Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2012 (17/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2012

Precisan entrada en vigencia de la Ordenanza Nº 301-MDL que aprobo Monto por Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y Distribucion a domicilio para el Ano 2012
DECRETO DE ALCALDIA N° 002 -2012-ALC-MDL Lince, 24 Enero de 2012 EL MORDAZA DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LINCE VISTOS: El Informe Nº 046 - 2012-MDL-OAJ de fecha 20 de Enero de 2012, remitido por la Oficina de Asesoria Juridica; y, CONSIDERANDO: Que, la Constitucion Politica del Estado en su Articulo 74º y 194º reconocen a los Gobiernos Locales autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, concordante con lo establecido en el Articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades; Que, por Ordenanza N° 301-MDL, de fecha 28 de Noviembre de 2011 se aprobo la "ORDENANZA QUE APRUEBA EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE IMPUESTOS Y DISTRIBUCION A DOMICILIO PARA EL ANO 2012"; Que, la Primera Disposicion Transitoria y Final de la Ordenanza descrita precedentemente, faculta al MORDAZA de la Municipalidad de Lince para que, mediante Decreto de Alcaldia, dicte las disposiciones complementarias necesarias para la adecuada aplicacion de la indicada Ordenanza; Que, mediante el documento del Vistos; la Oficina de Asesoria Juridica, en cumplimiento a lo establecido en la Ordenanza Nº 1533-MML y Requerimiento Nº 004-07800000676 remitido con Oficio Nº 004-090-00007282 del Servicio de Administracion Tributaria - SAT, precisa que la Ordenanza Nº 301-MDL que aprueba "EL MONTO POR DERECHO DE EMISION MECANIZADA DE ACTUALIZACION DE VALORES, DETERMINACION DE IMPUESTOS Y DISTRIBUCION A DOMICILIO PARA EL ANO 2012"; entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion y del Acuerdo del Concejo Metropolitano que la ratifique. Que, estando a lo expuesto y conforme a las atribuciones conferidas por el Numeral 6) del articulo 20º de la Ley 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades DECRETA: Articulo Primero.- DE LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 301-MDL.La Ordenanza Nº 301-MDL "Ordenanza que aprueba el Monto por Derecho de Emision Mecanizada de Actualizacion de Valores, Determinacion de Impuestos y Distribucion a domicilio para el Ano 2012"; entrara en vigencia al dia siguiente de su publicacion, previa publicacion del texto integro de la Ordenanza, del Informe Tecnico, de la Estructura de Costos, del Cuadro de Estimacion de Ingresos y del Acuerdo del Concejo Metropolitano que la ratifique. Articulo Segundo.- DEL CUMPLIMIENTO DEL DECRETO DE ALCALDIA.Encarguese a la Oficina de Administracion Tributaria, Oficina de Administracion y Finanzas, Oficina de Tecnologia de Informacion y MORDAZA y a la Oficina de Imagen Institucional, el cumplimiento del presente Decreto de Alcaldia. Registrese, comuniquese y cumplase MORDAZA MORDAZA LAINES MORDAZA 752871-2

MUNICIPALIDAD DE PUNTA MORDAZA
Aprueban Plan de Manejo de Residuos Solidos del distrito de Punta MORDAZA
ORDENANZA Nº 214-2012-MDPH Punta MORDAZA, 23 de enero de 2012 EL MORDAZA DEL DISTRITO DE PUNTA MORDAZA POR CUANTO EL CONCEJO MUNICIPAL DEL DISTRITO DE PUNTA MORDAZA VISTO: en Sesion Ordinaria de la fecha, el Proveido Nº 009-2012/MDPH-DSC y el Informe Nº 006-2012/MDPHOAJ, Relacionado a la Implementacion del Programa de Segregacion en la Fuente como parte del MORDAZA de Recoleccion de Residuos Solidos Domiciliarios, con el MORDAZA UNANIME de los senores Regidores y con dispensa del tramite de Lectura y Aprobacion de Acta; y, CONSIDERANDO: Que, el Art. 194º de la Constitucion Politica del Peru modificado por la ley Nº 27680, establece que las municipalidades son organos de Gobierno Local, con autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia. Concordado con lo establecido en el articulo II del titulo preliminar de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, que agrega que dicha autonomia radica en ejercer actos de gobierno, administrativos y de administracion con sujecion al ordenamiento juridico, por lo que estan sujetos a las leyes y disposiciones que, de manera general y de conformidad a la Constitucion Politica del Peru, regula las actividades y funcionamiento del Sector Publico, asi como a las normas tecnicas referidas a los sistemas administrativos del Estado que por su naturaleza son de observancia y cumplimiento obligatorio; Que, los numerales 4.1 y 4.5 del articulo 80º de la Ley Nº 27972 MORDAZA citada, establecen que las Municipalidades administran y reglamentan el servicio de limpieza publica y tratamiento de residuos solidos, entre otros cuando esten en capacidad de hacerlo; Que, por su parte el articulo 67º de la Ley General del Ambiente Nº 28611 dispone que corresponde a los gobiernos locales, priorizar medidas de saneamiento basico que incluyan la gestion y manejo, entre otros de los residuos solidos, conforme lo prescribe el articulo 14º y siguientes de la misma MORDAZA, el Sistema de Gestion Ambiental esta constituido sobre la base de organismos estatales, asi como por organismos publicos descentralizados e instituciones Publicas a nivel local, e integra los sistemas sectoriales regionales orientados a la ejecucion de la politica ambiental instrumentos de gestion ambiental, como los de planificacion y prevencion; Que, segun el articulo 10º de la Ley General de Residuos Solidos Nº 27314 modificado por el Decreto Legislativo Nº 1065 los distritos responsables por la prestacion de los servicios de recoleccion y transporte de los residuos solidos y de la limpieza publica de vias, espacios y monumentos publicos en su jurisdiccion y deben de contar con los planes de manejo de los mismos; asimismo, agrega el numeral 2 del articulo 8º de su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo Nº 057-2004-PCM que la Municipalidad Distrital es responsable por la gestion y manejo de los residuos de origen domiciliarios, comercial y de aquellos similares estos originados por otras actividades y que corresponden a estas municipalidades, entre otras, asegurar una adecuada prestacion del servicio de limpieza, recoleccion y transporte de residuos en su jurisdiccion, debiendo garantizar su adecuada disposicion final; Que, el literal c) del articulo 4º de la Ley Nº29419 Ley que regula la Actividad de los Reciclados, establece

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