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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de enero de 2012 459701 a) Responsabilidad b) Nivel jerárquico c) Requisitos del puesto d) Lo establecido en el numeral 6.1 del artículo 6º del presente Reglamento. Artículo 6º.- Asignación de puntaje del puesto 6.1 Para efectos de la asignación del puntaje del puesto, el Sector procederá a efectuar la evaluación, califi cación y asignación del puntaje a cada puesto teniendo en cuenta la siguiente tabla: ASIGNACIÓN DE PUNTAJE PARA EL PUESTO Criterio Aspecto Parámetro Puntaje Responsabilidad Magnitud de la tarea Las tareas involucran directamente a la Alta Dirección de la Entidad en la toma de decisiones. 15 Las tareas contribuyen indirectamente a la toma de decisiones de la Alta Dirección de la Entidad. 11 Gestión de Presupuesto a cargo Presupuesto es de 5 ó mas de 5 millones de Nuevos Soles anuales. 15 Presupuesto es menor a 5 millones de Nuevos Soles anuales. 11 Gestión de Personal a cargo 15 ó más de 15 personas 14 Menos de 15 personas 10 Nivel de Jerarquía Nivel de decisión Nacional, Multisectorial 10 Sectorial, Institucional 8 Ubicación del puesto Alta Dirección, órganos de línea o sus equivalentes 10 Órganos de administración interna o sus equivalentes 8 Requisito del Puesto Estrategias y políticas Contribuye directamente con las del Estado 18 Contribuye directamente con las del Sector o Institución 16 Objetivos Ligados a los del Sector 18 Contribuye con los de la entidad 16 6.2 El puntaje mínimo de aprobación será de 80 puntos acumulados. En ningún caso se tendrá en cuenta dos parámetros para evaluar, califi car y asignar puntaje a un mismo aspecto. 6.3 El puntaje que se asignará al puesto corresponderá a la sumatoria total de la evaluación y califi cación efectuada en base al numeral 6.1 precedente. CAPÍTULO II De los candidatos a personal altamente califi cado Artículo 7º.- Aspectos mínimos del procedimiento de contratación Los Sectores que soliciten la contratación de personal altamente califi cado, deben contar con un procedimiento de selección de candidatos a ser contratados bajo esta modalidad, que garantice el cumplimiento de los principios de mérito y transparencia, así como el cumplimiento de los requisitos establecidos para cada puesto, conforme a los documentos de gestión institucionales. Artículo 8º.- Requisitos mínimos del candidato a personal altamente califi cado Los candidatos a personal altamente califi cado deben cumplir con los siguientes requisitos mínimos: a) Contar con los requisitos mínimos para el puesto. b) Contar con experiencia en gestión de la materia requerida y/o con experiencia en la actividad requerida. c) Contar con título profesional y/o grado académico de maestría o doctorado. d) No estar inhabilitado para ejercer función pública por decisión administrativa fi rme o sentencia judicial con calidad de cosa juzgada. CAPÍTULO III De los límites de contratación y de la determinación del monto de la contraprestación Artículo 9º.- Límites de contratación 9.1 El Sector sujeta los límites de contratación de personal altamente califi cado a la asignación máxima mensual que se consigna a continuación: MONTO DE ASIGNACIÓN MÁXIMA MENSUAL POR SECTOR SECTOR ASIGNACIÓN MENSUAL MÁXIMA S/. Agricultura 525 000 Ambiente 675 000 Comercio Exterior y Turismo 450 000 Cultura 450 000 Defensa 375 000 Desarrollo e Inclusión Social 300 000 Economía y Finanzas 800 000 Educación 450 000 Energía y Minas 450 000 Interior 300 000 Justicia 450 000 Mujer y Desarrollo Social 375 000 Presidencia del Consejo de Ministros 1 575 000 Producción 525 000 Relaciones Exteriores 375 000 Salud 675 000 Trabajo y Promoción del Empleo 300 000 Transportes y Comunicaciones 450 000 Vivienda, Construcción y Saneamiento 450 000 TOTAL 9 950 000 9.2 En los casos de fusión y cambio de adscripción de entidades que implique la transferencia de puestos seleccionados para personal altamente calificado, la asignación prevista en el numeral precedente para cada Sector será reducida en el monto de la contraprestación asignada para el personal altamente calificado que tuviera la entidad fusionada o absorbida, a efectos de asignársela al Sector donde se ubique dicha entidad. Para tal efecto, el Ministerio de Economía y Finanzas queda autorizado para que, mediante Resolución Ministerial y a propuesta del Sector interesado, efectúe las adecuaciones al cuadro de asignación máxima mensual previsto en el presente artículo, que resulten necesarias. Artículo 10º.- Escala de montos por concepto de contraprestación El Sector sujeta los montos por concepto de contraprestación· del personal altamente califi cado a la escala siguiente: ESCALA DE CONTRAPRESTACIÓN POR PUESTO PUNTAJE DE ASIGNACIÓN DEL PUESTO MONTO S/. De 96 a 100 25 000 De 92 a 95 22 750 De 88 a 91 20 500 De 84 a 87 18 250 De 80 a 83 16 000 TÍTULO III PROCEDIMIENTO PARA LA CONTRATACIÓN DE PERSONAL ALTAMENTE CALIFICADO CAPÍTULO I Del inicio del procedimiento Artículo 11º.- Inicio del procedimiento El procedimiento de contratación del personal altamente califi cado se inicia con la solicitud del Titular