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NORMAS LEGALES El Peruano Lima, jueves 19 de julio de 2012 470859 POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. JOSÉ LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente Regional 815851-1 Institucionalizan el 23 de setiembre de cada año como “Día del Gobierno Regional de Madre de Dios” ORDENANZA REGIONAL Nº 021-2011-RMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Extraordinaria llevada a cabo, el 29 de diciembre del 2011. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular, son personas de derecho público, con autonomía política, económica y administrativa, teniendo por misión la de organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas en el marco de las políticas nacionales, sectoriales y regionales, para la contribución del desarrollo integral y sostenible de la región. Que, el artículo 15, literal a), de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos materia de competencia y funciones del Gobierno Regional. Que, generalmente los hechos preceden al derecho y la costumbre es precursora de la ley. En tal virtud, la observancia continuada de actos conmemorativos que constituyen una tradición en nuestro medio, sólo requiere de reconocimiento ofi cial para su institucionalización y consiguiente valor histórico y normativo. Que, en fecha 23 de setiembre de cada año, se suele celebrar en el Gobierno Regional de Madre de Dios, el Día del Técnico, sumado al Día de la Juventud y de la Amistad, evento en el cual participan todos los estamentos de la Entidad y se desarrollan actividades alusivas a la fecha, lo que redunda en una mayor integración de sus recursos humanos e identifi cación institucional. Que, no obstante que el Gobierno Regional de Madre de Dios, conjuntamente con los demás Gobiernos Regionales del país, tienen por mandato legal, una fecha de creación común, el mismo que es el 17 de julio del 2002; sin embargo, es necesario establecer en el calendario cívico regional una fecha de conmemoración propia, sugiriéndose para ello el 23 de setiembre de cada año. Que, mediante Informe Legal Nº 900-2011-GOREMAD- ORAJ, la Ofi cina Regional de Asesoría Jurídica, emite opinión favorable para institucionalizar el 23 de setiembre de cada año, como el Día del Gobierno Regional de Madre de Dios. Que, mediante Informe Nº 396-2011-GOREMAD/ GRPPYAT, la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial, opina a fi n de que se considere el 23 de setiembre de cada año, como fecha institucional del Gobierno Regional. Que, mediante Ofi cio Nº 1351-2011-GOREMAD/ PR, el Presidente Regional, cumple con remitir todos los actuados al Consejo Regional, solicitando la emisión de la correspondiente ordenanza regional, a fi n de institucionalizar el “Día del Gobierno Regional de Madre de Dios”. Documentos que con Ofi cio Nº 780- 2011-GOREMAD/SCR, se ha puesto a conocimiento de la Comisión de Presupuesto, Fiscalización, Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa del Consejo Regional. Que, mediante Dictamen Nº 007-2011-GOREMAD/ CPFTPEPYME, la Comisión Ordinaria de Presupuesto, Fiscalización, Trabajo, Promoción del Empleo, la Pequeña y Micro Empresa del Consejo Regional, emite opinión favorable para la correspondiente aprobación de propuesta de institucionalización. Que, el Consejo Regional en Pleno, en Sesión Extraordinaria, con el voto unánime de los Consejeros Regionales, ha considerado necesario aprobar el Dictamen sobre la propuesta de institucionalizar del 23 de setiembre como el “Día del Gobierno Regional de Madre de Dios”. Que, el Consejo Regional de Madre de Dios, en uso de las facultades conferidas por la Constitución Política del Estado; Ley N° 27867, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modifi catorias. HA DADO LA ORDENANZA REGIONAL SIGUIENTE: Artículo Primero.- INSTITUCIONALIZAR, el 23 de setiembre de cada año, como el “Día del Gobierno Regional de Madre de Dios”. Artículo Segundo.- ENCARGAR, a la Ofi cina de Secretaría del Consejo Regional de Madre de Dios, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Ofi cial El Peruano y en el Portal Electrónico del Gobierno Regional de Madre de Dios. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regional de Madre de Dios, para su promulgación. En la ciudad de Puerto Maldonado, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. AURELIO PANTALEÓN ALPACA RUIZ Consejero Delegado Consejo Regional POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. Dado en la Sede del Gobierno Regional Madre de Dios, a los veintinueve días del mes de diciembre del año dos mil once. JOSÉ LUIS AGUIRRE PASTOR Presidente Regional 815851-2 Convocan al Proceso de Elaboración del Presupuesto Participativo del Gobierno Regional - Año Fiscal 2013 ORDENANZA REGIONAL Nº 013-2012-GRMDD/CR POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional de Madre de Dios, en Sesión Ordinaria, llevada a cabo el día 10 de mayo del 2012. CONSIDERANDO: Que, los Gobiernos Regionales emanan de la voluntad popular. Son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa, que tienen la misión de organizar y conducir la gestión pública regional, de acuerdo a sus competencias exclusivas, compartidas y delegadas, en el marco de las políticas nacionales y sectoriales, para contribuir al desarrollo integral y sostenible de la Región. Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 77, párrafo segundo, establece la asignación equitativa de los recursos del presupuesto público. Su programación y ejecución responden a los criterios de efi ciencia, de atención a las necesidades sociales básicas y de descentralización. Que, la Ley Nº 27783, Ley de Bases de la Descentralización, en su artículo 3, indica que la descentralización tiene como fi nalidad el desarrollo integral, armónico y sostenible del país, mediante la separación de competencias y funciones; así como, el