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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE JULIO DEL AÑO 2012 (04/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 45

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, miércoles 4 de julio de 2012 469951 CONSIDERANDO: Primero. Que mediante los mencionados documentos se remite a este Órgano de Gobierno los proyectos de Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz y Reglamento de Selección de Jueces de Paz, elaborados por la Oficina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz. Segundo. Que el Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz, dotará del mecanismo adecuado para la elección popular de los Jueces de Paz, que coadyuvará a legitimarlos en la solución de confl ictos y controversias conforme a los criterios propios de justicia de la comunidad. Tercero. Que, asimismo, el Reglamento de Selección de Jueces de Paz otorgará un mecanismo adecuado de acceso al cargo que supla eficientemente al proceso de elección popular de los Jueces de Paz, en el marco de transparencia e imparcialidad, promoviendo la participación mayoritaria de la población organizada. Cuarto. Que las propuestas presentadas se encuentran convenientemente estructuradas, respondiendo a las reales necesidades y objetivos de la elección popular y selección de Jueces de Paz acorde a lo establecido en el artículo 24º de la Ley Orgánica de Elecciones y artículo 8º de la Ley de Justicia de Paz. Por estos fundamentos; en mérito al Acuerdo Nº 424-2012 de la vigésima sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Vásquez Silva, Palacios Dextre y Chaparro Guerra, de conformidad con el informe del señor Chaparro Guerra. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar los siguientes Reglamentos: a) Reglamento de Elección Popular de Jueces de Paz, que contiene noventa y dos artículos, tres disposiciones transitorias, glosario de términos y cuatro anexos. b) Reglamento de Selección de Jueces de Paz, que contiene cincuenta y seis artículos, dos disposiciones transitorias y siete anexos. Artículo Segundo.- Disponer la publicación de los mencionados reglamentos en la página web del Poder Judicial (www.pj.gob.pe). Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Ofi cina Nacional de Procesos Electorales, Ofi cina Nacional de Apoyo a la Justicia de Paz, Cortes Superiores de Justicia del país, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente 809489-1 Aprueban Directiva “Procedimiento para la recuperación de horas por la paralización de labores del 22 de marzo y huelga nacional indefinida del 28 de marzo al 11 de abril y del 3 al 15 de mayo de 2012” RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 109-2012-CE-PJ Lima, 15 de junio de 2012 VISTO: El Ofi cio Nº 1362-2012-GG-PJ, cursado por la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que el Gerente General del Poder Judicial somete a consideración de este Órgano de Gobierno el proyecto de Directiva sobre “Procedimiento para la recuperación de horas por la paralización de labores del 22 de marzo y huelga nacional indefi nida del 28 de marzo al 11 de abril y del 3 al 15 de mayo de 2012”. Segundo. Que habiéndose producido la paralización de labores por trabajadores jurisdiccionales y administrativos del Poder Judicial los días 22, 28 de marzo hasta el 11 de abril y del 3 hasta el 15 de mayo del año en curso, con motivo de la huelga nacional indefi nida, resulta necesario establecer el procedimiento y oportunidad para la compensación de las horas dejadas de laborar. Tercero. Que en mérito al Acuerdo Sexto del Acta de Solución de fecha 14 de mayo del año en curso, suscrita por representantes de este Poder del Estado y el Comité Nacional de Lucha de la Federación Nacional de Trabajadores del Poder Judicial, es menester aprobar la correspondiente Directiva propuesta por la Gerencia General del Poder Judicial, la misma que será de aplicación y estricto cumplimiento de los trabajadores del Poder Judicial que suspendieron sus labores por motivo de paralización y posterior huelga nacional indefi nida. En consecuencia; en mérito al Acuerdo Nº 454- 2012 de la vigésima novena sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores San Martín Castro, Almenara Bryson, Walde Jáuregui, Vásquez Silva y Palacios Dextre, sin la intervención del señor Chaparro Guerra quien se encuentra de licencia, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82º del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Por unanimidad. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Aprobar la Directiva Nº 005-2012- CE-PJ denominada “Procedimiento para la recuperación de horas por la paralización de labores del 22 de marzo y huelga nacional indefi nida del 28 de marzo al 11 de abril y del 3 al 15 de mayo de 2012”, que en anexo adjunto forma parte de la presente resolución. Artículo Segundo.- La Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, las Ofi cinas Desconcentradas de Control de la Magistratura de las Cortes Superiores de Justicia y las Unidades Ejecutoras, adoptarán las acciones pertinentes para el cumplimiento de lo dispuesto precedentemente. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución a la Presidencia del Poder Judicial, Ofi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de las Cortes Superiores de Justicia del país, Gerencias de Administración Distrital de las Unidades Ejecutoras y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes pertinentes; Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. S. CÉSAR SAN MARTÍN CASTRO Presidente Nota.: La Directiva Nº 005-2012-CE-PJ denominada “Procedimiento para la recuperación de horas por la paralización de labores del 22 de marzo y huelga nacional indefi nida del 28 de marzo al 11 de abril y del 3 al 15 de mayo de 2012”, está publicada en el Portal de Internet del Poder Judicial, www.pj.gob.pe. 809489-2