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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 5 de julio de 2012 469993 De conformidad con lo dispuesto en la Decisión 515 de la Comunidad Andina de Naciones, el artículo 17° del Título V del Decreto Ley Nº 25902, el Decreto Legislativo Nº 1059 - Ley General de Sanidad Agraria, el Decreto Supremo N° 008-2005-AG - Reglamento de Organización y Funciones del SENASA y modifi catoria, el Decreto Supremo Nº 051-2000-AG Reglamento Zoosanitario de Importación y Exportación de Animales, productos y Subproductos de origen animal y con el visado de la Ofi cina de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Suspender por un período de ciento ochenta (180) días calendario la importación de las siguientes mercancías pecuarias procedentes de México: - Aves vivas - Huevos fértiles para incubación - Huevos libres de patógenos específi cos (SPF) - Otros productos de riesgo de estas especies capaces de transmitir o servir de vehículo al virus de Infl uenza Aviar. Artículo 2°.- Suspender por un período de ciento ochenta (180) días calendario la importación de las siguientes mercancías pecuarias procedentes de Chile: - Ovinos y caprinos vivos. - Semen de ovinos. - Otros productos de riesgo de estas especies capaces de transmitir o servir de vehículo de la enfermedad. Artículo 3°.- Quedan cancelados todos los Permisos Zoosanitarios para la Importación de los productos mencionados en los artículos 1º y 2º de la presente Resolución que hayan sido expedidos antes de la entrada en vigencia de la presente Resolución; excepto los permisos que amparan mercancías en tránsito con destino al Perú, las que para su internamiento estarán sujetas a inspección sanitaria y fi scalización posterior. Artículo 4º.- El plazo de la medida sanitaria contemplada en los artículos 1º y 2º de la presente Resolución, podrá ser reducido o ampliado en función a la información que reciba el SENASA sobre la situación sanitaria actualizada y a la verifi cación in situ, de ser necesario, de las condiciones epidemiológicas y los procedimientos sanitarios implementados por los Servicios Veterinarios Ofi ciales de México y Chile. Artículo 5°.- El SENASA, a través de la Dirección de Sanidad Animal, podrá adoptar las medidas sanitarias complementarias a fi n de garantizar el cumplimiento de la presente norma. Regístrese, comuníquese y publíquese. MIGUEL QUEVEDO VALLE Director General (e) Dirección de Sanidad Animal Servicio Nacional de Sanidad Agraria 810102-1 AMBIENTE Autorizan viaje de funcionaria para participar en evento a realizarse en Rumania y encargan funciones de la Dirección General de Diversidad Biológica RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 169-2012-MINAM Lima, 3 de julio de 2012 Visto, el Memorando Nº 191-2012-DGDB-DVMDERN- MINAM y la Ficha de Autorización de Viaje de 20 y 4 de junio de 2012, respectivamente, de la Dirección General de Diversidad Biológica; el Memorándum Nº 260-2012/ VMDERN/MINAM de 2 de julio de 2012, del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales; así como los Memorandos Nº 429 y Nº 465-2012-OPP-SG/ MINAM de 22 y 28 de junio de 2012, respectivamente, de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto del Ministerio del Ambiente; y, CONSIDERANDO: Que, mediante OF.RE (DGM-DMA) Nº 2-21-C/27 de 17 de mayo de 2012, la Subdirectora de Asuntos Ambientales Globales de la Dirección de Medio Ambiente del Ministerio de Relaciones Exteriores, remite al Ministerio del Ambiente – MINAM, la comunicación de la Secretaría de la Convención Ramsar, que contiene la invitación para la 11ª Reunión de la Conferencia de las Partes Contratantes en la Convención Ramsar sobre los Humedales (COP 11), que se llevará a cabo del 6 al 13 de julio de 2012, en la ciudad de Bucarest, Rumania; Que, mediante Ofi cio Nº 150-2012-VMDERN/MINAM de 7 de junio de 2012, el Viceministro de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales comunica al Ministerio de Relaciones Exteriores que la señora María Luisa Angélica Del Río Mispireta, Directora General (e) de la Dirección General de Diversidad Biológica, estará integrando la delegación peruana que participará en el citado evento; Que, el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, prohíbe los viajes al exterior de servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos, exceptuándose los viajes que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú; los mismos que deberán autorizarse mediante resolución del titular de la entidad; Que, la participación de la representante del Ministerio del Ambiente en la citada reunión internacional se encuentra enmarcada en la excepción establecida por el artículo 10º, numeral 10.1, inciso a), de la Ley Nº 29812, en razón a que ésta se efectuará para participar en las negociaciones internacionales sobre el tratamiento de los humedales; por lo que, resulta conveniente autorizar el viaje de la mencionada funcionaria, con cargo al presupuesto institucional; Que, con los Memorandos Nº 429 y Nº 465-2012-OPP- SG/MINAM de 22 y 28 de junio de 2012, respectivamente, la Directora de la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto emite el Certifi cado de Crédito Presupuestario, sobre disponibilidad de recursos en la Genérica de Gasto 2.3 - Bienes y Servicios, con cargo a la Fuente de Financiamiento Recursos Ordinarios del Ministerio del Ambiente; Con el visado del Viceministerio de Desarrollo Estratégico de los Recursos Naturales, la Secretaría General, la Ofi cina General de Administración, la Ofi cina de Planeamiento y Presupuesto, y la Ofi cina de Asesoría Jurídica; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que regula la autorización de viajes al exterior de los funcionarios y servidores públicos, la Ley Nº 29812 – Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, el Decreto Legislativo Nº 1013, Ley de Creación, Organización y Funciones del Ministerio del Ambiente, su Reglamento de Organización y Funciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 007-2008-MINAM; y, el Decreto Supremo Nº 047-2002- PCM, Reglamento de la Ley N° 27619. SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje de la señora María Luisa Angélica Del Río Mispireta, Directora General (e) de la Dirección General de Diversidad Biológica del Ministerio del Ambiente, a la ciudad de Bucarest - Rumania, del 5 al 14 de julio de 2012, para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente resolución serán con cargo al presupuesto del Ministerio del Ambiente, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes (Tarifa económica, incluido el TUUA) US $ 2,500.00 Viáticos (US $ 260 x 10 días) US $ 2,600.00 Artículo 3º.- Disponer que dentro de los quince (15) días calendario siguientes a la realización del viaje, la funcionaria cuyo viaje de autoriza mediante artículo 1º de la