Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2012 (17/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 58

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2012

EL MORDAZA DE MORDAZA DE SURCO: VISTO: El Memorando Nº 25-2012-GAF-MSS de la Gerencia de Administracion y Finanzas, los Informes Nros. 453-2011 y 004-2012-SGCTD-GDHE-MSS, de la Subgerencia de Cultura, Turismo y Deporte y el Informe Nº 021-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre la modificacion del Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE); y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Nº 611-2011-RASS del 16.06.2011, se aprobo el Texto Unico de Servicios No Exclusivos (TUSNE), MORDAZA que consolida los servicios no exclusivos prestados por la Municipalidad, estableciendo los requisitos y costos de dichos servicios, calculados luego de la evaluacion de diferentes criterios para determinar los consumos de recursos que cada prestacion requiere y la realizacion de la investigacion de MORDAZA correspondiente; Mediante Memorando Nº 25-2012-GAF-MSS de fecha 04.01.12, la Gerencia de Administracion y Finanzas, adjuntando los Informes Nros. 453-2011 y 004-2012SGCTD-GDHE-MSS, de la Subgerencia de Cultura, Turismo y Deporte, solicita la modificacion del TUSNE Texto Unico de Servicios no Exclusivos de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, la Gerencia de Administracion y Finanzas, agrega que la actualizacion del TUSNE es un MORDAZA dinamico y oportuno, es decir debe actualizarse en el momento que se requiera asi como tambien utilizar adecuados medios para su difusion, por lo que consolida la propuesta de modificacion al TUSNE solicitado por la Subgerencia de Cultura, Turismo y Deporte; Que, mediante el Informe Nº 021-2011-GAJ-MSS del 09.01.2011, la Gerencia de Asesoria Juridica informa que de los antecedentes se aprecia que mediante los Informes Nros. 453-2011 y 004-2012-SGCTD-.GDHEMSS, de la Subgerencia de Cultura, Turismo y Deporte informo que resultaba necesario aplicar el descuento deI 15% en el Programa de Deportes, a los vecinos VSP en el horario diurno a fin de promover la afluencia de usuarios a los indicados servicios, asimismo solicita la incorporacion del Servicio de Academia Municipal de Futbol - Temporada MORDAZA, que no se encuentra en el Tarifario; Que, la Gerencia de Asesoria Juridica agrega, que el ultimo parrafo del Articulo 37º de la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General, senala: "Para aquellos servicios que no MORDAZA prestados en exclusividad, las entidades a traves de Resolucion del Titular del Pliego estableceran los requisitos y costos correspondientes a los mismos, los cuales deberan ser debidamente difundidos para que MORDAZA de publico conocimiento" y siendo que el Texto Unico de Servicios No Exclusivos, aprobado mediante Resolucion Nº 611-2011 -RASS del 16.06.11, un documento recopilador que consolida todos los servicios que no son prestados en exclusividad por la Municipalidad y estando la propuesta presentada por la Gerencia de Administracion y Finanzas, opina que resulta procedente efectuar su modificacion, en los terminos que se indica para lo cual debera emitirse la Resolucion de Alcaldia correspondiente; Estando al Informe Nº 021-2012-GAJ-MSS de la Gerencia de Asesoria Juridica y en uso de las facultades que confiere el inciso 6) del Articulo 20º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR la modificacion en el Texto Unico de Servicios No Exclusivos de la Municipalidad de MORDAZA de MORDAZA aprobado con Resolucion Nº 6112011-RASS, en relacion a los servicios brindados en la Academia Municipal de Futbol ­ Temporada de MORDAZA (a partir de categoria 99) y Academia Municipal de Tenis ­ Temporadas de MORDAZA e Invierno (hasta los 17 anos), conforme al Anexo I que forma parte integrante de la presente Resolucion. MORDAZA que entra en vigencia, el mismo dia de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano.

Articulo Segundo.- DISPONER la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano. La publicacion del Anexo de la presente Resolucion sera publicada en el MORDAZA electronico www.munisurgo.gob. pe de la Municipal Distrital de MORDAZA de MORDAZA, en la misma fecha de la publicacion oficial, para su debida difusion, conforme lo dispone el Articulo 9º del D.S. Nº 001-2009-JUS. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a Gerencia de Administracion y Finanzas y Gerencia de Tecnologias de la Informacion el cumplimiento de la presente Resolucion. Registrese, comuniquese, y cumplase. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 753595-1

PROVINCIAS MUNICIPALIDAD DE LA MORDAZA
Establecen Beneficio Excepcional de Regularizacion a favor de contribuyentes que registran deuda vencida por obligaciones tributarias y que se encuentran en cobranza ordinaria o coactiva
ORDENANZA Nº 003-2012-MDLP La MORDAZA, 10 de febrero del 2012 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LA MORDAZA Visto: en Sesion Ordinaria de Concejo de fecha, 10 de febrero del 2012, el Dictamen Comision Ordinaria de Administracion, Economia y Presupuesto, sobre el Proyecto de Ordenanza respecto a establecer el Beneficio Excepcional de Regularizacion Tributaria; y, CONSIDERANDO: Que, conforme al Articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru, establece que las municipalidades provinciales y distritales son organos de Gobierno Local. Tienen autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, correspondiendo al Concejo Municipal, la funcion normativa a traves de Ordenanzas, las que tienen rango de Ley, conforme al numeral 4) del Articulo 200º de nuestra Carta Magna; Que, el Articulo 74º de la Constitucion Politica del Peru, en concordancia con la MORDAZA IV del Titulo Preliminar del T.U.O. del Codigo Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 135-99/EF, otorga a los gobiernos locales potestad tributaria para crear, modificar y suprimir contribuciones, tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, y exonerar de ellos, dentro de su jurisdiccion y con los limites que senala la Ley; Que, el Articulo 60º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Tributacion Municipal establece que, los gobiernos locales no tienen limitacion alguna para exonerar, modificar o suprimir arbitrios que se encuentren bajo su administracion; Es importante tener en cuenta que, ante un escenario economico mundial incierto (recesion) se hace necesario otorgar a nuestros contribuyentes las mayores facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, por cuanto, ante un posible deterioro de la economia internacional nuestro MORDAZA y por ende los hogares Perlenos se veran afectados, incidiendo negativamente dicha situacion en el cumplimiento del pago de sus tributos; Que, es politica de la actual administracion municipal aprobar medidas que MORDAZA posible el cumplimiento de

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