASS de fecha 15.Jun.2011, disponiendo la vigencia de la citada comision al 31.12.2011. Asimismo, mediante Resolucion 950-2011-RASS, de fecha 01.Set.2011, se modifico el articulo primero de la citada Resolucion disponiendose la omision de los nombres de los miembros de la Comision. 1.2 Que, mediante Informe de la referencia de fecha 18.Oct.2011, la Subgerente de Educacion de la Municipalidad remite los actuados a la Comision de Procesos Administrativos Disciplinarios Docentes, a efectos de que se pronuncie respecto a la procedencia o no de iniciar MORDAZA administrativo disciplinario por presunto abandono de cargo en contra de MORDAZA MORDAZA MORDAZA Purizaga Ferrer, profesora de 24 hrs el Area de Comunicacion de la Institucion Educativa Nº 6082 "Los Proceres" de la jurisdiccion de MORDAZA de Surco. II. BASE LEGAL: 2.1. El articulo 194º del DS Nº 019-90- Reglamento de la Ley del Profesorado establece que (...) el cese por abandono de cargo se produce por ausencia injustificada del profesor durante cinco (05) dias consecutivos al mes o mas de quince (15) dias no consecutivos en un periodo de ciento ochenta (180) dias calendario. El profesor que incurra en abandono injustificado del cargo sera cesado temporalmente hasta por un (01) ano, previo MORDAZA administrativo. Vencido el plazo del cese, la reincorporacion del profesor es automatica; de no hacerlo en el termino de (05) cinco dias habiles, el cese sera definitivo (...)" 2.2. El articulo 127º de la misma MORDAZA anterior senala que la Comision Permanente de Procesos Administrativos tiene la facultad de calificar las denuncias que le MORDAZA remitidos y pronunciarse sobre la procedencia de abrir MORDAZA administrativo, lo que sera puesto en conocimiento de la autoridad superior respectivo. En caso de no proceder este, igualmente elevara lo actuado al titular de la entidad con los fundamentos de su pronunciamiento para los fines del caso. 2.3. Que, el articulo 128 del Reglamento de la Ley Nº 24029 ­ Ley del Profesorado- aprobado con D.S. N°

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