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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2012 (04/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 57

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de julio de 2012 469963 liquidación; asimismo, se precisó que la Cuarta Fiscalía Superior Penal, se hiciese cargo de los casos bajo la vigencia del Nuevo Código Procesal Penal; Que, a través de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1378-2010-MP-FN, de fecha 17 de agosto del 2010, se dispuso la conversión de la Primera Fiscalía Superior Penal de Liquidación del Cusco, en Primera Fiscalía Superior Penal de Apelaciones, la misma que se haría cargo de los procesos penales, apelaciones y recursos de queja tramitados con el Nuevo Código Procesal Penal signados con número par, mientras que los impares, serían de conocimiento de la Cuarta Fiscalía Superior Penal de Apelaciones; Que, por Resolución Administrativa N° 193-2012- CE-PJ, de fecha 21 de febrero del 2012, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, dispuso convertir la Sala Penal Liquidadora Permanente en Segunda Sala Penal de Apelaciones; Que, en el resolutivo antes mencionado, se precisa también, que la Sala de Apelaciones existente, se denominaría Primera Sala Penal de Apelaciones, lo que ha generado que la Segunda Fiscalía Superior Penal Liquidadora, quede sin competencia respecto a los órganos jurisdiccionales existentes; Que, de acuerdo a los reportes estadísticos e informáticos materia de revisión, es de advertirse que la Segunda Fiscalía Superior Penal Liquidadora del Cusco, actualmente carece de carga fi scal; por lo que corresponde adoptar las medidas pertinentes a efectos que en el Distrito Judicial del Cusco, se brinde un servicio fi scal efi ciente y oportuno; Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N°052—Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Convertir la Segunda Fiscalía Superior Penal de Liquidación del Cusco, en Fiscalía Superior de Apelaciones, siendo su nueva denominación Segunda Fiscalía Superior de Apelaciones, la misma que conocerá los procesos penales, apelaciones y recursos de queja tramitados con el Nuevo Código Procesal Penal en el Distrito Judicial del Cusco. Artículo Segundo.- Disponer que la Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del Cusco, conforme a lo establecido en el artículo 77, literal g del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 067-2009-MP-FN, de fecha 23 de enero de 2009, adopte las medidas destinadas a regular la carga procesal de la Primera, Segunda y Cuarta Fiscalías Superiores Penales de Apelaciones del Cusco, con la fi nalidad que se distribuya la carga equitativamente entre dichos Despachos. Artículo Tercero.- Dejar sin efecto el artículo segundo y tercero de la Resolución de la Fiscalía de la Nación N° 1378-2010-MP-FN, de fecha 17 de agosto del 2010, con la fi nalidad que se distribuya la carga de manera equitativa entre los Despachos de la Primera, Segunda y Cuarta Fiscalías Superiores Penales de Apelaciones del Cusco. Artículo Cuarto.- Hacer de conocimiento la presente resolución, al Presidente de la Corte Suprema de Justicia de la República, Presidente de la Corte Superior de Justicia del Distrito Judicial del Cusco, Presidente de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito Judicial del Cusco. Fiscal Superior Coordinador del Distrito Judicial de Cusco, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano, Ofi cina de Registro y Evaluación de Fiscales y al Equipo Técnico Institucional de Implementación del Nuevo Código Procesal Penal, para su conocimiento y fi nes pertinentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ ANTONIO PELÁEZ BARDALES Fiscal de la Nación 809477-8 SUPERINTENDENCIA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES Autorizan a CREDINKA S.A. la apertura de oficinas especiales móviles y la conversión de oficinas especiales móviles a agencias en los departamentos de Apurímac, Arequipa, Puno y Cusco RESOLUCIÓN SBS Nº 3624-2012 Lima, 19 de junio de 2012 EL INTENDENTE GENERAL DE MICROFINANZAS VISTA: La solicitud presentada por la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A., para que se le autorice la apertura de tres (03) ofi cinas especiales móviles ubicadas en los departamentos de Arequipa, Apurímac y Puno; y, la conversión de tres (03) ofi cinas especiales móviles a agencias en los departamentos de Apurímac y Cusco; CONSIDERANDO: Que, la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A. ha cumplido con presentar la documentación pertinente; Estando a lo informado por el Departamento de Supervisión Microfi nanciera “D”; y, De conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 26702 - Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros y el Reglamento de Apertura, conversión, traslado o cierre de ofi cinas, uso de locales compartidos, cajeros automáticos y cajeros corresponsales, aprobado mediante Resolución Nº 775-2008 y modifi catorias; y, en uso de las facultades delegadas mediante Resolución SBS Nº 12883-2009; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A., la apertura de tres (03) ofi cinas especiales móviles en: i) el distrito de Chalhuanca, provincia de Aymaraes, departamento de Apurímac; ii) el distrito de Yanaquihua, provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa; y iii) el distrito de Orurillo, provincia de Melgar, departamento de Puno. Artículo Segundo.- Autorizar a la Caja Rural de Ahorro y Crédito CREDINKA S.A., la conversión de tres (03) ofi cinas especiales móviles a agencias, conforme el siguiente detalle: - Agencia Uripa: Localidad de Uripa, Lote 2, Manzana 13, Distrito de Anco-Huallo, Provincia de Chincheros, Departamento de Apurímac. -Agencia Chalhuahuacho: Calle Sausalmadel S/N, Distrito de Chalhuahuacho, Provincia de Cotabambas, Departamento de Apurímac. - Agencia Anta: Calle Jaquijahuana Nº 438, Distrito y Provincia de Anta, Departamento de Cusco. Regístrese, comuníquese y publíquese. DEMETRIO CASTRO ZÁRATE Intendente General de Microfi nanzas 808376-1