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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ENERO DEL AÑO 2012 (24/01/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 68

TEXTO PAGINA: 25

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, martes 24 de enero de 2012 459711 EDUCACION Aprueban Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Educación RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0032-2012-ED Lima, 23 de enero de 2012 CONSIDERANDO: Que, el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley Nº 26510, dispone que el Sector Educación está conformado por el Ministerio de Educación, que es el órgano central y rector, y por sus diversos organismos públicos descentralizados; Que, según la Primera Disposición Complementaria del referido Decreto Ley Nº 25762, modifi cado por la Ley Nº 26510, el Ministerio de Educación se encuentra facultado para dictar en el ámbito de su competencia, las disposiciones complementarias necesarias para perfeccionar su estructura y mejorar su funcionamiento; Que, el Decreto Legislativo Nº 276 que aprueba la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y de Remuneraciones del Sector Público y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, desarrollan entre otros temas, el régimen de faltas disciplinarias sancionables aplicable a los servidores y funcionarios públicos así como las normas que regulan el proceso administrativo disciplinario; Que, la Ley Nº 27815 que aprueba la Ley del Código de Ética de la Función Pública modifi cada por la Ley Nº 28496 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, tipifi ca las faltas éticas en que pueden incurrir los empleados públicos, entendiéndose por tales, a todo funcionario o servidor de la Administración Pública en cualquiera de los niveles jerárquicos, sea éste nombrado, contratado, designado, de confi anza o electo, que desempeñe actividades o funciones en nombre del servicio del Estado; estableciendo además, el régimen de sanciones y el procedimiento administrativo disciplinario correspondientes; Que, según la Ley Nº 28175 que aprueba la Ley Marco del Empleo Público, establece que todo empleado público que incurre en falta administrativa grave será sometido a procedimiento administrativo disciplinario; Que, el artículo 239 de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General, tipifi ca, entre otras cosas, las faltas administrativas en que incurren las autoridades y el personal al servicio de las entidades públicas, estableciendo las sanciones y procedimientos disciplinarios aplicables; Que, resulta necesario aprobar un documento normativo que contenga disposiciones sobre las faltas disciplinarias de carácter ético y administrativo contenidas en las normas antes mencionadas, que sean de aplicación en el Ministerio de Educación, como parte del ejercicio de su rectoría sectorial; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo Nº 276, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, la Ley Nº 27815 modifi cada por Ley Nº 28496, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 033-2005-PCM, la Ley Nº 28175, el Decreto Ley Nº 25762 modifi cado por la Ley Nº 26510, y en el Decreto Supremo Nº 006-2006-ED, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación y sus modifi catorias; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Reglamento de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio de Educación, que consta de Siete (7) Capítulos, Cincuenta y Ocho (58) Artículos, Tres (3) Disposiciones Complementarias Finales, una (1) Única Disposición Complementaria Transitoria y una (1) Única Disposición Complementaria Derogatoria; el mismo que forma parte integrante de la presente Resolución. Artículo 2º.- Disponer que la Ofi cina de Prensa y Comunicaciones publique la presente Resolución Ministerial así como el documento normativo aprobado en el artículo 1 precedente, en el Portal Institucional del Ministerio de Educación http://www.minedu.gob.pe/ normatividad/, el mismo día de su publicación en el Diario Ofi cial “El Peruano”. Artículo 3º.- Dejar sin efecto la Directiva Nº 201-SG- OA-UPER así como cualquier otra disposición que se oponga o contravenga la presente Resolución Ministerial. Regístrese, comuníquese y publíquese. PATRICIA SALAS O’BRIEN Ministra de Educación 744774-1 Aprueban “Lineamientos Nacionales para el desarrollo del Proceso de Admisión en los Institutos y Escuelas de Educación Superior en las carreras de formación docente” y modifican el Plan de Adecuación de los actuales Institutos y Escuelas de Educación Superior a la Ley N° 29394 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 0033-2012-ED Lima, 23 de enero de 2012 Visto el Ofi cio N° 01546-2011-ME/VMGP-DIGESUTP; CONSIDERANDO: Que, mediante el Ofi cio de Visto, la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, dependiente del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, pone a consideración del Viceministerio de Gestión Pedagógica el proyecto de Resolución Ministerial y el Informe N° 001-2011-ME/VMGP-DIGESUTP-DESP/ AMPO-MJSC, que lo sustenta, que tiene por objeto aprobar los “Lineamientos Nacionales para el desarrollo del Proceso de Admisión en los Institutos y Escuelas de Educación Superior en las carreras de formación docente”; Que, de acuerdo con el literal h) del artículo 39 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por el Decreto Supremo N° 006-2006-ED, es función de la Dirección de Educación Superior Pedagógica, dependiente de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación, elaborar normas académicas y administrativas referidas al ingreso, promoción, certifi cación, titulación, traslado, convalidación, revalidación y otros de las instituciones de Educación Superior Pedagógica dependientes del Ministerio de Educación; Que, conforme a lo establecido en el primer párrafo del artículo 17 de la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, el proceso de admisión a los Institutos y Escuelas se realiza por concurso de admisión u otra modalidad establecida por el sector al que se encuentran vinculados; Que, en concordancia con lo establecido por el artículo 17 de la Ley N° 29394, el artículo 23 del Reglamento de la precitada Ley, aprobado por el Decreto Supremo N° 004-2010-ED, establece, entre otros, que la admisión a los Institutos y Escuelas de Educación Superior, se rige por las normas generales del proceso de admisión establecidas por el Ministerio de Educación; Que, en consecuencia, resulta necesario aprobar los “Lineamientos Nacionales para el desarrollo del Proceso de Admisión en los Institutos y Escuelas de Educación Superior en las carreras de formación docente”, formulados por la Dirección de Educación Superior Pedagógica, dependiente de la Dirección General de Educación Superior y Técnico Profesional, del Viceministerio de Gestión Pedagógica del Ministerio de Educación; De conformidad, con lo dispuesto en el Decreto Ley N° 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación, modifi cado por la Ley N° 26510, la Ley N° 29394, Ley de Institutos y Escuelas de Educación Superior, y su