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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2012 (04/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 61

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de julio de 2012 469967 Directiva Nº 005-2010-EF/76.01, “Directiva para la Ejecución Presupuestaria 2011”, aprobada con Resolución Directoral Nº 030-2010-EF/76.01, y de la normatividad aplicable vigente, a efectos de cofi nanciar los proyectos mencionados en los artículos primero y segundo; previa entrega de los Convenios suscritos entre el Gobierno Regional y las Municipalidades. Artículo Cuarto.- ENCÁRGUESE bajo responsabilidad a la Gerencia General del Gobierno Regional Junín, el monitoreo, seguimiento y cumplimiento de los fi nes, metas físicas y fi nancieras para los cuales son entregados los recursos del Gobierno Regional Junín a las Municipalidades. Artículo Quinto.- AUTORIZAR a la Secretaría Ejecutiva del Consejo Regional la publicación de la presente norma regional en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. SAÚL ARCOS GALVÁN Consejero Delegado Consejo Regional 808377-1 FE DE ERRATAS ACUERDO REGIONAL N° 179-2012-GRJ/CR. Mediante Ofi cio N° 386-2012-GRJ-CR/D, el Gobierno Regional Junín solicita se publique Fe de Erratas del Acuerdo Regional Nº 179-2012-GRJ/CR, publicado en la edición del 23 de junio de 2012. DICE: Artículo Primero.- APROBAR la transferencia fi nanciera del Gobierno Regional Junín a favor de las Municipalidades Distritales de Sicaya y Orcotuna, y a la Municipalidad Provincial de Jauja (…). DEBE DECIR: Artículo Primero.- APROBAR la transferencia fi nanciera del Gobierno Regional Junín a favor de las Municipalidades Distritales de Sicaya y Orcotuna, y a la Municipalidad Provincial de Junín (…). 808378-1 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD DE LOS OLIVOS Dan por concluida encargatura y encargan funciones de Auxiliar Coactivo (e) RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 239-2012 Los Olivos, 19 de junio de 2012 VISTOS: El Memorándum Nº 00155-2012-MDLO/ GM de la Gerencia Municipal contenido en el F.U.T. Nº I-0012491-2012; y, CONSIDERANDO: Que, con Resolución de Alcaldía Nº 198-2012 de fecha 24 de Mayo de 2012, se encargó al Abog. Gregorio Flores Pampa el cargo de Auxiliar Coactivo (e), desde el 25 de Mayo de 2012 hasta el 29 de junio de 2012, tal como se especifi ca; Que, con Memorándum Nº 00155-2012-MDLO/GM la Gerencia Municipal solicita se emita Resolución de Alcaldía que encargue funciones por licencia sin goce de remuneraciones de Auxiliar Coactivo al Sr. Gregorio Flores Pampa, acorde a los fundamentos que expone; Que, el encargo es temporal, excepcional y fundamentado, procediendo solo en ausencia del titular, para el desempeño de funciones de responsabilidad, conforme lo establece el artículo 82º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Bases de la carrera Administrativa. En el presente caso se hace necesario ejecutar las acciones administrativas de encargo conforme a la propuesta de la Gerencia Municipal; Estando a lo Informado y en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Art. 20º inciso 6). de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DAR POR CONCLUIDA, a partir del 20 de junio de 2012, la encargatura al ABOG. GREGORIO FLORES PAMPA del cargo de AUXILIAR COACTIVO (e), conferido con Resolución de Alcaldía Nº 198-2012, de fecha 24 de Mayo de 2012; conforme a los fundamentos esgrimidos en la presente. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a partir del 20 de junio de 2012, al SR. ALEXANDER RUBEN LICAS JAVIER el cargo de AUXILIAR COACTIVO (e); conforme a los fundamentos esgrimidos en la presente. Artículo Tercero.- HACER DE CONOCIMIENTO de lo dispuesto en la presente a la GERENCIA MUNICIPAL, GERENCIA DE RENTAS, GERENCIA DE ASESORÍA JURÍDICA y a la SUB GERENCIA DE RECURSOS HUMANOS para los fi nes de su competencia funcional. Artículo Cuarto.- ORDENAR a la SECRETARÍA GENERAL la publicación de la presente en el Diario Ofi cial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. FELIPE B. CASTILLO ALFARO Alcalde 808971-1 MUNICIPALIDAD DE LURIN Otorgan beneficios para el pago de multas administrativas por carecer de licencia de construcción ORDENANZA MUNICIPAL N° 243/ML Lurín, 19 de junio de 2012 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE LURIN POR CUANTO: El Concejo Municipal del Distrito de Lurín, visto en Sesión Ordinaria de fecha 18.06.12, el informe Nº 0232-2012-GR/ML de la Gerencia de Rentas, referido al Proyecto de Ordenanza Municipal que otorga Benefi cios Extraordinarios para la Cancelación de Multas Administrativas no tributarias por carecer de Licencia de Construcción, y; CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo establecido en el Artículo 194° de la Constitución Política del Perú en concordancia con lo regulado en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia con sujeción al ordenamiento jurídico, asimismo corresponde al Concejo Municipal la función normativa que se materializa a través de Ordenanzas, las cuales tienen rango de ley de conformidad con lo establecido en el artículo 200° de la Constitución Política del Perú, y;