Norma Legal Oficial del día 17 de febrero del año 2012 (17/02/2012)


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TEXTO DE LA PÁGINA 53

El Peruano MORDAZA, viernes 17 de febrero de 2012

NORMAS LEGALES

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que los gobiernos locales provinciales y distritales deben encargarse de establecer las politicas y medidas destinadas a la gestion ecologicamente eficiente de los residuos solidos en su respectiva jurisdiccion; Que, en ese sentido la Gerencia de Servicios Comunales remite el Proveido de Vistos, presentando el Plan de manejo de Residuos Solidos en el Distrito de Punta MORDAZA, el cual segun sostiene ha sido elaborado en cumplimiento de metas establecidas en el Programa de Modernizacion Municipal y Plan de Incentivos a la mejora de la Gestion Municipal; Que, con la finalidad de garantizar la gestion integral y manejo sostenible de los residuos solidos y contribuir a la mejora de la calidad ambiental en esta jurisdiccion distrital, asi como lograr el adecuado manejo de los residuos solidos, es necesario contar con el Plan de Manejo de Residuos Solidos, que partiendo del diagnostico de las situacion de residuos solidos, establezcan objetivos, estrategias y metas necesarias, para el corto, mediano y largo plazo que permitan asegurar una eficiente y eficaz prestacion de servicios de limpieza publica, desde la generacion hasta la disposicion final de residuos solidos; Estando a lo expuesto, de conformidad con los Articulos 9º numerales 8), 9), 39º y 40º de la Ley Nº 27972 ­ Ley Organica de Municipalidades; luego del debate correspondiente y con dispensa del tramite de lectura y aprobacion de acta, aprobo por UNANIMIDAD la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PLAN DE MANEJO DE RESIDUOS SOLIDOS DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUNTA MORDAZA Articulo Primero.- APROBAR el Plan de Manejo de Residuos Solidos del Distrito de Punta MORDAZA, el mismo que como anexo forma parte integrante de la presente Ordenanza. Articulo Segundo.- DEJAR sin efecto toda que se oponga a lo dispuesto en la presente Ordenanza. Articulo Tercero.- AUTORIZAR al Senor MORDAZA para que mediante Decreto de Alcaldia apruebe el Programa de Segregacion en la Fuente, como parte del MORDAZA de recoleccion de residuos solidos domiciliarios. Articulo Cuarto.- ENCARGAR a la Gerencia de Servicios Comunales el Cumplimiento del Plan referido en el articulo primero, con la participacion de las demas Gerencias de la Municipalidad. Articulo Quinto.- DISPONER la publicacion de la presente Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano, en la Pagina Web de la Municipalidad de Punta MORDAZA (www. munipuntahermosa.gob.pe) y en el MORDAZA de Servicios al Ciudadano y Empresas PSCE (www.servicioalciudadano. gob.pe) el integro de la Ordenanza. POR TANTO: Mando que se registre, publique, comunique y cumpla. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 753549-1

VISTOS, en la II-2012 Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 31 de enero de 2012, el Dictamen Nº 0032012-MSB-CAL de la Comision de Asuntos Legales, el Informe N° 004-2012-MSB-GM-GDCCT de la Gerencia de Desarrollo de la MORDAZA y Cooperacion Tecnica y el Informe N° 73-2012-MSB-GAJ de la Gerencia de Asesoria Juridica, sobre el procedimiento de separacion de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA, de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este. CONSIDERANDO: Que, el articulo 194º de la Constitucion Politica del Peru en concordancia con el articulo II del Titulo Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, establece que las Municipalidades son organos de gobierno local que gozan de autonomia politica, economica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujecion al ordenamiento juridico. Que, mediante Ley N° 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, se establece el MORDAZA juridico para el desarrollo de las relaciones entre municipalidades, previstas en el articulo 124° de la Ley N° 27972, Ley Organica de Municipalidades, a fin de promover la creacion de Mancomunidades Municipales orientadas a la prestacion conjunta de servicios o ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos. Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 2º de la Ley Nº 29029, Ley de la Mancomunidad Municipal, la mancomunidad municipal es un organismo con personeria juridica de derecho publico, constituido a partir del acuerdo voluntario de dos o mas municipalidades, colindantes o no, que se unen para la prestacion conjunta de servicios y la ejecucion de obras, promoviendo el desarrollo local, la participacion ciudadana y el mejoramiento de la calidad de los servicios a los ciudadanos, en el MORDAZA de las competencias y funciones previstas en la Ley Nº 27972, Ley Organica de Municipalidades, que le MORDAZA delegadas; Que, el articulo 5° de la Ley N° 29029, modificada por la Ley N° 29341, establece que la voluntad de constituir una mancomunidad y su estatuto, se aprueban por Ordenanza que emiten las municipalidades intervinientes, sustentadas en los Informes Tecnicos que den viabilidad a su creacion; Que, mediante Ordenanza N° 460-MSB de fecha 21.07.2011 el Concejo Municipal de San MORDAZA aprobo la Ordenanza que aprueba la Constitucion y el Estatuto de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este, la misma que se encuentra integrada por las Municipalidades Distritales de La MORDAZA, Cieneguilla, El MORDAZA, San MORDAZA y San MORDAZA, en la Provincia de MORDAZA y Departamento de Lima; Que, asimismo, la Municipalidad de San MORDAZA ha sido invitada a formar parte de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Centro, conjuntamente con las Municipalidades de los distritos de Barranco, MORDAZA MORDAZA, La MORDAZA, Lince, MORDAZA MORDAZA, Miraflores, Pueblo Libre, San MORDAZA, MORDAZA de MORDAZA, San MORDAZA y Surquillo, habiendo participado de reuniones de trabajo previas a la formalizacion de su constitucion ante el Registro de Mancomunidades de la Presidencia del Consejo de Ministros; Que, de acuerdo al Dictamen N° 003-2012-MSB-CAL de la Comision de Asuntos Legales, mediante Informe N° 004-2012-MSB-GM-GDCCT de fecha 10.01.2012, la Gerencia de Desarrollo de la MORDAZA y Cooperacion Tecnica, luego de la revision de los objetos de interes de las Mancomunidades de MORDAZA Este y MORDAZA Centro, en el caso de la Municipalidad de San MORDAZA, se concluye que los objetos de las Mancomunidades del Este asi como de MORDAZA Centro, son similares, lo cual se MORDAZA de lo dispuesto en el articulo 10° del Reglamento de la Ley N° 29029, Ley de Mancomunidad Municipal, modificada por la Ley N° 29341, que dispone que "una municipalidad puede participar en mas de una mancomunidad municipal, siempre que su objeto sea diferente, el mismo que se desarrollara en correspondencia a las funciones y competencia de orden local", de lo cual se colige que solo se podria integrar una de ellas conforme lo dispuesto en la MORDAZA acotada;

MUNICIPALIDAD DE SAN MORDAZA
Aprueban separacion de la Municipalidad Distrital de San MORDAZA de la Mancomunidad Municipal MORDAZA Este
ORDENANZA N° 477-MSB San MORDAZA, 31 de enero de 2012. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN MORDAZA

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