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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2012 (24/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 12

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de enero de 2012 459698 Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley Nº 29792; y, Con el voto aprobatorio del Consejo de Ministros; DECRETA: Artículo 1º.- Evaluación de Prestaciones y Actividades Declarar en proceso de evaluación las prestaciones y actividades de carácter temporal a cargo de los programas sociales adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a fi n de determinar su ajuste a los principios y valores establecidos en el artículo 5 de la Ley Nº 29792, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Dicho proceso se llevará a cabo hasta el 30 de junio de 2012, plazo límite para que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social determine los ajustes y adecuaciones necesarias a las prestaciones y actividades de carácter temporal a cargo de los referidos programas sociales, o determine la necesidad de su continuidad. Artículo 2º.- Reorganización de Programas Declarar en proceso de reorganización los programas adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a fi n de lograr que su conformación, organización y estructura orgánica sean las idóneas para ejecutar, en el marco de los principios y valores indicados en el artículo anterior, las prestaciones y actividades de carácter temporal que se encuentran a su cargo. Dicho proceso se llevará a cabo hasta el 30 de junio de 2012, plazo límite para que el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social apruebe los nuevos documentos de gestión de los referidos programas, así como proponga la adecuación de sus propios documentos de gestión a los resultados del proceso de reorganización, o determine la necesidad de su continuidad. Artículo 3º.- Modifi cación y Evaluación de Continuidad de Programas Autorizar al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social a modifi car y evaluar la continuidad de los programas adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 4º.- Atención de Usuarios Establecer que el desarrollo de los procesos de evaluación y reorganización, así como la implementación de sus resultados, no afectarán la adecuada atención de los usuarios de los programas adscritos al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social. Artículo 5º.- Financiamiento La aplicación de la presente norma se fi nancia con cargo al Presupuesto Institucional del Pliego Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, y conforme a la normatividad vigente. Artículo 6º.- Refrendo El presente decreto supremo será refrendado por el Presidente del Consejo de Ministros y la Ministra de Desarrollo e Inclusión Social. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de enero del año dos mil doce. OLLANTA HUMALA TASSO Presidente Constitucional de la República ÓSCAR VALDÉS DANCUART Presidente del Consejo de Ministros CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 744850-7 Designan Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 016-2012-MIDIS Lima, 19 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 29792, publicada el 20 de octubre de 2011, se creó el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, como organismo del Poder Ejecutivo con personería jurídica de derecho público; Que, mediante Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS, publicado el 27 de diciembre de 2011, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, en el artículo 4 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social se establece la estructura orgánica del ministerio, en la que se contempla que la Alta Dirección cuenta con un Gabinete de Asesores; Que, de acuerdo con el artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, la Alta Dirección cuenta con un Gabinete de Asesores para la conducción estratégica de las políticas a su cargo, la coordinación con los otros poderes del Estado y para impulsar el cumplimiento de sus funciones, el cual se encuentra a cargo de un Jefe de Gabinete, quien lo dirige y coordina; Que, resulta necesario designar a quien desempeñará el cargo de confi anza de Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social; Que, conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, y la Ley Nº 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, el Ministro tiene la función de designar a los titulares de los cargos de confi anza del ministerio; De conformidad con lo dispuesto en la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, Ley Nº 29158; la Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos, Ley Nº 27594; la Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, Ley Nº 29792; y su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2011-MIDIS; SE RESUELVE: Artículo Único.- Designar al señor Juan Antonio Silva Sologuren como Jefe de Gabinete de Asesores del Despacho Ministerial de Desarrollo e Inclusión Social. Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA TRIVELLI AVILA Ministra de Desarrollo e Inclusión Social 744449-1 ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan Transferencia de Partidas a favor de los Gobiernos Regionales para la provisión de servicios en los establecimientos de salud a nivel nacional en el marco de los Programas Presupuestales del Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012 DECRETO SUPREMO Nº 015-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, se aprueban los presupuestos institucionales de los Pliegos 011 Ministerio de Salud y 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplásicas; Que, el artículo 18° de la citada Ley N° 29812 establece que en el presupuesto institucional del Pliego