Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2012 (24/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 13

El Peruano MORDAZA, martes 24 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

459699

Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas se ha consignado recursos por el monto de SETENTA Y CUATRO MILLONES NOVECIENTOS CINCUENTA Y CINCO MIL TRESCIENTOS OCHENTA Y CUATRO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 74 955 384,00), para ser transferirlos a los Gobiernos Regionales, para efectos del Programa Presupuestal Prevencion y Control del Cancer; Que, asimismo, en el mismo articulo senalado en el considerando precedente, se establece que en el presupuesto institucional del Pliego Ministerio de Salud se ha consignado recursos por el monto de SEISCIENTOS OCHENTA MILLONES NOVECIENTOS SESENTA MIL TRESCIENTOS CINCUENTA Y UNO 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 680 960 351,00), para ser transferidos a los Gobiernos Regionales, para los Programas Presupuestales: Articulado Nutricional, Salud MORDAZA Neonatal, Prevencion y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxenicas y Zoonosis, y Enfermedades No Transmisibles; Que, para efectos de lo establecido en el mencionado articulo 18° de la Ley Nº 29812, esta misma MORDAZA dispone que las transferencias de los recursos se realizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Salud y el Ministro de Economia y Finanzas, en dos etapas: la primera etapa, hasta el 31 de enero de 2012, y la MORDAZA, hasta el 31 de MORDAZA de 2012, y se ejecutan a nivel de establecimiento de salud; asimismo, se dispone que los recursos correspondientes a la primera etapa se transfieren con sujecion al registro y actualizacion de la base de datos del Sistema Integrado de Gestion Administrativa (SIGA) y a la MORDAZA de las metas departamentales de cobertura de los productos de los Programas Presupuestales respectivos; Que, mediante Oficio N° 231-2012-SG/MINSA, el Ministerio de Salud ha informado las Unidades Ejecutoras de Salud a nivel nacional que tienen a su cargo establecimientos de salud que implementan Programas Presupuestales referidos en el articulo 18° de la Ley N° 29812, asi como los establecimientos que han cumplido con el registro y actualizacion de sus necesidades en bienes y servicios a traves del SIGA y con la MORDAZA de las metas departamentales de cobertura de los productos de los Programas Presupuestales respectivos, por lo que, el Ministerio de Salud solicita la aprobacion del Decreto Supremo que autorice la Transferencia de Partidas correspondiente a la primera etapa, hasta por la suma de TRESCIENTOS NOVENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS VEINTISEIS MIL QUINIENTOS CINCUENTA Y SEIS (S/. 398 826 556,00), conforme a la distribucion por establecimientos de salud y unidades ejecutoras que acompana a su requerimiento; Que, como parte del Oficio senalado en el considerando precedente, se remiten el Informe N° 0242012-OGPP-OP/MINSA y el Informe N° 004-2012-OGPPOPE/INEN de las Oficinas Generales de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud y del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas, respectivamente, en los cuales los citados Pliegos manifiestan que cuentan con los recursos respectivos en sus presupuestos institucionales, para ser transferidos a favor de los establecimientos de salud a nivel nacional, emitiendo la correspondiente disponibilidad presupuestal; De conformidad con el articulo 18° de la Ley N° 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012; DECRETA: Articulo 1°.- Transferencia Ministerio de Salud de Partidas del

establecimientos de salud, para las intervenciones sanitarias nacionales dentro del MORDAZA de los Programas Presupuestales: Articulado Nutricional, Salud MORDAZA Neonatal, Prevencion y Control de la Tuberculosis y el VIH-SIDA, Enfermedades Metaxenicas y Zoonosis, y Enfermedades No Transmisibles, a cargo de los Pliegos Gobiernos Regionales, de acuerdo al Anexo N° 1 que forma parte del presente Decreto Supremo. 1.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas senalada en el presente articulo, a favor de los Gobiernos Regionales, se efectua a nivel de Pliego y Unidades Ejecutoras, de acuerdo al Anexo Nº 2 que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 2°.- Transferencia de Partidas del Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas. 2.1 Autorizase al Pliego 136 Instituto Nacional de Enfermedades Neoplasicas ­ INEN a realizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de CUARENTAY TRES MILLONES DOSCIENTOS CATORCE MIL DOSCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 43 214 228,00), destinados al financiamiento de la provision de servicios en los establecimientos de salud en el MORDAZA del Programa Presupuestal Prevencion y Control del Cancer, a cargo de los Pliegos Gobiernos Regionales, de acuerdo al Anexo N° 3 que forma parte del presente Decreto Supremo. 2.2 El detalle de los recursos asociados a la Transferencia de Partidas senalada en el presente articulo, a favor de los Gobiernos Regionales, se efectua a nivel de Pliego y Unidades Ejecutoras, de acuerdo al Anexo Nº 4 que forma parte del presente Decreto Supremo. Articulo 3°.- Procedimiento para la aprobacion institucional Los Titulares de los Pliegos habilitados en la presente Transferencia de Partidas, aprueban, mediante Resolucion, la desagregacion de los recursos autorizados en los articulos 1° y 2° de la presente MORDAZA, a nivel funcional programatico, dentro de los cinco (5) dias calendario de la vigencia del presente dispositivo legal. MORDAZA de la Resolucion sera remitida dentro de los cinco (5) dias de aprobada a los organismos senalados en el numeral 23.2 del articulo 23° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados, solicitara a la Direccion General del Presupuesto Publico las codificaciones que se requieran como consecuencia de la incorporacion de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. La Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en los Pliegos involucrados instruira a las Unidades Ejecutoras para que elaboren las correspondientes "Notas para Modificacion Presupuestaria" que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en la presente norma. Articulo 4°.- Limitacion al uso de los recursos y remision de informacion 4.1 Los recursos de las Transferencias de Partidas a que hacen referencia los articulos 1° y 2° del presente Decreto Supremo no podran ser destinados, bajo responsabilidad, a fines distintos para los cuales son transferidos, con excepcion de lo dispuesto en el articulo 80° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto. 4.2 Los Gobiernos Regionales, en un plazo que no exceda los treinta (30) dias calendario de incorporados los recursos autorizados por la presente MORDAZA, deben remitir a la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio de Salud, el monto desagregado a nivel de Centro de Costo de cada una de sus Unidades Ejecutoras. Articulo 5°.- Publicacion El presente Decreto Supremo se publica en el Diario Oficial El Peruano, y los Anexos 1, 2, 3 y 4 a que se refieren

1.1 Autorizase al Pliego 011 Ministerio de Salud a realizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, hasta por la suma de TRESCIENTOS CINCUENTA Y CINCO MILLONES SEISCIENTOS DOCE MIL TRESCIENTOS VEINTIOCHO Y 00/100 (S/. 355 612 328,00), destinados al financiamiento de la provision de servicios en los

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