Norma Legal Oficial del día 01 de febrero del año 2012 (01/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 24

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, miercoles 1 de febrero de 2012

Nivel Remunerativo F-5, de la Direccion General de Inspeccion del Trabajo del Ministerio de Trabajo y Promocion del Empleo. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA VILLENA PETROSINO Ministro de Trabajo y Promocion del Empleo 748059-1

Supremo N° 050-2001-MTC; demas disposiciones legales vigentes; y con la opinion favorable de las areas competentes; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Otorgar a L.C. BUSRE S.A.C., de conformidad a los instrumentos internacionales vigentes y/o el MORDAZA de reciprocidad, Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo No Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos contado a partir del 28 de setiembre del 2011, fecha siguiente al vencimiento de la Resolucion Directoral Nº 148-2007MTC/12 del 11 de MORDAZA del 2007. El presente permiso de Operacion tiene caracter administrativo. Para realizar operaciones aereas L.C. BUSRE S.A.C. requiere el correspondiente Certificado de Explotador, asi como las Especificaciones Tecnicas de Operacion, debiendo acreditar en estas etapas su capacidad legal, tecnica y economica-financiera, con arreglo a lo dispuesto en la Ley y su Reglamentacion, y de acuerdo a los procedimientos que establece la Direccion General de Aeronautica Civil. El Permiso de Operacion esta sujeto a las siguientes caracteristicas: NATURALEZA DEL SERVICIO: - Aviacion Comercial: Servicio de Transporte Aereo No Regular de pasajeros, carga y correo. AMBITO DEL SERVICIO: - Internacional. ZONAS Y/O PUNTOS DE OPERACION: - COLOMBIA - VENEZUELA - ECUADOR - BRASIL - BOLIVIA - URUGUAY - MORDAZA - MORDAZA - MORDAZA - GUYANA - SURINAM - GUAYANA FRANCESA - MEXICO - MORDAZA - PUERTO RICO - REPUBLICA DOMINICANA - GUATEMALA - BELICE - EL MORDAZA - HONDURAS - NICARAGUA - COSTA RICA - PANAMA - ESTADOS UNIDOS DE NORTEAMERICA - CANADA MATERIAL AERONAUTICO: - SA227AC - FAIRCHILD METROLINER III - De Havilland DHC-8 - De Havilland DHC-6 BASE Y SUB BASE DE OPERACIONES: - Aeropuerto Internacional MORDAZA MORDAZA, Lima-Peru. Articulo 2°.- Las aeronaves autorizadas a L.C. BUSRE S.A.C., deben estar provistas del correspondiente Certificado de Matricula vigente, expedido - de ser el caso- por el Registro Publico de Aeronaves de la Oficina Registral de MORDAZA y Callao; de su Certificado de Aeronavegabilidad vigente, expedido o convalidado por la Direccion General de Aeronautica Civil; y, de la Poliza o Certificado de Seguros, que cubra los riesgos derivados de su actividad aerea. Articulo 3°.- En relacion al Peru, la publicidad y la venta de servicios de transporte aereo que realice

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Otorgan a L.C. BUSRE S.A.C. renovacion y modificacion de permiso de operacion para prestar servicio de transporte aereo no regular internacional de pasajeros, carga y correo
RESOLUCION DIRECTORAL N° 480-2011-MTC/12 MORDAZA, 29 de diciembre del 2011 Vista la solicitud de L.C. BUSRE S.A.C. sobre Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo Internacional No Regular de pasajeros, carga y correo; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Directoral Nº 148-2007MTC/12 del 11 de MORDAZA del 2007, se otorgo a L.C. BUSRE S.A.C., Permiso de Operacion de Servicio de Transporte Aereo No Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, por el plazo de cuatro (04) anos, contados desde el 27 de setiembre del 2007; Que, con Documentos de Registro N° 2011-026217 del 08 de junio del 2011y N° 118789 del 10 de octubre del 2011, L.C. BUSRE S.A.C. requiere la Renovacion y Modificacion de Permiso de Operacion para prestar Servicio de Transporte Aereo No Regular Internacional de pasajeros, carga y correo, a fin de incluir zonas de operacion y material aeronautico; Que, segun los terminos del Memorando N° 14062011-MTC/12.LEG, Memorando Nº 049-2011-MTC/12. POA, Memorando Nº 418-2011-MTC/12.07.CER y Memorando Nº 284-2011-MTC/12.07.PEL e Informe Nº 376-2011-MTC/12.07, emitidos por las areas competentes de la Direccion General de Aeronautica Civil y que forman parte de la presente Resolucion Directoral, conforme a lo dispuesto en el articulo 6° numeral 2) de la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; se considera pertinente atender lo solicitado al haber cumplido la recurrente con lo establecido en la Ley N° 27261 - Ley de Aeronautica Civil, su Reglamento; y, demas disposiciones legales vigentes; Que, segun lo establecido en el Articulo 176º del Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, procede otorgar la Renovacion del permiso de operacion cuando la empresa acredite que mantiene las capacidades necesarias para la realizacion de sus operaciones y que fueron sustento para el otorgamiento del permiso que solicita renovar; Que, en aplicacion del Articulo 9º, Literal g) de la Ley Nº 27261, "la Direccion General de Aeronautica Civil es competente para otorgar, modificar, suspender o revocar los Permisos de Operacion y Permisos de Vuelo", resolviendo el presente procedimiento mediante la expedicion de la Resolucion Directoral respectiva; Que, la Administracion, en aplicacion del MORDAZA de presuncion de veracidad, acepta las declaraciones juradas y la MORDAZA de documentos por parte del interesado, tomandolos por ciertos, verificando posteriormente la validez de los mismos, conforme lo dispone la Ley N° 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General; Estando a lo dispuesto por la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil; su Reglamento aprobado por Decreto

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