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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE JULIO DEL AÑO 2012 (20/07/2012)

CANTIDAD DE PAGINAS: 88

TEXTO PAGINA: 46

NORMAS LEGALES El Peruano Lima, viernes 20 de julio de 2012 470924 a) En un plazo no mayor de sesenta (60) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, su reglamento interno. b) En un plazo no mayor de treinta (30) días calendario de obtenida la autorización como Escuela de Conductores, presentará el original de la Carta Fianza Bancaria, conforme lo señala el numeral 43.6 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. c) En un plazo no mayor de noventa (90) días calendario de publicada la Resolución Directoral que establece las características especiales del circuito donde se realizarán las prácticas de manejo, presentará copia de la Póliza de Seguros de Responsabilidad Civil extracontractual a favor de terceros, conforme lo señala el literal e) numeral 43.4 del artículo 43º de El Reglamento, bajo sanción de declararse la nulidad de la Resolución Directoral de autorización. Artículo Sexto.- Disponer que ante el incumplimiento de las obligaciones administrativas por parte de la Escuela, del Representante Legal, y/o de cualquier miembro de su plana docente, se aplicarán las sanciones administrativas establecidas en el Cuadro de Tipifi cación, Califi cación de Infracciones e Imposición de Sanciones correspondientes, con la subsiguiente declaración de suspensión o cancelación de la autorización, así como la ejecución de la Carta Fianza Bancaria emitida a favor de esta administración; sin perjuicio de las responsabilidades civiles y penales que les pudiera corresponder. Artículo Sétimo.- Remitir a la Superintendencia de Transporte Terrestre de Personas, Carga y Mercancías - SUTRAN, copia de la presente Resolución Directoral para las acciones de control conforme a su competencia; y encargar a la Dirección de Circulación y Seguridad Vial, la ejecución de la presente Resolución Directoral. Artículo Octavo.- La presente Resolución Directoral surtirá efectos a partir del día siguiente de su publicación en el Diario Ofi cial El Peruano, siendo de cargo de la Escuela autorizada los gastos que origine su publicación. Asimismo, se publicará en la página web del Ministerio la presente Resolución y el horario propuesto por la Escuela de Conductores CONDUCE PERU E.I.R.L., Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ LUIS QWISTGAARD SUÁREZ Director General (e) Dirección General de Transporte Terrestre 815323-1 ORGANISMOS EJECUTORES AGENCIA DE PROMOCION DE LA INVERSION PRIVADA Autorizan viaje de funcionario de PROINVERSIÓN a Colombia, en comisión de servicios RESOLUCIÓN DE LA DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 087-2012 Lima, 19 de julio de 2012 CONSIDERANDO: Que, mediante comunicación del 25 de mayo de 2012, la Agregaduría Comercial de PROEXPORT Colombia en Perú invitó al Director Ejecutivo de PROINVERSIÓN a participar de un Road Show que se realizará en la República de Colombia, indicando que el citado evento se encuentra sujeto a su disponibilidad de tiempo; Que, el 23 de julio de 2012 se llevará a cabo un Road Show denominado “Perú: Un País de oportunidades” en la ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, se realizarán reuniones de coordinación con funcionarios de PROEXPORT COLOMBIA, el 21 de julio de 2012, sobre las actividades vinculadas a la realización del evento y los detalles organizativos antes de su realización; Que, se realizará una reunión con funcionarios de la Embajada de Perú en Bogotá, el 22 de julio de 2012, con el objetivo de elaborar una estrategia conjunta para la atracción y consolidación de las inversiones colombianas hacia nuestro país; Que, el mencionado evento se realiza atendiendo al manifi esto interés de empresas colombianas por las atractivas oportunidades de inversión en infraestructura que ofrece el Perú, y en especial por los proyectos en cartera de PROINVERSIÓN; Que, el evento denominado “Perú: Un País de oportunidades” se ha organizado con el fi n de consolidar la posición del Perú como plaza de inversión e incrementar el interés de potenciales inversionistas colombianos para participar en los procesos de promoción de inversión privada de los proyectos en cartera de PROINVERSIÓN; Que, en tal sentido, la Agregaduría Comercial de PROEXPORT Colombia, ha expresado su interés en contar con la participación de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, la persona que representará a la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN en el evento a que se refi eren los considerandos precedentes será el señor Héctor René Rodríguez Piazze, Director de Promoción de Inversiones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN; Que, los gastos de desplazamiento y alojamiento que origine la participación del mencionado representante serán asumidos por PROEXPORT Colombia, asumiendo PROINVERSIÓN los gastos de alimentación y transporte local; Que, la participación del mencionado representante se realizará de conformidad con el Numeral 10.1 del Artículo 10º de la Ley Nº 29812, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2012, el cual establece que las autorizaciones de viajes al exterior con cargo a recursos públicos que se efectúen en el marco de la negociación de acuerdos comerciales o tratados comerciales y ambientales, negociaciones económicas y fi nancieras y las acciones de promoción de importancia para el Perú, se autorizan mediante resolución del titular de la entidad; De conformidad con lo dispuesto en las Leyes Nº 27619 y Nº 29812, el Decreto Supremo Nº047-2002-PCM, modifi cado por el Decreto Supremo Nº 005-2006-PCM, y la Directiva Nº 008-2011-PROINVERSIÓN; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar, por excepción, el viaje en comisión de servicios del señor Héctor Rene Rodríguez Piazze, Director de Promoción de Inversiones de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, a la ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 20 al 23 de julio de 2012 para los fi nes expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo 2º.- Los gastos de alimentación y transporte local que ocasione el cumplimiento de la presente resolución se efectuarán con cargo al presupuesto de la Agencia de Promoción de la Inversión Privada - PROINVERSIÓN, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos: US$ 800.00 Artículo 3º.- La persona antes mencionada, en el plazo de quince (15) días calendario contados a partir de su retorno al país, deberá presentar un Informe a la Dirección Ejecutiva de PROINVERSIÓN, en el cual se describirán las actividades desarrolladas en el viaje que por la presente resolución se aprueba. Artículo 4º.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración de impuestos o derechos aduaneros, cualesquiera fuese su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. MILTON VON HESSE LA SERNA Director Ejecutivo PROINVERSIÓN 817080-1