Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2012 (17/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 44

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CAPITULO II

NORMAS LEGALES

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2012

REGISTRO MUNICIPAL DE OPERADORES AUTORIZADOS PARA LA RECOLECCION SELECTIVA DE RESIDUOS SOLIDOS DIRIGIDO A PERSONAS NATURALES Para la recoleccion selectiva de Residuos Solidos en el MORDAZA de la presente Ordenanza, los recicladores que operan como persona natural deben pertenecer a una organizacion con personeria juridica reconocida por la Municipalidad, de acuerdo al Art. 9º de la presente Ordenanza. Articulo 11º La municipalidad por intermedio de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente creara un registro municipal conteniendo las fichas censales de los recicladores y las constancias de inscripcion a este registro. Articulo 12º Cada miembro de una asociacion debera realizar el tramite personal de inscripcion en el Registro Municipal de Operadores Autorizados para la Recoleccion Selectiva de Residuos Solidos, presentando los siguientes requisitos: 1. Solicitud dirigida a la MORDAZA de la Municipalidad de Carabayllo indicando nombres y apellidos, DNI, domicilio real, asociacion de recicladores a la que pertenece y recibo de pago de derecho de inscripcion. 2. Haber cursado un programa de capacitacion dirigido a recicladores, llevado a cabo en alguna entidad educativa o similar con las capacidades tecnicas respectivas. 3. MORDAZA simple de la cartilla de vacunacion contra el Tetanos (la vacunacion es gratuita en los Centros de Salud, segun el Art. 37º del D.S. 005-2010-MINAM). 4. MORDAZA simple del carnet de socio de la asociacion a la que pertenece o MORDAZA de registro a esta asociacion. 5. La Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente expedira la respectiva Autorizacion en un plazo MORDAZA de 15 dias habiles. 6. El reciclador que opera como persona natural, ademas debe cumplir con las Ordenanzas vigentes sobre materia comercial, desde que ejerce una actividad con fines empresariales. 7. Para comenzar a operar, debe darse en simultaneo el cumplimiento de los puntos 6 y 7 del presente articulo. Articulo 13º La renovacion de la inscripcion es cada dos anos, debiendo presentar los mismos requisitos a excepcion del certificado de capacitacion. CAPITULO III REGISTRO MUNICIPAL DE EMPRESAS COMERCIALIZADORAS DE RESIDUOS SOLIDOS (EC-RS) ­ PERSONAS JURIDICAS La Municipalidad por intermedio de la Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente creara un registro municipal conteniendo las solicitudes, documentacion y las respectivas constancias de inscripcion en el Registro Municipal de cada empresa. Articulo 14º Toda EC-RS debera realizar el tramite de inscripcion en el Registro Municipal de Empresas Comercializadoras de Residuos Solidos (EC-RS) autorizadas, presentando los siguientes requisitos: 1. Solicitud de inscripcion dirigida al MORDAZA indicando Nº y fecha de Emision de Licencia de Funcionamiento y Certificado de Conformidad Ambiental Vigentes 2. MORDAZA simple de la Escritura de Constitucion de la empresa ante la SUNARP 3. MORDAZA simple del Registro como Empresa Comercializadora de Residuos Solidos (EC-RS) ante DIGESA. 4. La EC-RS, ademas debe cumplir con las Ordenanzas vigentes sobre materia comercial, desde que se ejerce una actividad con fines empresariales. 5. La Gerencia de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente procedera a la Emision de la MORDAZA

de Inscripcion en el Registro Municipal de Empresas Comercializadoras de Residuos Solidos (EC-RS) autorizadas, en un plazo de 15 dias utiles. 6. Para comenzar a operar, debe darse en simultaneo el cumplimiento de los puntos 5 y 6 del presente articulo. Articulo 15º La renovacion de la inscripcion es cada dos anos, debiendo presentar los mismos requisitos. Articulo 16º Requisitos tecnicos adicionales para Recicladores que operan como persona juridica Las personas juridicas (EPS-RS y EC-RS) adecuaran su funcionamiento de acuerdo a lo establecido en la MORDAZA Disposicion Transitoria de Ley General de Residuos Solidos Nº 27314. Ademas deberan cumplir con: 1. Participar de la elaboracion, diseno e implementacion del Plan Tecnico Operativo para la recoleccion de residuos solidos. 2. Registrarse en el Programa de Formalizacion de Recicladores, siendo previo su reconocimiento como EPS-RS o EC-RS. 3. Remitir a la municipalidad un reporte mensual indicando la cantidad de residuos solidos recuperados para su reaprovechamiento, tratamiento y/o comercializacion. 4. Remitir a la Municipalidad la relacion de los vehiculos que haran el transporte de residuos solidos, los cuales deberan estar debidamente rotulados con los datos de la empresa. 5. Garantizar que sus operarios utilicen en forma adecuada sus implementos y equipos requeridos (guantes de cuero, mascarillas, lentes, botas de seguridad) 6. Garantizar que sus operarios reciban el total de dosis de vacunacion establecidas en el programa respectivo Articulo 17º De la promocion de asociaciones de recicladores a la categoria de Empresas Prestadoras de Servicios de Residuos Solidos El articulo 6º de la Ley Nº 29419, establece que los gobiernos locales, en el MORDAZA de sus atribuciones legales, promoveran la formacion de asociaciones de recicladores y su conversion en pequenas y microempresas EPS-RS y EC-RS, especializadas en la recoleccion para el reciclaje y la comercializacion de residuos solidos. CAPITULO IV OTROS ASPECTOS TECNICOS Articulo 18º Incentivos por la Segregacion en Fuente Se creara el Programa de Incentivos por segregacion en la fuente, los cuales pueden incluir compensacion a los contribuyentes a traves de la reduccion del pago de tarifas o la entrega de servicios a menos costo o de forma gratuita, o como parte de programas de certificacion ambiental de empresas o instituciones en general. Los recicladores organizados son parte de este Programa. Articulo19º Lugares destinados a la Segregacion La Municipalidad de Carabayllo autorizara los locales de segregacion en donde los recicladores organizados puedan segregar y/o acopiar los residuos reutilizables para su comercializacion, de acuerdo a lo establecido en la presente ordenanza y en concordancia con la zonificacion correspondiente. Se propone autorizar la licencia de funcionamiento en zonas calificadas como en zonas industriales (I2, I3), debido a que los modulos viales en estas zonificaciones son apropiadas para el estacionamiento de vehiculos usados en el transporte del material reciclado. En zonificaciones tales como Comercio Zonal y Vivienda Taller, se recomienda que estos locales MORDAZA temporalmente aprobados previa inspeccion ambiental del predio a fin de que no atente en contra del entorno urbano. Esta aprobacion tendra un plazo MORDAZA de un (01) ano a partir de la fecha de publicacion de la presente Ordenanza y no sera renovable por ningun motivo. Articulo 20º Programas Beneficios para Recicladores de Capacitacion y

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