Norma Legal Oficial del día 24 de enero del año 2012 (24/01/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 17

El Peruano MORDAZA, martes 24 de enero de 2012

NORMAS LEGALES

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unicamente para el caso de personal bajo el regimen laboral del Decreto Legislativo Nº 276, los seguros medicos o de MORDAZA contratados por la entidad, lo que incluye los seguros medicos particulares, independientemente de la modalidad en que se vengan aplicando, los mismos que seguiran siendo cubiertos por las mismas entidades, segun corresponda. Las Oficinas de Administracion de las entidades quedan facultadas a aprobar los procedimientos y lineamientos que MORDAZA necesarios para el cumplimiento de los fines establecidos en la presente disposicion. Segunda.- El procedimiento a que se refiere el articulo 7º del presente Reglamento, incluira disposiciones relativas a la MORDAZA de solicitudes de contratacion de personal altamente calificado por parte de los organismos publicos a sus respectivos Sectores, las cuales deberan considerar el plazo previsto en el articulo 15º a efectos de su oportuno cumplimiento por parte de dichos Sectores. 744850-2

Autorizan Credito Suplementario en el Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012 para continuidad de mantenimiento de infraestructura y equipos, adquisicion de vacunas y jeringas, y otros
DECRETO SUPREMO Nº 017-2012-EF EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, se dispuso medidas en materia de mantenimiento de instituciones educativas publicas, infraestructura y equipos de puestos y centros de salud y hospitales II-1, hospitales del Ejercito del Peru y de la MORDAZA de MORDAZA del Peru, de comisarias, de infraestructura vial departamental y vecinal, asi como medidas para el financiamiento de proyectos de inversion publica en el MORDAZA del Programa "Trabaja Peru" y para la mejora de la empleabilidad y la generacion de empleo mediante los Programas "Jovenes a la Obra" y "Vamos Peru"; Que, el numeral 22.3 del articulo 22º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 dispone que los recursos en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que ejecuten las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 27º del referido Decreto de Urgencia, no devengados al 31 de diciembre del ano fiscal 2011, se encuentran exceptuados de lo dispuesto por el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y sus modificatorias, y se incorporan hasta el mes de enero al Presupuesto del Sector Publico del ano fiscal 2012 mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, el numeral 36.2 del articulo 36º del Decreto de Urgencia Nº 058-2011 dispone que los recursos en la fuente de financiamiento Recursos Ordinarios que ejecuten en el MORDAZA de lo establecido en el articulo 34º del mencionado Decreto de Urgencia, no devengados al 31 de diciembre del ano fiscal 2011, se encuentran exceptuados de lo dispuesto por el literal a) del numeral 7.1 del articulo 7º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y sus modificatorias y se incorporan hasta el mes de enero al Presupuesto del Sector Publico del ano fiscal 2012, mediante decreto supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas; Que, mediante la Centesima Setima Disposicion Complementaria Final de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Publico para el Ano Fiscal 2012, se dispone que para garantizar la provision de las vacunas y jeringas del primer trimestre del ano 2012, con cargo a Ios recursos presupuestales 2011, se faculta al Pliego 011 Ministerio de Salud, que los recursos no utilizados de la Direccion de Abastecimiento de Recursos Estrategicos de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios MORDAZA

incorporados hasta el 31 de enero del ano 2012, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas y el Ministro de Salud, previo informe favorable de la Direccion General de Presupuesto Publico; Que, el articulo 11º del Decreto de Urgencia Nº 059-2011 dispone que para garantizar la continuidad de atenciones en salud en la provincia de Condorcanqui, departamento de Amazonas, los recursos no devengados hasta el 31 de diciembre de 2011 de la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del pliego Gobierno Regional del departamento de Amazonas, correspondientes a las actividades: "Mejorar la alimentacion y nutricion del menor de 36 meses" y "Reduccion de la morbilidad y mortalidad materna", se incorporan hasta el 31 de marzo de 2012 en el citado pliego para la ejecucion de las referidas actividades, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economia y Finanzas. Para tal efecto, los referidos recursos se encuentran exceptuados del articulo 70 numeral 7.1 literal a) del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 27245, Ley de Responsabilidad y Transparencia Fiscal y modificatorias, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 066-2009-EF; Que, mediante el Oficio Nº 034-2012-MINDEF/VRD/ DIGPP/01, el Ministro de Defensa solicita la incorporacion en el presupuesto del Pliego 026: Ministerio de Defensa, de los saldos de los recursos aprobados por el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, hasta por la suma de SEIS MILLONES NOVECIENTOS CUARENTA Y DOS MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y SIETE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 6 942 987,00), a fin de cumplir con la ejecucion del mantenimiento de la infraestructura y equipamiento de los hospitales del Ejercito del Peru y la MORDAZA de MORDAZA del Peru; Que, mediante el Oficio Nº 044-2012-IN-0101, el Ministro del Interior solicita la incorporacion en el presupuesto del Pliego 007: Ministerio del Interior, de los saldos de los recursos aprobados por el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, hasta por la suma de VEINTE MILLONES SEISCIENTOS MIL Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 20 600 000,00), a fin de cumplir con la ejecucion del mantenimiento de la infraestructura de las comisarias a nivel nacional; Que, mediante el Oficio Nº 011-2012-ME/SPE-UP, el Ministerio de Educacion solicita la incorporacion en el presupuesto del Pliego 010: Ministerio de Educacion, de los saldos de los recursos aprobados por el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, hasta por la suma de TRES MILLONES SETECIENTOS SESENTA Y CINCO MIL NOVECIENTOS NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 3 765 909,00), a fin de cumplir con la supervision de la ejecucion del mantenimiento de las instituciones educativas publicas a nivel nacional; Que, mediante el Oficio Nº 200-2012-SG/MINSA el Ministro de Salud solicita la incorporacion en el presupuesto del Pliego 011: Ministerio de Salud, de los saldos de los recursos aprobados por el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, hasta por la suma de CINCO MILLONES NOVECIENTOS TREINTA Y DOS MIL DOSCIENTOS SETENTA Y CINCO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 5 932 275,00), a fin de cumplir con la supervision de la ejecucion del mantenimiento de infraestructura y equipos de los puestos y centros de salud, y los hospitales con categoria II-1 a nivel nacional; Que, los Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales han solicitado al Ministerio de Economia y Finanzas la incorporacion de los saldos de los recursos asignados mediante el Decreto de Urgencia Nº 058-2011 para el mantenimiento periodico y rutinario de las vias departamentales y vecinales, no devengados al 31 de diciembre del 2011, para la continuidad durante el ano fiscal 2012, hasta por la suma de TRESCIENTOS VEINTINUEVE MILLONES QUINIENTOS NOVENTA Y NUEVE MIL OCHOCIENTOS NOVENTA Y UNO Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 329 599 891,00); Que, mediante el Oficio Nº 030-2012-MTPE/4/9 el Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo solicita la incorporacion en el presupuesto del Pliego 012: Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo, de los saldos de los recursos aprobados con el Decreto de Urgencia Nº 058-2011, hasta por la suma de SETENTA MILLONES DOSCIENTOS SESENTA Y UN MIL SEISCIENTOS SETENTA Y NUEVE Y 00/100 NUEVOS SOLES (S/. 70 261 679,00), a fin de cumplir con la ejecucion de proyectos de inversion publica en el MORDAZA del Programa "Trabaja Peru" y para la mejora de

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