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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de julio de 2012 469952 CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA Aprueban “Formato de Evaluación” de la labor efectuada por los peritos judiciales inscritos en el Registro de Peritos Judiciales - REPEJ - de la Corte Superior de Justicia de Lima CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA PRESIDENCIA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 467-2012-P-CSJLI/PJ Lima, 15 de junio de 2012 VISTOS: La Resolución Administrativa Nº 609-CME-PJ, de fecha trece de abril de mil novecientos ochentiocho, la Resolución Administrativa Nº 821-2011-P-CSJL-PJ, de fecha diecinueve de octubre de dos mil once, la Resolución Administrativa Nº 226- 2012-P-CSJLI/PJ, de fecha treinta de marzo de dos mil doce, y el Ofi cio Nº 149-2012-ASJ- CSJLI/PJ de fecha veintiocho de mayo de dos mil doce; y CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Administrativa Nº 609- 98-CME-PJ de fecha 13 de abril de 1998, se instauró el Registro de Peritos Judiciales (REPEJ) en cada Distrito Judicial, el mismo que fuera reglamentado por Resolución Administrativa Nº 351-98-SE-TP-CME-PJ, con el fi n de convertirlo en un real y efectivo órgano de apoyo a la administración de justicia. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 821- 2011-P-CSJL-PJ, de fecha 19 de octubre de 2011, se dispuso convocar a los Colegios Profesionales de las diferentes especialidades, para el proceso de evaluación y selección de los especialistas y/o profesionales inscritos en el Registro de Peritos Judiciales de la Corte Superior de Justicia de Lima, que han cumplido dos años desde su inscripción o desde su última evaluación. Que, mediante Resolución Administrativa Nº 226- 2012-P-CSJLI/PJ, de fecha 30 de marzo de 2012 se dispuso aprobar la Nómina de Peritos Judiciales de las diferentes Especialidades para los Años 2012 y 2013, así como la Nómina de Peritos Judiciales para los años 2012 y 2013, en la especialidad de Contabilidad. Que, a través del Ofi cio Nº 149-2012-ASJ-CSJLI/PJ, de fecha 28 de mayo de 2012, la Coordinadora del Área de Servicios Judiciales hace de conocimiento el acuerdo 02 adoptado por la Comisión encargada de la conducción del proceso de Evaluación y Selección de Peritos Judiciales 2012-2013, respecto a la propuesta de aprobación de un “Formato de Evaluación”, con la fi nalidad que el Juez de la causa evalúe cada actuación pericial del profesional designado para elaborar Pericia en el proceso judicial que se tramita ante su Juzgado, lo que constituirá una herramienta para realizar el seguimiento de la labor efectuada por los peritos judiciales inscritos en el Registro de Peritos Judiciales-REPEJ- de esta Corte. Estando a las consideraciones anotadas y en uso de las atribuciones conferidas al Presidente de la Corte Superior de Justicia en los incisos 3) y 9) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; RESUELVE: Artículo Primero.- APROBAR el “Formato de Evaluación” de la labor efectuada por los peritos judiciales inscritos en el Registro de Peritos Judiciales –REPEJ- de la Corte Superior de Justicia de Lima, a través del cual se realizará el seguimiento por cada peritaje conforme al Formato que se adjunta a la presente resolución. Artículo Segundo.- DISPONER que el Juez de la causa en que se designe un Perito Judicial, realizará la evaluación de dicho profesional a través del “Formato de Evaluación” debiendo colocar su sello y fi rma, así como del Especialista Legal, y entregar mensualmente el/los formatos que hubiese llenado, en custodia al Administrador del Módulo o de cada Sede, quien se responsabilizará por su conservación, debiendo remitirlos al Área de Servicios Judiciales los últimos días del mes de diciembre de cada año, salvo disposición en contrario. El Área de Servicios Judiciales, a través del REPEJ pondrá esta información oportunamente en conocimiento de la Comisión que para cada Año Judicial se encargue del proceso de revalidación de los peritos inscritos en el REPEJ de la Corte Superior de Justicia de Lima. Artículo Tercero.- Poner la presente Resolución en conocimiento del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General del Poder Judicial, de la Comisión Encargada de la Selección y Evaluación de Peritos Judiciales, de la Gerencia de Administración Distrital, de la Unidad de Servicios Judiciales y del Área de Servicios Judiciales y de los Administradores de los Módulos y Sedes a través de la Secretaría General para los fi nes pertinentes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. HECTOR ENRIQUE LAMA MORE Presidente de la Corte Superior de Justicia de Lima FE DE ERRATAS Se comunica a las entidades que conforman el Poder Legislativo, Poder Ejecutivo, Poder Judicial, Organismos constitucionales autónomos, Organismos Públicos, Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, que conforme a la Ley Nº 26889 y el Decreto Supremo Nº 025-99-PCM, para efecto de la publicación de Fe de Erratas de las Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación de Fe de Erratas deberá presentarse dentro de los 8 (ocho) días útiles siguientes a la publicación original. En caso contrario, la rectifi cación sólo procederá mediante la expedición de otra norma de rango equivalente o superior. 2. Sólo podrá publicarse una única Fe de Erratas por cada norma legal por lo que se recomienda revisar debidamente el dispositivo legal antes de remitir su solicitud de publicación de Fe de Erratas. 3. La Fe de Erratas señalará con precisión el fragmento pertinente de la versión publicada bajo el título “Dice” y a continuación la versión rectifi cada del mismo fragmento bajo el título “Debe Decir”; en tal sentido, de existir más de un error material, cada uno deberá seguir este orden antes de consignar el siguiente error a rectifi carse. 4. El archivo se adjuntará en un disquete, cd rom o USB con su contenido en formato Word o éste podrá ser remitido al correo electrónico normaslegales@editoraperu.com.pe LA DIRECCIÓN DIARIO OFICIAL